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Requisitos y funcionamiento

Para presentar una queja por vía telemática, los usuarios deben disponer de certificado electrónico reconocido o de sistema de firma electrónica incorporado al Documento Nacional de Identidad, y deben rellenar el correspondiente formulario que está disponible en la aplicación.

El Sistema de Hojas Electrónicas facilita, instantáneamente, el correspondiente acuse de recibo, que consiste en un justificante en el que se especifica la fecha y hora de presentación ante la empresa, y que tendrá valor probatorio del acto y del contenido de la documentación presentada.

Intercambio ágil de información

Además, una vez presentada la queja o reclamación, el sistema remite un correo electrónico a la empresa reclamada comunicándole la existencia de la queja y su contenido. Igualmente, esta herramienta envía a la dirección electrónica de la persona reclamante un correo indicándole el momento en que la parte reclamada accede al contenido de su queja o reclamación.

Por otra parte, esta oficina virtual también permite al usuario remitir a la Administración toda la documentación sobre su queja en el caso de que no haya obtenido respuesta por parte de la entidad reclamada en el plazo de diez días hábiles, o bien que la respuesta ofrecida por la empresa no haya sido satisfactoria para el consumidor, sin tener que desplazarse.

Con ello, la ciudadanía tiene la opción de poner en conocimiento de la empresa y de las autoridades de Consumo los hechos relativos a sus quejas sin necesidad de desplazarse a ningún establecimiento adherido ni registro físico de la Administración, lo que redunda en comodidad y agilidad para los consumidores en la tramitación de sus reclamaciones.