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De Llera considera "insuficiente" la reducción de tasas judiciales y sostiene que la ley "sigue siendo inconstitucional"

El consejero de Justicia e Interior subraya que las rebajas son insignificantes y continúan vulnerando el principio de igualdad y la tutela judicial efectiva

Emilio de Llera interviene ante el Pleno del Parlamento.

Emilio de Llera interviene ante el Pleno del Parlamento.

El consejero de Justicia e Interior, Emilio de Llera, ha considerado "insuficiente" la reducción de tasas judiciales acordada por el Gobierno del Estado y ha sostenido que la ley que regula dichas tasas "sigue siendo inconstitucional" porque, a su juicio, vulnera el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva y el principio de igualdad consagrado en la Constitución al limitar el acceso de la ciudadanía al servicio público de Justicia por cuestiones económicas.

De Llera ha defendido ante el Pleno del Parlamento de Andalucía el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la Junta, una iniciativa que según ha precisado el consejero "se ha sumado a la voz unánime de rechazo a una norma que provoca desigualdades y genera un fuerte mecanismo disuasorio para muchos ciudadanos a la hora de acceder a la Justicia".

El titular de Justicia e Interior ha argumentado que los artículos 1, 2, 3, 4 y 7 de esta norma estatal vulneran el principio de igualdad y el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva al ampliar y generalizar el pago por el acceso a la Administración de Justicia hasta el punto de producir un efecto disuasorio para gran parte de la ciudadanía y para las pequeñas y medianas empresas.

El recurso presentado contra la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, se apoya en los argumentos jurídicos aportados tanto por la jurisprudencia del TC como por informes del Consejo General del Poder Judicial y del Consejo de Estado en relación con la norma recurrida. En líneas generales, la nueva ley extiende el pago de la tasa a todos los órdenes jurisdiccionales salvo el penal y el militar; aumenta las cuantías o establece otras nuevas en elevadas proporciones, y elimina en su artículo 3 las exenciones anteriormente fijadas para todas las personas físicas y para las entidades que no presentaban un elevado volumen de facturación.

Según De Llera, estas medidas obstaculizan el acceso a la Justicia y el ejercicio de sus derechos a un amplio segmento de la población con rentas medias, ahora excluida de los supuestos de exención al igual que las pequeñas y medianas empresas.

Igualmente, el consejero ha rechazado el argumento esgrimido por el Ministerio de Justicia de que la ley de tasas vaya a aliviar la carga de trabajo de los órganos judiciales. Según De Llera, esta ley no va a arreglar en absoluto ninguno de los principales problemas que afectan a la Administración de Justicia, ya que la rebaja del volumen de litigiosidad no puede hacerse a costa de excluir de este servicio público a una parte importante de la ciudadanía.

Tasas que no resuelven los problemas

Sobre la modificación de la ley de tasas publicada en el Boletín Oficial del Estado, el titular de Justicia e Interior ha puesto de manifiesto que se trata de una reforma "absolutamente insuficiente", ya que las rebajas en las cuantías de las cuotas "es tan insignificante que no resuelve ninguno de los problemas".

"El clamor unánime ha obligado a rectificar al Ministerio y a modificar la ley a los tres meses de su vigencia", ha proseguido De Llera, quien ha concluido que el Gobierno andaluz mantendrá el recurso de inconstitucionalidad pues la modificación realizada "no ha estado ni mucho menos a la altura deseada".