Noticias de la Junta de Andalucía

Calendario de uso del fuego

Zona forestal afectada por un incendio. (FOTO: Pedro Armestre)

Zona forestal afectada por un incendio. (FOTO: Pedro Armestre)

Con la finalidad de que los ciudadanos sepan cuándo pueden realizar quema de rastrojos y restos vegetales y controlar este tipo de actuaciones, la Consejería establece un calendario con fechas y horarios para ello.

Así, en lo que se refiere a terrenos forestales y zonas de influencia forestal, es necesario contar con una autorización administrativa. Este tipo de quema está prohibida del 1 de junio al 15 de octubre, al ser la época de mayor peligro. El resto del año podrá realizarse entre la salida del sol y la hora que se fije, cualquier día de la semana.

Tareas de extinción de un incendio. (Foto EFE)

En zonas de peligro fuera de terrenos forestales y de zonas de influencia forestal, la quema está permitida desde la salida del sol hasta las 18.00 horas, cualquier día de la semana.

Del 1 de mayo al 31 de octubre, época de peligro medio y alto, se requiere comunicación a la Delegación Territorial de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente correspondiente, mientras que del 1 de noviembre al 30 de abril, época de peligro bajo, no será necesario.

Por último, en lo que respecta a quemas fuera de zonas de peligro así como de terrenos forestales y de zonas de influencia forestal, no es necesario realizar ningún tipo de comunicación ni contar con autorización.

Cuando existan árboles, arbustos, vegetación de ribera y plantaciones lineales con una superficie inferior a la de un enclave forestal, se exige la apertura de un cortafuego perimetral de cinco metros de anchura mínima que no podrá afectar a dicha vegetación.