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18/09/2015
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El mundo de la imagen tiene un nivel de repercusión en el pensamiento casi tan poderoso como el propio lenguaje, especialmente en la juventud, que en la actualidad está especialmente influenciada por las redes sociales y toda la industria televisiva, publicitaria, de viodeojuegos y de entretenimiento. Consciente de ello, el Instituto Andaluz de la Mujer ha reforzado el trabajo de su Observatorio Andaluz de la Publicidad no Sexista, un instrumento destinado a generar una actitud crítica ante el machismo en la imagen de mujeres y hombres.

El Observatorio recibe las quejas ciudadanas por anuncios sexistas y realiza un seguimiento de los mismos, al tiempo que remite a todas las empresas responsables de dichos anuncios un requerimiento para eliminar el tratamiento machista en próximas campañas publicitarias. Junto a ello, remite un informe al Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA), que impone la multa correspondiente cuando se trata de incumplimientos tipificados como infracciones sancionables en la legislación.

El Observatorio ha actualizado este año su decálogo de pautas para reconocer el sexismo en la publicidad (www.juntadeandalucia.es/institutodelamujer/observatorio/web/observatorio/decalogo), con el fin de simplificar y facilitar la tarea de identificación de los anuncios machistas, así como para delimitar con mayor claridad los puntos del decálogo con los que se podría sancionar a la empresa anunciante.

El decálogo ha sido actualizado para adaptarse a los indicadores de igualdad de género propuestos por la Unesco, así como a la propia experiencia tanto del Observatorio como de las autoridades reguladoras que monitorizan los medios de comunicación. El nuevo decálogo se compone de 10 puntos que evalúan los anuncios sexistas en función de la imagen estereotipada que transmiten de la mujer, o bien de la discriminación de género que fomentan. Los puntos que se consideran indicadores de una imagen estereotipada y negativa de la mujer son el 2, 3, 4, 5, 7 y 9. Por su parte, los puntos que señalan discriminación hacia la mujer son el 1, 6, 8, y 10, en cuyo caso el anuncio sería sancionable por parte del CAA, al incumplir la legislación española y la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Mujeres de la ONU.

Junto a la actualización del decálogo, el Observatorio va a renovar su página web, con el fin de facilitar a la ciudadanía la tramitación de quejas, que podrán presentarse a nivel individual o colectivo, en respuesta a la demanda del movimiento asociativo -hasta ahora sólo podían hacerse a nivel personal-. Asimismo, la nueva web incorporará como segunda novedad la posibilidad de presentar escritos ciudadanos por buenas prácticas publicitarias, una opción que permitirá dar publicidad y reconocimiento a las empresas anunciantes comprometidas con la igualdad de género y promover así la responsabilidad social de las mismas.