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Ampliadas las funciones y la representación del Consejo Andaluz de Servicios Sociales

La Junta también fortalece la presencia de personas de reconocido prestigio científico y del ámbito empresarial vinculado a la I+D en el Consejo Rector de la Agencia Andaluza del Conocimiento

El Consejo de Gobierno ha aprobado el nuevo reglamento del Consejo de Servicios Sociales de Andalucía, que sustituye al de 1997 con el fin de adaptarlo a la Ley de Servicios Sociales de Andalucía y ampliar su representatividad y sus funciones. Este órgano consultivo articula la participación de las administraciones públicas y de las organizaciones ciudadanas, sindicales, empresariales, de consumidores y de profesionales.

De acuerdo con el nuevo reglamento, el Consejo de Servicios Sociales de Andalucía estará presidido por la persona titular de la consejería de la Junta con competencias en esta materia y contará con tres vicepresidencias, una secretaría y 34 vocalías. Las vicepresidencias serán desempeñadas por la persona titular de la viceconsejería competente, la titular de la presidencia de la Mesa del Tercer Sector de Andalucía y una en representación de los gobiernos locales, designada por la asociación de municipios y provincias de mayor implantación en la comunidad.

Respecto a las vocalías, la principal novedad es la ampliación de la representación de los colegios profesionales, que ahora incluyen a los de Educación Social y Psicología, y de las entidades privadas sin ánimo de lucro que prestan servicios sociales, que pasan de tres a siete para incluir a todos los sectores de actividad.

De las 34 vocalías, 14 corresponden a las consejerías de la Junta con competencias en servicios sociales, juventud, mujeres, voluntariado y participación ciudadana, cooperación para el desarrollo, empleo y formación, educación, salud, vivienda, administración local y justicia. Las 20 restantes se reparten entre la persona titular de la presidencia de la asociación de municipios y provincias; las diputaciones provinciales (2); los municipios de más de 20.000 habitantes (1); las asociaciones de personas consumidoras y usuarias de mayor implantación (1); las organizaciones sindicales (2) y empresariales (2); los colegios profesionales de Trabajo Social, Educación Social y Psicología (3); las universidades públicas (1), y las entidades privadas sin ánimo de lucro que prestan servicios sociales en las áreas de personas mayores, discapacidad, exclusión social, adicciones, juventud, infancia y mujeres (7).

En cuanto a las funciones, el Consejo mantiene las anteriores de información y asesoramiento sobre las políticas sociales y añade otras que tienen relación con las nuevas previsiones de la Ley de Servicios Sociales de Andalucía. Entre ellas destacan la de informar, con carácter previo y preceptivo a su aprobación, el mapa de servicios sociales, el catálogo de prestaciones y el plan estratégico, así como sus revisiones y modificaciones.

Mejoras organizativas en la Agencia Andaluza del Conocimiento

Por otra parte, el Consejo de Gobierno también ha aprobado la modificación de los estatutos de la Agencia Andaluza del Conocimiento (AAC), vigentes desde 2011. Entre otras medidas, se introducen mejoras organizativas y se fortalece la presencia, en el Consejo Rector de la entidad, de personas de reconocido prestigio científico y del ámbito empresarial vinculado a la I+D.

Los cambios también actualizan las funciones de esta agencia adscrita a la Consejería de Economía y Conocimiento, con el fin de adaptarlas a las nuevas normativas de gestión presupuestaria y de régimen jurídico y procedimiento administrativo. Además, se desarrollan con mayor detalle aspectos relacionados con las competencias en materia de evaluación y acreditación y con los colaboradores técnicos.

El Consejo Rector, órgano superior colegiado de gobierno, pasa a tener un número fijo de 11 vocales, frente a los 10-15 anteriores. Cinco de ellos corresponden a centros directivos de la Junta de Andalucía con competencias en economía, hacienda, administración pública, agricultura y salud; tres son personas de reconocido prestigio del ámbito universitario y científico, y otras tantas del ámbito empresarial vinculadas a la innovación y al desarrollo tecnológico. Asimismo, se incorpora como miembro nato del Consejo Rector la persona titular de la Dirección Gerencia de la Agencia, y se prevé la asistencia, con voz pero sin voto, del responsable de la Dirección de Evaluación y Acreditación (DEVA).