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Consejo de Gobierno

La Junta adaptará la normativa de los galardones del Día de Andalucía al marco legal actual

Estos cambios permitirán la creación del Libro de Oro que registrará a los distinguidos como Hijo Predilecto y Medalla de Andalucía

La Junta de Andalucía va a adaptar la normativa reguladora de las distinciones que concede la comunidad de manera institucional con motivo del Día de Andalucía, los títulos de Hijo Predilecto y Medalla de Andalucía, al marco legal actual. Para ello, el Consejo de Gobierno ha encargado a la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior la actualización y armonización de la normativa correspondiente, que no afecta a los criterios de concesión de estos galardones.

La regulación de los reconocimientos se encuentra recogida en el Decreto 156/1983, de 10 de agosto, por el que se aprueba la concesión de Títulos Honoríficos, que creó el título de Hijo Predilecto de Andalucía, y en el Decreto 117/1985, de 5 de junio, por el que se crea la Medalla de Andalucía.

Ambos decretos, con más de tres décadas de vigencia, se han actualizado a través de diferentes modificaciones que han revitalizado el estímulo de las actuaciones reconocidas con dichas distinciones, para mostrar la realidad de una Andalucía solidaria y agradecida con cuantas personas trabajan cada día por ella y por su ciudadanía.

No obstante, estas modificaciones necesarias han generado una regulación jurídica no unificada que precisa de una profunda revisión tanto para armonizar su contenido, como para adaptarlo al marco legal actual.

Estos cambios permitirán, entre otros, la creación del Libro de Oro de Andalucía que registrará a las personas y entidades distinguidas como Hijo Predilecto y Medalla de Andalucía. La figura de este acta ya se encontraba recogida en el artículo 4 del decreto de creación, en el año 1983, pero no se había llevado a cabo hasta la fecha.