Noticias de la Junta de Andalucía

Histórico de Medallas

Las distinciones honoríficas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, Hijo Predilecto y Medalla de Andalucía, se regulan por el Decreto 602/2019 de 3 de diciembre (BOJA extraordinario número 26, de 4 de diciembre de 2019), por el que la Administración de la Junta de Andalucía reconoce los méritos, acciones y servicios excepcionales o extraordinarios realizados por personas físicas o jurídicas, grupos o entidades en beneficio de Andalucía.

El título de Hijo Predilecto de Andalucía constituye la más alta distinción otorgada por la Administración de la Junta de Andalucía a aquella persona física que se haya hecho acreedora al mismo por su trabajo o actuación cultural, científica, social, política o económica, y que haya redundado en beneficio de Andalucía de manera extraordinaria y ejemplar.

La Medalla de Andalucía, por su parte, es la distinción honorífica otorgada por la Administración de la Junta de Andalucía a aquella persona física o jurídica, grupo o entidad en reconocimiento de las acciones, servicios y méritos excepcionales o extraordinarios realizados en los ámbitos de actuación establecidos por las diferentes categorías de las que consta esta distinción y que hayan redundado en beneficio de Andalucía.

La Medalla de Andalucía consta de las siguientes categorías,

Medalla de Andalucía de las Ciencias Sociales y las Letras,
Medalla de Andalucía de las Artes,
Medalla de Andalucía del Deporte,
Medalla de Andalucía de la Solidaridad y la Concordia,
Medalla de Andalucía de la Economía y la Empresa,
Medalla de Andalucía de la Investigación, la Ciencia y la Salud,
Medalla de Andalucía de la Proyección de Andalucía,
Medalla de Andalucía al Mérito Medioambiental,
Medalla de Andalucía a los Valores Humanos.

Asimismo, se entrega la Medalla de Andalucía Manuel Clavero Arévalo, que se concederá en reconocimiento a la especial trayectoria de una persona física o jurídica, grupo o entidad, en la defensa y fomento del interés general de Andalucía.

Por otro lado, la Administración de la Junta de Andalucía podrá reconocer a nivel provincial con la distinción honorífica Bandera de Andalucía los méritos, acciones y servicios excepcionales o extraordinarios realizados en beneficio de cada provincia por personas físicas o jurídicas, grupos o entidades.

Por categorías se entregan las siguientes distinciones,

Bandera de Andalucía de las Ciencias Sociales y las Letras,
Bandera de Andalucía de las Artes,
Bandera de Andalucía del Deporte,
Bandera de Andalucía de la Solidaridad y la Concordia,
Bandera de Andalucía de la Economía y la Empresa,
Bandera de Andalucía de la Investigación, la Ciencia y la Salud,
Bandera de Andalucía de la Proyección de Andalucía,
Bandera de Andalucía al Mérito Medioambiental,
Bandera de Andalucía a los Valores Humanos.

Además, podrá concederse una Bandera de Andalucía en reconocimiento a la especial trayectoria de una persona física o jurídica, grupo o entidad, en la defensa y fomento del interés general de la provincia.

La Administración de la Junta de Andalucía, a través de la Consejería competente en materia de la Presidencia, llevará un registro denominado Libro de Honor de Andalucía, en el que se inscribirá a las personas físicas o jurídiccas, grupos o entidades a las que se le haya concedido alguna distinción honorífica de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Dividido en tres secciones, Hijo predilecto, Medalla de Andalucía y Bandera de Andalucia, incluirá al menos los nombres o denominaciones de las personas o entidades distinguidas, la fecha de la concesión de la distinción, los datos y circunstancias de más interés puestos de manifiesto en el expediente de concesión y, en su caso, la fecha de la revocación del honor de la distinción.

Antecedentes

El título de Hijo Predilecto de Andalucía se creó por Decreto 156/1983 de 10 de agosto de 1983, apareciendo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del 23 de agosto de 1983. La finalidad de este título era el reconocimiento público de los méritos excepcionales o la distinción a quienes en relación con Andalucía, por su trabajo o actuaciones científicas, sociales o políticas, se considere que se hayan hecho acreedores de recompensa. Dicho título constituye la más alta distinción de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Las Medallas de Andalucía se crearon el 5 de junio de 1985 por Decreto 117/1985, BOJA del 9 de agosto de 1985, como distinción honorífica que se concede en reconocimiento de méritos, acciones y servicios excepcionales o extraordinarios realizados por ciudadanos, grupos o entidades andaluces, españoles o extranjeros. La Medalla de Andalucía tenía acorde a esta normativa dos categorías, Oro y Plata, según la relevancia y trascendencia de los hechos realizados. Se establecía un límite máximo anual de ocho, sin computar las concedidas por razón de cortesía o reciprocidad, ni aquéllas que fueran concedidas a título póstumo.

El Decreto 33/1986, de 19 de febrero, BOJA del 28 de febrero de 1986 modificó la redacción del dicho precepto, señalando que tal límite de ocho medallas se entendería referido a cada categoría -oro y plata- y no globalmente consideradas. Asimismo, el Decreto 144/1989, de 20 de junio, BOJA del 23 de junio de 1989, estimaba que el número de medallas que podían concederse anualmente no debe tener un límite máximo.

Finalmente, el Consejo de Gobierno del 17 de febrero de 1998 aprobó el Decreto 32/1998, BOJA del 21 de febrero, por el que se modificaba la distribución de las medallas de oro y plata con motivo del Día de Andalucía. Se establecía una sola categoría, que pasó a denominarse Medalla de Andalucía, y se fijó un límite máximo de 10 galardones, no computándose en dicho número las que puedan concederse por razón de cortesía o de reciprocidad, ni aquellas que fueran concedidas a título póstumo.

Histórico de Medallas

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