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Instituciones de Andalucía

La Junta organiza políticamente el autogobierno de la comunidad autónoma

El Estatuto de Autonomía, en su título IV, establece que la Junta de Andalucía es la institución en la que se organiza políticamente el autogobierno de la Comunidad Autónoma. Está integrada por el Parlamento (Poder Legislativo), el Consejo de Gobierno (Poder Ejecutivo) y el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Poder Judicial).

Parlamento de Andalucía

El Parlamento de Andalucía se constituyó el 21 de junio de 1982 y su primer presidente fue Ángel Ojeda. Esta institución, encargada de legislar y controlar e impulsar la acción del Gobierno, está integrada actualmente por 109 diputados.

La Cámara andaluza ha tenido distintas sedes a lo largo de sus tres décadas de historia. La primera reunión del pleno de parlamentarios autonómicos se celebró en el Real Alcázar de Sevilla, cuyos salones fueron utilizados para este fin hasta 1983. Los diputados andaluces pasaron entonces a realizar sus debates en el Palacio de la Real Audiencia de Sevilla hasta 1985, fecha en la que se produjo un nuevo traslado a la antigua Iglesia de San Hermenegildo.

Hospital de las Cinco Llagas, sede actual de la Cámara.

El 28 de febrero de 1992 se inauguró como sede de la Cámara el Hospital de las Cinco Llagas, histórico edificio sevillano. Posteriormente, en el año 2003 se inauguraba la totalidad del edificio, tras la culminación de la segunda fase de las obras de rehabilitación, ampliación y reforma del antiguo centro hospitalario.

Consejo de Gobierno

El Consejo de Gobierno de la Junta, políticamente responsable ante el Parlamento, se encarga de dirigir y coordinar la Administración de la Comunidad Autónoma.

Palacio de San Telmo, sede actual de la Presidencia de la Junta. Foto EFE.

 

El Consejo de Gobierno está integrado por el presidente, los vicepresidentes en su caso, y los consejeros. Es el órgano colegiado que ejerce la dirección política de la comunidad autónoma, dirige la Administración y desarrolla las funciones ejecutivas y administrativas de la Junta de Andalucía.

Presidencia

El presidente de la Junta dirige y coordina la actividad del Consejo de Gobierno, coordina la Administración de la Comunidad Autónoma, designa y separa a los consejeros y ostenta la suprema representación de la comunidad autónoma y la ordinaria del Estado en Andalucía. Es responsable políticamente ante el Parlamento. Es elegido de entre sus miembros por el Parlamento y, una vez nombrado por el Rey, designa a los miembros del Consejo de Gobierno y distribuye entre ellos las funciones ejecutivas.

La Junta de Andalucía ha tenido siete presidentes en el periodo autonómico. Han ocupado este puesto Plácido Fernández-Viagas -en la etapa previa a la aprobación del primer Estatuto de Autonomía-, Rafael Escuredo Rodríguez, José Rodríguez de la Borbolla Camoyán, Manuel Chaves González, José Antonio Griñán Martínez, Susana Díaz Pacheco y Juan Manuel Moreno Bonilla.

La antigua Diputación Provincial de Sevilla fue la primera sede de la Junta de Andalucía en 1978. A mediados de ese mismo año, la incipiente Administración autonómica se trasladó al Pabellón Real, edificio que ocupó hasta 1984 y donde, el 3 de agosto de 1982, tomó posesión el primer Consejo de Gobierno andaluz tras la aprobación del Estatuto de Autonomía, presidido por Rafael Escuredo.

El Palacio de Monsalves acogió la Presidencia de la Junta hasta 1992, año en que finaliza el primer proyecto de rehabilitación del Palacio de San Telmo, que lo convierte en sede definitiva de la Presidencia de la Junta. Con motivo de la segunda rehabilitación, la sede se trasladó provisionalmente al edificio Villa Eugenia, popularmente conocido como Casa Rosa, entre 2005 y 2010, año en que regresó a San Telmo.

La Administración andaluza tiene también delegaciones en cada una de las ocho provincias de la comunidad, además de una subdelegación en la comarca del Campo de Gibraltar con sede en la ciudad de Algeciras. Fuera del territorio andaluz, la Junta dispone de dos oficinas exteriores, una en Madrid y otra en Bruselas.

La arquitectura institucional andaluza se completa con las administraciones local y central. El territorio andaluz se organiza en 886 municipios y ocho provincias. El municipio, como entidad territorial básica, está regido por el Ayuntamiento. La provincia, como agrupación de municipios, lo está por la Diputación. A estas dos entidades históricas se suman las mancomunidades, en las que se integran poblaciones unidas por intereses económicos y sociales para la prestación de servicios comunes.

La Administración central está representada a través de la Delegación del Gobierno en Andalucía, con sede en Sevilla, las subdelegaciones del Gobierno en las ocho provincias, y las distintas oficinas provinciales dependientes de los ministerios.

Distribución de poderes

Andalucía cuenta con amplios poderes legislativos, ejecutivos y judiciales, similares a los del resto de comunidades históricas de España (Cataluña, País Vasco y Galicia). Estas competencias, recogidas por el primer Estatuto de Autonomía de 1981, fueron reforzadas y ampliadas en el nuevo texto aprobado en el referéndum del 18 de febrero de 2007.

El poder ejecutivo reside en el Gobierno de la Junta, el legislativo en el Parlamento de Andalucía y el judicial en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

Además de las funciones ya citadas del Gobierno de la Junta y del Parlamento de Andalucía, en lo que respecta al poder judicial, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en el Palacio de la Real Chancillería de Granada, constituye la instancia judicial más elevada de la comunidad autónoma. La Presidencia y la Sala de lo Civil y lo Penal se encuentran en Granada, mientras que tanto las tres salas de lo Social como las tres de lo Contencioso-Administrativo se reparten entre esta ciudad y las de Málaga y Sevilla.

Sede del TSJA en Granada.

 

Se trata del máximo órgano judicial en el territorio de la comunidad autónoma, sin olvidar la jurisdicción que corresponde al Tribunal Supremo como órgano superior en todos los órdenes, a excepción de aquellas materias que exijan garantías constitucionales, competencia que corresponde al Tribunal Constitucional. Fue creado tras promulgarse la Ley Orgánica del Poder Judicial 6/1985, de 1 de julio, y la Ley de Demarcación y Planta Judicial 38/1988, de 28 de diciembre.

Enlaces

A estas instituciones se suman otras recogidas en el Título IV del Estatuto de Autonomía de Andalucía, independientes de la Administración y del Ejecutivo de la Junta. Se trata del Defensor del Pueblo, la Cámara de Cuentas, el Consejo Consultivo, el Consejo Audiovisual y el Consejo Económico y Social. Los dos primeros se consideran órganos de extracción parlamentaria y, por tanto, dependen de la Cámara autonómica.

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