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El proyecto de Ley de Tasas y Precios Públicos de Andalucía, que actualiza una norma que databa del año 1988 y que clarifica y simplifica las tasas reguladas adecuándolas a los servicios públicos que realmente presta la Junta de Andalucía, ha superado el debate de totalidad tras la enmienda planteada por el PSOE y continuará su tramitación parlamentaria en la Comisión de Hacienda.
El objetivo del citado proyecto de ley, elaborado por la Dirección General de Tributos de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea, es acabar con la dispersión de preceptos normativos refundiendo en un único texto legal la regulación completa de las tasas, lo que aportará una mayor seguridad jurídica, además de publicar el importe actualizado de las tarifas en euros, conversión que actualmente no existía y dificultaba la gestión, a pesar de que hace dos décadas desde la llegada del euro, ha explicado el consejero de Hacienda y Financiación Europea, Juan Bravo.
Asimismo, persigue adecuar las tasas a los servicios que presta la Administración de la Junta, suprimiendo aquellas que gravaban servicios actualmente inexistentes, que han quedado obsoletos o que han pasado a ser competencia de otros niveles de la Administración, y creando otras como consecuencia de la prestación de nuevos servicios.
El consejero de Hacienda y Financiación Europea ha defendido que "la finalidad de esta ley no es recaudatoria, ya que las tarifas de las tasas se establecen con objeto de sufragar el coste administrativo del servicio que presta la Administración, sin exceder el coste real del mismo, y que corresponde abonar al beneficiario del servicio". Con la nueva norma, Andalucía se situará en la media de las tarifas tributarias que existen en el conjunto de las comunidades autónomas, ha señalado Bravo.
El proyecto de ley establece un amplio abanico de beneficios fiscales para mayores de 65 años, menores de 18 años y jóvenes (se incorporan los menores tutelados por la Junta y extutelados hasta los 25 años), víctimas de violencia doméstica, víctimas del terrorismo y sus familiares, demandantes de empleo y personas con un grado de discapacidad acreditada igual o superior al 33%.
Entre otros, se recoge para estos colectivos la exención del pago de las tasas por expedición de títulos académicos y profesionales no universitarios, de la tasa por los servicios académicos y administrativos de las Escuelas Oficiales de Idiomas, de la tasa en materia de enseñanza náutico-deportiva, así como de la tasa por inscripción en las convocatorias de la Junta de Andalucía para la selección de personal.
Incorpora, como novedad, la inclusión de un beneficio fiscal para fomentar el uso de la administración electrónica aplicable a todas las tasas cuanto éstas se presenten de forma telemática. Igualmente, en lo que respecta a las tasas que gravan las distintas formas de ocupación del dominio público se recogen bonificaciones para promover la digitalización y el despliegue de infraestructuras de telecomunicaciones de determinadas zonas, especialmente las más despobladas, con el objetivo de solventar las dificultades que puedan obstaculizar la disponibilidad de servicios de conectividad de alta velocidad para toda la población.
Ejemplos de tasas que se suprimen:
Ejemplos de tasas de nueva creación:
Ejemplos de tasas que se mantienen: