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Sube un 5,6% el complemento de la Junta para las pensiones no contributivas y asistenciales en 2022

La medida beneficia a los 99.000 perceptores del fondo de asistencia social, subsidio de ingresos mínimos y pensiones no contributivas

El Consejo de Gobierno ha aprobado una subida del 5,6% para el complemento que destina la Junta de Andalucía a los beneficiarios de pensiones de jubilación e invalidez no contributivas, de ayudas sociales del fondo de asistencia social (FAS) y del subsidio de garantía de ingresos mínimos (SGIM), en el año 2022. Esta ayuda extraordinaria, que tramita la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, se concederá a más de 99.000 andaluces y andaluzas dentro del grupo de población más vulnerable.

La cuantía individual de estas ayudas a las pensiones no contributivas se fija en 148,81 euros, que se abonará mediante un pago único realizado de oficio durante el primer trimestre del año 2022 sin que precise solicitud de las personas interesadas. Para ello, será requisito ser persona perceptora de pensión de jubilación o invalidez en sus modalidades no contributivas y tener esta condición a 31 de diciembre de 2021, así como tener la vecindad administrativa en territorio andaluz. El número de personas beneficiarias previstas para el año 2022 asciende a 96.900 aproximadamente.

En el caso de las personas beneficiarias del fondo de asistencia social y del subsidio de garantía de ingresos mínimos, la cuantía individual de estas ayudas se fija en 1.439,12 euros anuales y se abonará en cuatro pagas a lo largo del año, por importe de 359,78 euros cada una, que se harán efectivas en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre de 2022. Igualmente, el pago se hará de oficio. Asimismo, se establece como requisito ser persona perceptora de esta pensión asistencial o tener reconocido el subsidio durante los tres meses inmediatamente anteriores a las fechas establecidas para su pago y residir en Andalucía. Por este concepto, el número de personas beneficiarias de esta ayuda para 2022 asciende aproximadamente a 2.173.

Estas medidas ya se encuentran consolidadas en el ejercicio actual y suponen la subida anual de esta ayuda social de carácter extraordinario en un porcentaje igual o superior a la variación que presenta el Índice de Precios al Consumo (IPC) del año anterior.

La insuficiencia de las prestaciones, junto con la competencia exclusiva que corresponde a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de asistencia y servicios sociales, hizo que se estableciesen ayudas económicas complementarias de carácter extraordinario que se han ido abonando desde 1998 en el caso de las pensiones no contributivas y desde 1989 para las personas beneficiarias del FAS y el SGIM con la finalidad de contribuir a mejorar su situación socioeconómica.

Las personas que reciben estas prestaciones carecen de los recursos necesarios para atender sus necesidades básicas de subsistencia, y esta ayuda económica es distinta y compatible con las del sistema de la Seguridad Social y con las que pueda otorgar la Administración General del Estado. Por este motivo, la Administración andaluza, en consideración a la cuantía de la prestación que reciben y su bajo nivel de rentas como colectivo en riesgo de exclusión, promueve el establecimiento de estos mecanismos.

Las pensiones no contributivas tienen la cuantía más baja de las reconocidas por el sistema de la Seguridad Social, 402,80 euros al mes de importe máximo para el año 2021, unido a un también bajo nivel de rentas.

Por otra parte, el fondo de asistencia social, con origen en 1981, quedó suprimido en 1992, por lo que únicamente perciben esta ayuda las personas que la tuvieran ya reconocida anteriormente. Asimismo, el subsidio de garantía de ingresos mínimos creado en 1982 fue derogado en 1991, con la salvedad de que las personas beneficiarias continuaran con el derecho de percepción siempre que siguieran reuniendo los requisitos exigidos y no optasen por pasar a percibir pensión no contributiva de la Seguridad Social.

Estas personas beneficiarias vienen percibiendo la prestación en igual cuantía mensual de 149,86 euros con un total anual de 2.098,04 euros de manera invariable desde el año 1991, sin que haya sido objeto de revalorización en las Leyes anuales de Presupuestos Generales del Estado aprobadas hasta la fecha, siendo las de menor cuantía de todo el sistema de protección social.