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Turismo

Abierta la convocatoria de ayudas para dar impulso a las agencias de viaje andaluzas

Las entidades interesadas tendrán de plazo hasta el próximo 5 de junio para presentar sus solicitudes, tras su reciente publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

Con el objetivo de mantener el impacto económico que provocó la pandemia en la actividad de las agencias de viaje, el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA número 82, del 3 de mayo de 2023) ha publicado esta semana la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigida a estas empresas del sector turístico.

Estas subvenciones persiguen la disminución de la deuda a corto plazo, a sufragar los gastos necesarios para el desarrollo de la actividad habitual de la empresa, tales como el abono de las mercancías o materias primas, la mano de obra, las existencias o los gastos generales. En ningún caso se podrán destinar a financiar inversiones a largo plazo.

La línea de subvenciones dirigidas a las agencias de viajes se financiará con fondos procedentes de la Unión Europea, correspondientes al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, con cargo a la partida presupuestaria 1600170000 G/75D/47001/00 A1B31001T1, del programa presupuestario 75D del presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio 2023, y por el importe total de 4.000.000,00 euros.

En concreto, la subvención consistirá en una cuantía máxima, en función del número de trabajadores por cuenta ajena de alta en Seguridad Social a fecha 13 de marzo de 2020, conforme al siguiente baremo: Sin trabajadores por cuenta ajena hasta 3.000 euros. De 1 a 9 trabajadores por cuenta ajena hasta 10.000 euros. De 10 o más trabajadores por cuenta ajena hasta 20.000 euros.

De acuerdo con lo establecido en artículo 7.1 de la Orden de 11 de julio de 2022, la cuantía de estas ayudas no podrá superar las necesidades de liquidez de la empresa. A tal efecto, dichas necesidades de liquidez vendrán determinadas por la disminución de la cifra de negocios producida en 2021 con respecto al ejercicio 2019, de forma que la cuantía máxima de esta subvención no podrá en ningún caso superar la citada disminución de cifra de negocios.

El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así como en el artículo 6.2 del Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, que regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas, o hasta el límite de la consignación presupuestaria que, mediante resolución de la persona titular de la Dirección General de Turismo se hará pública en la web de la Consejería competente en materia de turismo.