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Administración obsoleto

Compensaciones para miembros de juntas electorales en los comicios autonómicos

El decreto incluye también las remuneraciones para los componentes de las mesas, personal colaborador, secretarios de ayuntamientos y jueces

El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto que establece las compensaciones económicas que percibirán los miembros de las juntas electorales de Andalucía, provinciales y de zona, así como el personal a su servicio, por el desempeño de sus funciones en las próximas elecciones al Parlamento de Andalucía.

Respecto a las personas integrantes de la Junta Electoral de Andalucía, el decreto fija una cantidad de 4.876 euros para la presidencia; 4.432 para la vicepresidencia; 3.987 para la secretaría, y 3.103 para las vocalías.

Los miembros de las juntas provinciales percibirán, por sus funciones en las elecciones al Parlamento de Andalucía, las siguientes cantidades en provincias con un censo superior a 1.000 mesas electorales: 3.308 euros la presidencia; 3.102 la secretaría; 1.448 las vocalías judiciales y los delegados de la Oficina del Censo Electoral, y 828 euros las vocalías no judiciales. En el caso de que el censo sea inferior a las 1.000 mesas, estas compensaciones serán de 3.102, 2.895, 1.324 y 745 euros, respectivamente.

Cada miembro de las mesas electorales -un presidente y dos vocalías- cobrarán 65 euros en concepto de dieta por la jornada electoral.

Para las juntas electorales de zona se fijan 2.482 euros (presidencia), 2.276 (secretaría), 1.034 (vocalías judiciales) y 569 (vocalías no judiciales). Los secretarios de ayuntamientos, en cuanto delegados de estas juntas, percibirán 911 euros (en el caso de municipios con más de 50 mesas), 828 (entre 11 y 50 mesas) y 745 (menos de 11). Finalmente, las personas que formen parte de las mesas electorales –presidencia y dos vocalías– percibirán cada una de ellas 65 euros en concepto de dieta.

De acuerdo con el decreto aprobado, también se abonarán íntegramente los gastos de transporte a aquellos miembros que tengan que desplazarse fuera del municipio de su residencia habitual para asistir a las reuniones reglamentariamente convocadas. En caso de utilización de vehículo particular, se les compensará cada kilómetro recorrido a razón de 0,19 euros.

El decreto aprobado por el Consejo de Gobierno se completa con diversas remuneraciones por servicios extraordinarios del personal colaborador y de los secretarios de ayuntamientos, además de las fijadas para los jueces de Primera Instancia o de Paz.