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Aprobado el techo de gasto no financiero del Presupuesto de Andalucía para 2022

La cuantía está condicionada a la previsión de las entregas a cuenta del Estado para el próximo ejercicio y la liquidación de las de 2020

El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha aprobado el límite máximo de gasto no financiero del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2022, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

El límite de gasto no financiero debe ser coherente con el objetivo de estabilidad presupuestaria y la regla de gasto, con las previsiones de las entregas a cuenta del Estado para 2022 y la liquidación definitiva de las mismas de 2020, que debe realizar el Ministerio de Hacienda para la elaboración del anteproyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2020, y también con el límite de deuda pública que corresponda a Andalucía.

Para calcular el techo de gasto también es imprescindible contar con los objetivos de déficit y deuda individuales para la Comunidad Autónoma de Andalucía; la metodología de cálculo de la regla de gasto y la tasa de referencia de crecimiento del Producto Interior Bruto de medio plazo de la economía española; las transferencias finalistas de otras Administraciones Públicas y con el importe del Fondo de Compensación Interterritorial.

Sin embargo, estos parámetros no se conocen a día de hoy. Las circunstancias actuales de elevada incertidumbre por la pandemia de la Covid-19 han dificultado la planificación presupuestaria de las administraciones públicas, de forma que el Gobierno de España ha presentado la Actualización del Programa de Estabilidad de España con un horizonte temporal que se extiende desde 2021 hasta 2024.

Se desconocen los ingresos a percibir de la Administración General del Estado para 2022 en concepto de entregas a cuenta del sistema de financiación de las comunidades autónomas. La incertidumbre acerca de la posible evolución de la economía española a corto plazo provoca que no sea posible realizar un ejercicio de previsión de estos ingresos con suficiente grado de precisión para incluirlo en la propuesta de límite de gasto. A ello se añade que tampoco se conoce la liquidación correspondiente al ejercicio 2020, las transferencias finalistas y el Fondo de Compensación Interterritorial.

Debido a la falta de elementos imprescindibles para el cálculo de la propuesta de límite máximo de gasto no financiero, éste quedará condicionado a su adecuación posterior, una vez se conozcan los elementos antes mencionados.