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La reparación de los vehículos, siempre a talleres que cumplan la normativa

Andalucía efectúa 210 controles en 2022 para verificar que se siguen las leyes aplicables a este tipo de servicios

Los talleres de vehículos automóviles deben cumplir con la normativa vigente y, para ello, se están inspeccionando hasta el mes de diciembre 210 talleres en toda la comunidad para garantizar la defensa de las personas consumidoras.

En este sentido, los controles llevados a cabo por la Dirección General de Consumo se centran en comprobar que cumplen con aspectos como la obligación de tener hojas de quejas y reclamaciones y de su cartel anunciador; la de no dar información que pueda inducir a confusión al consumidor; la entrega de presupuestos, resguardos de depósito y facturas, y su correcta cumplimentación. Además, se revisará el control metrológico del instrumental que se utiliza en este tipo de talleres, como manómetros o analizadores de gases.

Los mayores porcentajes de incumplimientos detectados se refieren a no expedir el taller el documento 'resguardo de depósito' con los requisitos establecidos en la normativa; no expedir el taller el documento 'presupuesto' con una validez mínima de doce días hábiles y con los requisitos fijados en la normativa; y no incluirse en el 'resguardo de depósito' un recuadro con la opción de renuncia al presupuesto, con una firma específica para este supuesto y con la forma y texto recogidos en la normativa.

Recomendaciones

Junto con estas actuaciones, Consumo realiza una serie de recomendaciones a la ciudadanía sobre la utilización de talleres de reparación de vehículos. Así, a través de la web ConsumoResponde.es, esta Dirección General aconseja llevar siempre el vehículo a talleres que ostenten en la fachada las placas-distintivo homologadas con los símbolos de las ramas de actividad y especialidades a las que se dedica ese taller.

Al dejar el vehículo en el taller hay que exigir un resguardo de depósito, en el que tendrán que figurar, entre otros, los datos del taller y de la persona usuaria, del vehículo, si el depósito se efectúa para la confección del presupuesto o para la reparación del vehículo, en cuyo caso se firmará una renuncia expresa a la elaboración del presupuesto, así como una descripción sucinta de los servicios a realizar. También es muy importante que se señale la fecha prevista para la entrega del vehículo ya reparado o, en su caso, para la elaboración de presupuesto. La presentación del resguardo será necesaria tanto para la recogida del presupuesto como para la retirada del vehículo, y deberá quedar un ejemplar del mismo en poder de la clientela.

Con respecto al presupuesto, Consumo recuerda que únicamente podrá procederse a la prestación del servicio una vez que la persona usuaria o, en su caso, autorizada, haya concedido su conformidad mediante la firma de este documento. Si la persona ha renunciado a la confección del presupuesto lo debe hacer constar en el resguardo de depósito, en un apartado específico para tal fin.

Al recoger el vehículo se debe exigir que el taller entregue las piezas, elementos o conjuntos que hayan sido sustituidos, y es su obligación hacerlo, salvo que la persona usuaria renuncie expresamente a ello.

Asimismo, hay que solicitar siempre factura escrita, firmada y sellada, debidamente desglosada de las intervenciones que realice. La factura es necesaria para poder pedir garantías posteriores y para poder presentar, en su caso, reclamaciones al respecto.

Consumo recomienda revisar detalladamente la factura y comprobar que corresponde a lo presupuestado. Los precios de la mano de obra deben coincidir con los anunciados y también se puede exigir una comprobación de los precios de las piezas sustituidas.

En el supuesto de encontrar algún problema con un taller de reparación de vehículos, siempre se puede solicitar y presentar en el establecimiento una hoja de quejas y reclamaciones. La referida hoja de quejas y reclamaciones tendrá que ser contestada en un plazo de 10 días hábiles por el taller. Si no se recibe respuesta en ese plazo, o la misma no es satisfactoria, se podrá remitir la hoja de quejas y reclamaciones al Servicio de Consumo Provincial de la Junta de Andalucía, Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) más cercana a su localidad, o bien a la Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía, para proceder, si es posible, a la mediación o arbitraje. También se puede acudir a las asociaciones de personas consumidoras y usuarias para informarse, asesorarse y para que tramiten la reclamación.