CAGPDS - Actuaciones en el litoral
Información general
Organismo
Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural
Responsable del tratamiento
Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible - D.G. de Calidad Ambiental y Cambio Climático-
Av. Manuel Siurot nº 50, 41071 Sevilla
tel:+34955 003 400 - 955 003 500
Correo electrónico: dgcacc.cagpds@juntadeandalucia.es
Av. Manuel Siurot nº 50, 41071 Sevilla
tel:+34955 003 400 - 955 003 500
Correo electrónico: dgcacc.cagpds@juntadeandalucia.es
Finalidad
Gestión de expedientes asociados a la tramitación de solicitudes de ocupación y uso del dominio público marítimo-terrestre y su zona de servidumbre de protección
Delegado de protección de datos
dpd.cagpds@juntadeandalucia.es
Interesados
Personas Físicas relacionadas activa o pasivamente en el procedimiento
Datos personales
Datos identificativos y de contacto (Nombre y apellidos, DNI/CIF/Documento identificativo, dirección, teléfono, imagen, firma))
Cesiones de datos
La Consejería contempla la posible cesión de estos datos a otros órganos de Administraciones Públicas amparada en la legislación sectorial, además de las derivadas de obligación legal.
Transferencias internacionales
No están previstas transferencias internacionales de los datos.
Periodo de conservación
Los datos recabados se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.
Medidas de seguridad
Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica y que se encuentran descritas en los documentos que conforman la Política de seguridad de la información de la Consejería.
Base jurídica
RGPD: 6.1.e) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento, consecuencia de lo establecido en la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas y en el Real Decreto 876/2014 de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Costas.
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