GESTIÓN DE LAS MEDIDAS extraordinarias y urgentes en el ámbito económico para facilitar ayudas a las pymes industriales afectadas por las consecuencias económicas de la pandemia SARS-COV-2 (2/CTICU/23459)

Información general

Organismo
Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA)
Responsable del tratamiento
El responsable del tratamiento es la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (Dirección de Fomento), con NIF nº Q-9150009J, cuya dirección es Calle Leonardo Da Vinci, 17A, 41092 Sevilla, y cuyo correo electrónico es lopd@agenciaidea.es.
Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la misma dirección postal o en el correo electrónico dpd.idea.ceec@juntadeandalucia.es
Procedimiento asociado
2/CTICU/23459 Medida extraordinaria y urgente en el ámbito económico para facilitar ayudas a las pymes industriales afectadas por las consecuencias económicas de la pandemia SARS-COV-2.
Finalidad
Los datos personales proporcionados son necesarios para la implementación de las medidas destinadas a las pymes industriales afectadas por las consecuencias económicas de la pandemia SARS-COV-2, para la financiación de capital circulante de las empresas que favorezca el restablecimiento de sus condiciones competitivas de forma rápida y permanente, agilizando los procesos formales de salida de las dificultades que ahora tienen, con el fin de:
a) Mantener al sector industrial, clave del nuevo modelo de desarrollo económico andaluz, afectado por el impacto económico que la situación de alarma ha generado sobre las empresa industriales cuya actividad principal no fueron consideradas esenciales por el Decreto ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se establecen medidas extraordinarias y urgentes de flexibilización administrativa en materia de ayudas en el ámbito del empleo y medidas complementarias con incidencia en el ámbito económico, local y social como consecuencia de la situación ocasionada por el COVID-19.
b) Evitar la destrucción del tejido industrial y la generación de un mayor distanciamiento del modelo productivo andaluz respecto al resto de regiones.
Delegado de protección de datos
dpd.idea.ceec@juntadeandalucia.es

Interesados

Las pequeñas y medianas empresas (pymes) industriales, ya sean sociedades de capital, cooperativas, sociedades laborales o la condición de autónomas o autónomos.

Datos personales

Datos obtenidos de la propia parte interesada o de su representación legal, así como de la Administración de la Junta de Andalucia o sus Agencias, y de otras Administraciones o registros públicos.
Datos identificativos (nombre y apellidos, firma, NIF/DNI, dirección postal y electrónica, teléfono, e-mail)
Datos de empleo (profesión, puestos de trabajo, cuentas cotización SS)
Datos económico, financieros (datos bancarios, ingresos, rentas, préstamos, información tributaria - modelo 390, IVA, retenciones - )
Datos comerciales (actividades y negocios, licencias comerciales).

Cesiones de datos

No está previsto ceder o comunicar los datos, salvo las legalmente obligatorias (Tribunales de Justicia, Ministerio Fiscal, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, Hacienda Pública o Seguridad Social entre otras) para el cumplimiento de fines de interés público.

Transferencias internacionales

No se prevén

Periodo de conservación

Se aplican las medidas de seguridad del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, correspondientes a ficheros de nivel básico. Adicionalmente para tratamientos automatizados se aplicarán las medidas previstas en el Anexo II (Medidas de Seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.

Medidas de seguridad

Se aplican las medidas de seguridad del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, correspondientes a ficheros de nivel básico. Adicionalmente para tratamientos automatizados se aplicarán las medidas previstas en el Anexo II (Medidas de Seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.

Base jurídica

La base jurídica del tratamiento es el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento (art. 6,1, letra e) del RGPD), amparada en las siguientes normas:
- Ley 3/1987, de creación del IFA.
- Art. 4.2.a), b), d), l) y f) y art. 4.3.a), c) y f) de los Estatutos (Decreto 26/2007, de 6 de febrero).
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo - Texto Refundido Ley General Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
- Decreto 282/2010, de 4 de mayo - Reglamento procedimientos Concesión Subvenciones de la Junta de Andalucía.
- Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas.
BASES REGULADORAS: Decreto-ley 26/2020, de 13 de octubre, por el que se establece una medida extraordinaria y urgente en el ámbito económico para facilitar ayudas a las pymes industriales afectadas por las consecuencias económicas de la pandemia SARS-CoV-2.
CONVOCATORIAS: Resolución de 14 de octubre de 2020, de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, por la que se dispone la publicación de la Resolución de la misma fecha de la Dirección General, por la que se efectúa convocatoria para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, a las PYMES industriales afectadas por las consecuencias económicas de la pandemia SARS-COV-2 como medida extraordinaria y urgente en el ámbito económico, acogidas al Decreto-ley 26/2020, de 13 de octubre.
Índice