ASSDA-SELECCIÓN DE PERSONAL

Información general

Organismo
Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía
Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía
Responsable del tratamiento
AGENCIA DE SERVICIOS SOCIALES Y DEPENDENCIA DE ANDALUCÍA
C/ Seda, Nave 5.Polígono Industrial Hytasa.
41006 - Sevilla
(ESPAÑA)
Teléfono: 955 048 770
direccion.gerencia.assda@juntadeandalucia.es

Procedimiento asociado
RAT_01
Finalidad
Selección: procesos selectivos internos/externos.
Delegado de protección de datos
dpd.assda@juntadeandalucia.es

Interesados

-Solicitantes de empleo.

-Candidaturas previas a la contratación.

Datos personales

Datos identificativos:(-DNI-Nombre y Apellidos-Dirección-Teléfono-Correo electrónico-Fecha de nacimiento (DNI)-Sexo (DNI)-Nacionalidad (DNI)-Firma)
Otros datos: Datos de empleo: puesto de trabajo. Datos académicos: CV, datos de formación, cursos.
Datos profesionales: CV, experiencia profesional.

Cesiones de datos

No se prevén.

Transferencias internacionales

No se prevén.

Periodo de conservación

Referencia Legal: Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación de la Junta de Andalucía, en la normativa judicial y en la Legislación tributaria.

Medidas de seguridad

Las medidas de seguridad implantadas consecuencia del análisis de riesgos realizado en virtud del artículo 32 del RGPD. El análisis de riesgos se ha realizado en base a las medidas recogidas en el Anexo II (Medidas de Seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.

Base jurídica

RGPD: 6.1.b) Contrato: el tratamiento es necesario para la ejecución de un contrato en el que el interesado es parte o para la aplicación a petición de este de medidas precontractuales.

RGPD: 6.1.c) Obligación Legal: el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal.
-Estatutos de los trabajadores
-Convenio colectivo
-Estatutos de ASSDA (art. 26) Aprobados por el Decreto 101/2011, de 19 de abril.
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