CPIDSSA - DGAG - Marca Corazón Andaluz
Información general
Organismo
Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa
Responsable del tratamiento
Dirección General de Andalucía Global
Casa Rosa, Avda. Guardia Civil, 1, 41013 – Sevilla
andaluciaglobal.cpidssa@juntadeandalucia.es
Casa Rosa, Avda. Guardia Civil, 1, 41013 – Sevilla
andaluciaglobal.cpidssa@juntadeandalucia.es
Procedimiento asociado
Finalidad
Gestionar el uso de la marca “Corazón Andaluz”
Delegado de protección de datos
dpd.cpidssa@juntadeandalucia.es
Interesados
Personas físicas y representantes y personal de personas jurídicas que soliciten o usen la marca “Corazón Andaluz”
Datos personales
Datos identificativos: NIF/DNI/NIE/NIF , nombre y apellidos, sexo, firma.
Datos de contacto a efectos de comunicaciones: dirección, email, teléfono
Datos de ocupación: cargo, entidad, código CNAE de personas autónomas
Datos de contacto a efectos de comunicaciones: dirección, email, teléfono
Datos de ocupación: cargo, entidad, código CNAE de personas autónomas
Cesiones de datos
No están previstas salvo obligación legal
Transferencias internacionales
No se prevén
Periodo de conservación
Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron, para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar y para cumplir las obligaciones legales impuestas por la normativa de archivos y documentación, hacienda pública, procedimiento administrativo y judicial y el resto de normativa aplicable.
Medidas de seguridad
Las previstas, tras analizar el riesgo, en los documentos que conforman la política de seguridad de la información y de protección de datos de la Consejería de acuerdo con el Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad, y los artículos 105 a 114 del Real Decreto 1720/2007.
Base jurídica
RGPD: 6.1.e) Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos.
Decreto-ley 4/2022, de 12 de abril, por el que se aprueban medidas extraordinarias y urgentes en materia de revisión excepcional de precios en los contratos públicos de obras en desarrollo de las medidas previstas en el Titulo II del Real Decreto-ley 3/2022, de 1 de marzo, de medidas para la mejora de la sostenibilidad del transporte de mercancías por carretera y del funcionamiento de la cadena logística, y por el que se transpone la Directiva (UE) 2020/1057, de 15 de julio de 2020, por la que se fijan normas específicas con respecto a la Directiva 96/71/CE y la Directiva 2014/67/UE para el desplazamiento de los conductores en el sector del transporte por carretera, y de medidas excepcionales en materia de revisión de precios en los contratos públicos de obras, y se crea la marca «Corazón Andaluz» y se regula el procedimiento para su uso.
Decreto-ley 4/2022, de 12 de abril, por el que se aprueban medidas extraordinarias y urgentes en materia de revisión excepcional de precios en los contratos públicos de obras en desarrollo de las medidas previstas en el Titulo II del Real Decreto-ley 3/2022, de 1 de marzo, de medidas para la mejora de la sostenibilidad del transporte de mercancías por carretera y del funcionamiento de la cadena logística, y por el que se transpone la Directiva (UE) 2020/1057, de 15 de julio de 2020, por la que se fijan normas específicas con respecto a la Directiva 96/71/CE y la Directiva 2014/67/UE para el desplazamiento de los conductores en el sector del transporte por carretera, y de medidas excepcionales en materia de revisión de precios en los contratos públicos de obras, y se crea la marca «Corazón Andaluz» y se regula el procedimiento para su uso.
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