CEHYFE-DGP-Alta de bienes y derechos en el Patrimonio de Comunidad Autónoma de Andalucía

Información general

Organismo
Economía, Hacienda y Fondos Europeos
Responsable del tratamiento
Dirección General de Patrimonio.
C/ Juan Antonio de Vizarrón s/n, 5ª planta. Edificio Torretriana. Isla de la Cartuja.
41092 - Sevilla
Teléfono: 955 06 50 00
Email: director.dgp.cehyfe@juntadeandalucia.es
Procedimiento asociado
Finalidad
Gestión de los expedientes de adquisición, incorporación, reversión, rescate, permuta o arrendamientos en favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Delegado de protección de datos
dpd.cehyfe@juntadeandalucia.es

Interesados

Personas físicas o jurídicas participantes en los procedimientos patrimoniales de alta, sus representantes legales o aquéllas cuyos datos aparecen incluidos en los expedientes.

Datos personales

Datos de carácter identificativo (NIF/DNI, nombre y apellidos, sexo, teléfono, dirección postal, correo electrónico) y datos bancarios.

Cesiones de datos

A otros órganos de la misma Administración, a los Registros de la Propiedad, al Catastro o a otras administraciones públicas, además de las legalmente obligatorias (Tribunales de Justicia, Ministerio Fiscal, Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, Hacienda Pública o Seguridad Social, entre otras).

Transferencias internacionales

No están previstas.

Periodo de conservación

Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar posibles responsabilidades que pudiera derivar de la finalidad del tratamiento de datos conforme a normativa aplicable. Del mismo modo, se tendrán en cuenta los periodos establecidos en la normativa vigente en materia de documentos, archivos y patrimonio documental de Andalucía.

Medidas de seguridad

Las medidas de seguridad son las previstas en el Anexo II Medidas de Seguridad del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad, sin perjuicio de lo indicado en su Disposición Transitoria Única, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional primera de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Base jurídica

RGPD: 6.1.c) El tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento.
RGPD: 6.1.e) Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos.
Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Decreto 276/1987, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación de la Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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