Decreto por el que se regula la figura y las actividades del profesorado emérito colaborador en la Comunidad Autónoma de Andalucía y la creación de la Red Comparte Experiencia

Información general

Antecedentes de la norma

-Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

-Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía.

Problemas que se pretenden solucionar

La Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, establece que la Administración educativa regulará la posibilidad de incorporar a los centros docentes públicos al profesorado jubilado que lo desee para el desarrollo de tareas relacionadas con los planes de utilización de las bibliotecas y de animación a la lectura y para la colaboración con los equipos directivos en la organización de los centros.

Esta previsión no cuenta por ahora con un desarrollo normativo que regule los requisitos y condiciones para hacer efectiva la incorporación de este personal.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

El profesorado ha desempeñado a lo largo de los años un papel fundamental en la formación de la ciudadanía, prestando un servicio público esencial que la Administración educativa debe poner en valor.

La experiencia acumulada por el personal docente jubilado es un recurso beneficioso para la comunidad educativa que debe ser aprovechado en los centros educativos, siendo por tanto necesario, regular la figura del profesorado emérito colaborador para que ello sea posible.

Objetivos de la norma

-Reconocimiento de la labor desempeñada por el profesorado jubilado, así como el aprovechamiento de su experiencia.

-Permitir que los centros docentes públicos puedan contar con profesorado jubilado como recurso y apoyo en los centros docentes.

-Regulación de la figura del profesorado emérito colaborador, estableciendo sus requisitos, derechos y compromisos, funciones y otros aspectos relacionados con esta figura.

-Creación de la Red Comparte Experiencia, como el conjunto de profesorado emérito colaborador que de modo voluntario se ofrecen para compartir su experiencia docente e investigadora en los centros docentes públicos.

Posibles soluciones alternativas

La necesidad y objetivos inicialmente planteados requieren una disposición normativa para dar cobertura a la participación del profesorado jubilado en los centros docentes, no siendo posible otras soluciones no normativas.

Envío de aportaciones

Podrán realizarse aportaciones en el correo:

sgde.cdefp@juntadeandalucia.es

 

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Fecha de publicación
Periodo de vigencia
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Organismo
Desarrollo Educativo y Formación Profesional
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