Orden por la que se establecen las normas para la certificación genética de las granjas cinegéticas de perdiz roja (Alectoris rufa) y codorniz común (Coturnix coturnix) que producen ejemplares con destino a la suelta o repoblación en el medio natural, y se validan los sistemas de control genético de estas especies, en la Comunidad Autónoma de Andalucía

Información general

Antecedentes de la norma

La actividad de la caza en la Comunidad Autónoma de Andalucía se regula en la Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la flora y fauna silvestres.

El vigente Reglamento de Ordenación de la Caza fue aprobado mediante Decreto 126/2017, de 25 de julio, desarrolla la Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la flora y la fauna silvestres, y está basado en un modelo de gestión cinegética sostenible, estableciendo un régimen de protección, conservación, fomento y aprovechamiento ordenado de los recursos cinegéticos de manera compatible con el equilibrio natural.

El Decreto 232/2023, de 19 de septiembre, aprueba el Plan Andaluz de Caza 2023-2033 como instrumento de diagnóstico y gestión de la actividad de la caza en la Comunidad Autónoma de Andalucía, según lo establecido en el artículo 36 de la Ley de la Flora y la Fauna Silvestres, y en el artículo 10 del Reglamento de Ordenación de la Caza en Andalucía.

Problemas que se pretenden solucionar

Se hace necesario establecer el adecuado control genético de las granjas cinegéticas, para evitar la liberación en el medio natural de ejemplares híbridos tanto de perdiz roja (Alectoris rufa) con perdiz chúkar (Alectoris chukar), como de codorniz común (Coturnix coturnix) con codorniz japonesa (Coturnix japonica), procedentes de granjas cinegéticas, por la amenaza que suponen para la conservación de las poblaciones naturales.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

Esta Orden tiene por objeto regular la producción y liberación en el medio natural de ejemplares de perdiz roja y codorniz común procedentes de granjas cinegéticas, con el fin de evitar introducir individuos con material genético alóctono. De esta manera, se pretende evitar la alteración de su pureza genética y de los equilibrios ecológicos.

La suelta y repoblación de estas especies sólo se podrá realizar cuando también resulte garantizado el control genético. A tal fin se exigirá que todos los animales a liberar, vayan acompañados además del correspondiente certificado de control genético.

Objetivos de la norma

Establecer los requisitos mínimos que deban cumplir las granjas y los ejemplares producidos para que estas obtengan y mantengan la certificación, así como los controles aplicables a realizar por la Consejería competente en materia de medio ambiente.

Posibles soluciones alternativas

No hay otra alternativa normativa que permita desarrollar esta nueva Orden

Envío de aportaciones

Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados, a través del siguiente buzón de correo electrónico:

certificacion.granjas.cinegeticas.cpp.csmaea@juntadeandalucia.es

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Fecha de publicación
Periodo de vigencia
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Organismo
Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul
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