Impuesto sobre Sucesiones: Prórroga de plazo presentación de la autoliquidación.

Información general

Título formal:

Impuesto sobre Sucesiones: Prórroga de plazo presentación de la autoliquidación.

Código:
12001
Organismo:
Economía, Hacienda y Fondos Europeos
Destinatarios:
  • Ciudadanía
Fecha de creación:
03/10/2017

Descripción

Solicitud de ampliación del plazo ordinario de presentación de la autoliquidación del Impuesto sobre Sucesiones en caso de causa justificada que impida el cumplimiento de la obligación de presentación en el plazo de 6 meses desde la fecha del fallecimiento de la persona causante.

Artículo 68 del Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Acceso a la fase

Documentación

- Solicitud firmada por todos los causahabientes, haciendo constar sus nombres, domicilios y su grado de parentesco con el causante, así como la situación y el valor aproximado de los bienes y derechos y los motivos en que se fundamenta la solicitud.

- Certificación del acta de defunción del causante.

Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

Plazo de Inicio

  • 5 meses desde el fallecimiento del causante.

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Almería (Cód.: A01034450).
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Cádiz (Cód.: A01034451).
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Córdoba (Cód.: A01034452).
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Granada (Cód.: A01034453).
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Huelva (Cód.: A01034454).
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Jaén (Cód.: A01034455).
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Málaga (Cód.: A01034456).
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Sevilla (Cód.: A01034457).
En la resolucion
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Almería (Cód.: A01034450).
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Cádiz (Cód.: A01034451).
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Córdoba (Cód.: A01034452).
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Granada (Cód.: A01034453).
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Huelva (Cód.: A01034454).
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Jaén (Cód.: A01034455).
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Málaga (Cód.: A01034456).
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Sevilla (Cód.: A01034457).

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 1 Mes.
    Silencio: Positivo

Agota vía administrativa

No

Estado del procedimiento

Consulta el estado de tramitación de tu expediente

Información sobre el tratamiento de datos personales

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 01/06/2020 Se ha modificado el plazo de solicitud.

  • 06/06/2023 Se ha modificado el campo: Tipos de documentos Coor. Inf. Adm.

  • Ayuda en el trámite

    Última actualización: 06/06/2023
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