Ayudas al sector turístico: Línea 3. Campamentos de turismo y complejos turísticos rurales.

Información general

Título formal:

Ayudas al sector turístico: Línea 3. Campamentos de turismo y complejos turísticos rurales.

Código:
24463
Organismo:
Turismo, Cultura y Deporte
Destinatarios:
  • Ciudadanía
  • Empresas
Concurrencia:
No competitiva
Fecha de creación:
16/02/2021

Descripción

Medida extraordinaria para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para las pequeñas y medianas empresas de campamentos de turismo y complejos turísticos rurales en Andalucía, con el objeto de dar respuesta a sus necesidades de financiación de capital circulante, compensando la caída de ventas o ingresos derivada de los efectos del impacto económico negativo de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 y las medidas acordadas para contener la propagación de la pandemia han provocado en su actividad.

Sólo se puede solicitar una línea de subvención por persona beneficiaria de entre estás líneas:

Empresas que organizan actividades de turismo activo, casas rurales, guías de turismo, agencias de viajes, establecimientos hoteleros, establecimientos de apartamentos turísticos y campamentos de turismo y complejos turísticos rurales

El importe de la subvención es de:

- Áreas de pernocta de autocaravanas, un importe fijo de 3.000 euros.

- Camping y complejos turísticos rurales, en función del número de trabajadores por cuenta ajena de alta en Seguridad Social a fecha 13 de marzo de 2020, conforme al siguiente baremo: Hasta 9 trabajadores por cuenta ajena con 10.000 euros y 10 o más trabajadores por cuenta ajena con 20.000 euros

Los gastos subvencionables habrán de haberse realizado en el periodo comprendido entre el 14 de marzo de 2020 y la finalización del plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a aquel en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

Ayuda financiada con Fondos Europeos.

 

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Exclusivamente electrónica.

Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.

Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)

Acceso a la fase

Formularios

Requisitos

a) Que desarrollen su actividad con anterioridad a la fecha de la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19, manteniéndola vigente con carácter previo a la concesión de la subvención.

b) Que tengan su domicilio fiscal en la Comunidad Autónoma de Andalucía en el periodo indicado. 

c) Que se encuentran de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en el periodo indicado.

d) Para el supuesto de las pymes de personas autónomas, el alta en Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos en todo el periodo señalado 

e) Que acrediten la caída de ventas o ingresos provocada por el impacto económico negativo ocasionado por la crisis sanitaria de, al menos, un veinte por ciento, en el ejercicio 2020 respecto al ejercicio 2019.

f) Que estén inscritas en el Registro de Turismo de Andalucía en todo el periodo señalado.

g) No ser una empresa en crisis a 31 de diciembre de 2019. A los efectos de determinar la condición de empresa en crisis se estará a lo dispuesto en el artículo 2.18 del Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.

h) Acreditar su condición de pyme, que está constituida por las empresas que ocupan a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones EUR o cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros.


Documentación

- Poder de representación, en su caso.
- Fotocopia del DNI del solicitante o del representante, en su caso.
- Acreditación de la caída de ventas o ingresos según artículo 12.1.a del Decreto-ley 6/2021
- Acreditación de que no es una empresa en crisis según artículo 12.1.b del Decreto-ley 6/2021
- Acreditación de que es una pyme según artículo 12.1.c del Decreto-ley 6/2021

Plazo de Inicio

  • 07/05/2021 - 07/06/2021 (Un mes desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía)

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
  • D. G. de Turismo (Cód.: A01004551).
En la resolucion
  • D. G. de Turismo (Cód.: A01004551).
En la materia
  • D. G. de Turismo (Cód.: A01004551).

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 6 Meses.
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

Si

Estado del procedimiento

2021

18/05/2021. Subsanción telemática

Consulta el estado de tramitación de tu expediente

Información sobre el tratamiento de datos personales

CTD-Gestión de subvenciones de la Dirección General de Calidad, Innovación y Fomento del Turismo https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/166547.html

¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?

El responsable del tratamiento es la Dirección General de Calidad, Innovación y Fomento del Turismo cuya dirección es Plaza Nueva, 4, 41071, Sevilla y cuyo correo electrónico es dgcift.ctrjal@juntadeandalucia.es.

Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección Plaza Nueva, 4, 41071, Sevilla o en el correo electrónico dpd.ctrjal@juntadeandalucia.es

¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?

Los datos personales proporcionados son necesarios para la tramitación de subvenciones.

¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?

La base jurídica del tratamiento es el cumplimiento de una misión realizada con fines de interés público o en el ejercicio de poderes públicos derivados de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y normativa de desarrollo.
Para gestionar su formulario es necesario que la persona interesada facilite los datos requeridos, pues de lo contrario sería imposible tramitarla.

¿A qué destinatarios se comunicarán?

Está previsto ceder o comunicar sus datos a Otras Administraciones u Organismos Públicos, cuando corresponda.

¿Por cuánto tiempo se conservarán?

Los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

 

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 14/02/2023 Se ha modificado el campo: Descripción del procedimiento

  • Última actualización: 17/01/2024
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