Convocatorias de ayudas para la transformación de flotas de transporte de viajeros y mercancías de empresas privadas prestadoras de servicios de transporte por carretera, así como de empresas que realicen transporte privado complementario.

Información general

Título formal:

Ayudas para la transformación de flotas de transporte de viajeros y mercancías de empresas privadas prestadoras de servicios de transporte por carretera, así como de empresas que realicen transporte privado complementario, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Código:
24850
Organismo:
Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda
Destinatarios:
  • Asociaciones y organizaciones
  • Empresas
Concurrencia:
No competitiva
Fecha de creación:
16/12/2021

Descripción

Convocatorias de ayudas al amparo del Real Decreto 983/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la transformación de flotas de transporte de viajeros y mercancías de empresas privadas prestadoras de servicios de transporte por carretera, así como de empresas que realicen transporte privado complementario, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Serán actuaciones subvencionables las relacionadas a continuación dentro de cada actividad, que deberán cumplir los requisitos que se establecen para cada una de ellas en el anexo I del Real Decreto 983/2021, de 16 de noviembre:

a) Actividad 1: Achatarramiento.
b) Actividad 2: Adquisición de vehículos de energías alternativas bajas en carbono.
c) Actividad 3: «Retrofit» o modificación de la forma de propulsión de vehículos.
d) Actividad 4: Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos.
e) Actividad 5: Adquisición de semirremolques para autopistas ferroviarias.

 

 

 

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Exclusivamente electrónica.

Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.

Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)

Acceso a la fase

Formularios

Requisitos

1. Para ser persona o entidad beneficiaria de los incentivos se requiere:

a) Para todos los tipos de solicitantes, tener residencia fiscal en Andalucía.

b) Además de lo anterior, y en función del tipo de persona o entidad solicitante, deberán cumplirse los siguientes requisitos:

i. Alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

ii. En las adquisiciones de vehículos por medio de operaciones de financiación por renting, el arrendatario, como beneficiario del incentivo, será quien deberá cumplir los requisitos e incompatibilidades que se prevén en la presente convocatoria y en las bases reguladoras.

iii. En el caso de entidades vinculadas o dependientes del sector público institucional de las administraciones públicas, identificar su condición y declarar su Administración de adscripción y si desarrolla o no actividad económica por la que ofrezca bienes y/o servicios en el mercado.

2. No podrán ser destinatarios últimos de las ayudas:

a) Las empresas que tengan la condición de empresas en crisis, conforme a la definición que a estos efectos se realiza en el artículo 2.18 del Reglamento (UE) 651/2014, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado y en las directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y reestructuración de empresas no financieras en crisis (Comunicación de la Comisión 2014/C249/1, de 31 de julio de 2014).

b) Las personas o entidades en las que concurra alguna de las circunstancias enumeradas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

c) Las personas o entidades que se encuentren sujetas a una orden de recuperación pendiente sobre cualquier ayuda o subvención que les hubiera sido otorgada con anterioridad, bien por haberse declarado ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior, bien por cualquier tipo de incumplimiento de las obligaciones que le vinieran atribuidas en la concesión.

d) Las persona o entidades que tengan deudas en periodo ejecutivo de cualquier otro ingreso de derecho público de la Junta de Andalucía.

e) Las personas o entidades que hayan sido sancionadas o condenadas por resolución administrativa firme o sentencia judicial firme por alentar o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.

f) Las personas o entidades que hayan sido sancionadas en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, conforme a lo dispuesto en el artículo 85 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.

g) Las empresas o entidades de titularidad pública que sean prestadoras del servicio de transporte público urbano.

Documentación

1. Las solicitudes de subvención se cumplimentarán conforme al Anexo I que acompaña a la Orden de 10 de mayo de 2022.

Los solicitantes presentarán solicitudes distintas por cada tipo de actividad subvencionable

A todos los efectos, se entenderá que la presentación de un formulario Anexo I de solicitud de una actividad concreta, anula el presentado con anterioridad de la misma actividad, para los mismos vehículos.

2. Las ayudas se otorgarán a aquellas solicitudes correspondientes a actuaciones que, habiéndose registrado en plazo, cumplan con las condiciones establecidas en Real Decreto 983/2021, de 16 de noviembre.

3. A la solicitud de subvención se incorporarán las declaraciones responsables previstas en las bases reguladoras y en la normativa de subvenciones, junto con la documentación regulada en el anexo III del Real Decreto 983/2021, de 16 de noviembre.

4. En el caso solicitudes de infraestructuras de recarga que permitan el acceso público, incluidas en la Actividad 4, se incorporará una declaración responsable sobre el compromiso del solicitante de proporcionar la posibilidad de recarga puntual a los usuarios de vehículos eléctricos, sin necesidad de que medie contrato con el operador del punto de recarga que se trate, facilitando el servicio de recarga a disposición de los usuarios interesados de una forma abierta, transparente y no discriminatoria.

El solicitante de la Actividad 4, además de cumplir con las exigencias legales y documentales detalladas en el Anexo I y III de la Orden de 10 de mayo de 2022, deberá contar con las autorizaciones administrativas en materia de industria y medioambiental.

Plazo de Inicio

  • 26/05/2022 00:00 horas - 30/04/2024 23:59 horas (Para las líneas 1, 2, 3 y 5)
  • 26/05/2022 00:00 horas - 31/12/2023 23:59 horas (Para la línea 4)

Normativa

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
En la resolucion
En la materia

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 6 Meses. Desde la presentación de la solicitud
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

Si

Estado del procedimiento

Consulta el estado de tramitación de tu expediente

Información sobre el tratamiento de datos personales

CFIOT-Ayudas para la transformación de flotas de transporte de personas viajeras y mercancías, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/24850.html

¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?

El responsable del tratamiento es Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. Dirección General de Movilidad, cuya dirección es C/ Pablo Picasso, 6 Sevilla 41018; Teléfono: 955 92 68 00 .

Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en el correo electrónico dpd.cfiot@juntadeandalucia.es

 

¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?

Gestión y tramitación de las ayudas para la transformación de flotas de transporte de personas viajeras y mercancías, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

 

¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?

RGPD: 6.1.e) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento; Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; Real Decreto 983/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la transformación de flotas de transporte de viajeros y mercancías de empresas privadas prestadoras de servicios de transporte por carretera, así como de empresas que realicen transporte privado complementario, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

 

¿A qué destinatarios se comunicarán?

Autónomos y Empresas

Está prevista la cesión de datos al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, conforme lo especificado en el Real Decreto 983/2021 de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la transformación de flotas de transporte de viajeros y mercancías de empresas privadas prestadoras de servicios de transporte por carretera, así como de empresas que realicen transporte privado complementario, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.


¿Por cuánto tiempo se conservarán?

Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación


¿Qué datos personales se tratan y de dónde se han obtenido?

Datos identificativos y de contacto de autónomos y representantes de los solicitantes; datos bancarios y económicos; otras subvenciones con la misma finalidad solicitadas y concedidas; titularidad de autorizaciones de transporte;  declaración de actividades subvencionables y documentación acreditativa relacionada.

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 01/08/2023 Se ha modificado el campo: Documentación

  • 01/08/2023 Se ha modificado el campo: Normativas

  • Última actualización: 17/01/2024
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