Registro administrativo de distribuidores: inscripción y cancelación de agentes de seguros exclusivos.
Información general
Registro administrativo de distribuidores: inscripción y cancelación de agentes de seguros exclusivos.
- Empresas
Descripción
Primera inscripción, modificación y cancelación de datos registrales de agentes de seguros exclusivos sujetos a la competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía en el Registro administrativo de distribuidores de seguros de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Exclusivamente electrónica.
Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.
Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
Formularios
- Anexo III: Actos cuya inscripción se solicita. Modelo B: Agentes exclusivos. Código de procedimiento: 24858. Nº: 006023 (Obligatorio)
- Anexo III: Solicitud de inscripción del nombramiento y/o cese de la persona responsable de la actividad de distribución o de las personas que formen parte del órgano de dirección responsable de la actividad de distribución. Modelo A: Entidad Aseguradora. Código de procedimiento: 24858. Nº: 006022 (Obligatorio)
Requisitos
Artículo 147 del Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales.
Documentación
- Documentos que acrediten que los agentes de seguros personas físicas, así como en el caso de las personas jurídicas, la persona responsable de la actividad de distribución o, en su caso, las personas que formen parte del órgano de dirección responsable de la actividad de distribución, y todas las personas que participen directamente en la distribución de seguros, poseen los conocimientos y aptitudes apropiados mediante la superación del correspondiente curso de formación.
- Contrato de agencia de seguros exclusiva con constancia de la autorización para ejercer la actividad de distribución con otra entidad aseguradora, junto con el contrato de agencia suscrito con esta, para el caso en que se produzca dicha autorización desde el inicio de la actividad del agente exclusivo.
- Certificado de titularidad de la cuenta bancaria de clientes en la que únicamente se gestionarán los recursos económicos de aquellos, en el supuesto de que los fondos entregados por la clientela o destinados a la misma no se gestionen en su totalidad a través de cuentas cuya titularidad corresponda a las entidades aseguradoras.
Plazo de Inicio
Este trámite no está sujeto a plazos
Normativa
- Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras.
- Real Decreto 287/2021, de 20 de abril, sobre formación y remisión de la información estadístico-contable de los distribuidores de seguros y reaseguros.
- Resolución de 3 de junio de 2021, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se establecen los principios básicos de los cursos y programas de formación para los distribuidores de seguros y de reaseguros.
- Decreto 174/2023, de 11 de julio, por el que se regula el Registro Administrativo de Distribuidores de Seguros y Reaseguros de la Comunidad Autónoma de Andalucía y el deber de información estadístico contable
- Orden de 22 de diciembre de 2023, de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, por la que se modifican y publican los formularios normalizados relacionados con el Registro Administrativo de Distribuidores de Seguros y Reaseguros de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales.
Información adicional
Órganos responsables
- Dirección General de Planificación, Política Económica y Financiera (Cód.: A01034521).
- Dirección General de Planificación, Política Económica y Financiera (Cód.: A01034521).
- Dirección General de Planificación, Política Económica y Financiera (Cód.: A01034521).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 3 Meses.
Silencio: Positivo
Agota vía administrativa
Información sobre el tratamiento de datos personales
La información detallada sobre el tratamiento de datos la podrá encontrar en:
https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/166759.html
La comunicación de los datos personales constituye un requisito legal exigido por el Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales, con la finalidad de ordenación, control y supervisión de los distribuidores de seguros.
La persona interesada tiene derecho a retirar el consentimiento para el tratamiento de sus datos personales en cualquier momento, sin que ello afecte a la licitud del tratamiento basado en el consentimiento previo a su retirada.
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
Novedades
27/09/2024 Se ha modificado el campo: Modo de solicitud
27/09/2024 Se ha modificado el campo: Tramitación electrónica - Subsanación
27/09/2024 Se ha modificado el campo: Tramitación electrónica - Alegación
27/09/2024 Se ha modificado el campo: Tramitación electrónica - Justificación
27/09/2024 Se ha modificado el campo: Tramitación electrónica - Subsanación
27/09/2024 Se ha modificado el campo: Tramitación electrónica - Alegación
27/09/2024 Se ha modificado el campo: Tramitación electrónica - Justificación