Concesión Administrativa de fincas propiedad de la Junta de Andalucía procedentes del extinto IARA

Información general

Título formal:

Concesión Administrativa de fincas procedentes del extinto Instituto Andaluz de Reforma Agraria (IARA)

Código:
25320
Organismo:
Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural
Destinatarios:
  • Ciudadanía
  • Empresas
  • Asociaciones y organizaciones
Fecha de creación:
08/08/2023

Descripción

El objeto del concurso es la adjudicación, en régimen de concesión administrativa, de las fincas rústicas demaniales adquiridas por el IARA para la realización de sus fines, actualmente propiedad de la Junta de Andalucía, tras la extinción de dicho organismo en virtud de lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 1/2011 de 17 de febrero, de reordenación del sector público andaluz. Dicha adjudicación conllevará, la cesión temporal de los derechos de la Política Agrícola Común (PAC) que en su caso correspondan a las fincas, por el tiempo en que dure la concesión administrativa.

Consultas: patrimonio-agrario.capadr@juntadeandalucia.es

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Acceso a la fase

Formularios

Requisitos

a) Tener, al menos, 18 años cumplidos en la fecha de finalización del plazo otorgado para la presentación de solicitudes.

b) Las personas jurídicas deberán incluir entre su objeto social el ejercicio de la actividad agraria.

c) Tener la condición de agricultor activo en los términos establecidos por los artículos 5, 6 y 7 del Real Decreto 1048/2022 de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control, y demás normativa concordante, o, en caso de nueva incorporación a la actividad agraria, comprometerse a alcanzar dicha condición en los términos establecidos en el Anexo III.

d) Estar al corriente de obligaciones económicas pendientes con la Hacienda Pública estatal, con la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, así como con sus organismos dependientes y estar al corriente del cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.

Documentación

1º.- Documentos acreditativos de la personalidad y capacidad de la persona licitadora:

a) Las personas físicas acreditarán su personalidad y capacidad mediante el Documento Nacional de Identidad o, en su caso, el documento que haga sus veces. El órgano concedente podrá consultar los datos de identidad a través de los sistemas de verificación correspondientes, siempre que no medie derecho de oposición. En caso de que se ejercite el derecho de oposición, deberán presentar copia compulsada o bien copia electrónica, sea auténtica o no, del Documento Nacional de Identidad o del documento que haga sus veces.

b) La personalidad y capacidad de los empresarios que fueren personas jurídicas, se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.

2º.- Documentos acreditativos de la representación:

Las personas que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otra, presentarán acreditación de la representación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5, apartados 3 y 4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, entendiéndose acreditada la otorgada mediante apoderamiento apud acta efectuado por comparecencia personal o por comparecencia electrónica en la correspondiente sede electrónica, o a través de la acreditación de su inscripción en el registro electrónico de apoderamientos de la Junta de Andalucía.

La persona designada representante, deberá acreditar su personalidad y capacidad mediante el Documento Nacional de Identidad o, en su caso, el documento que haga sus veces. El órgano concedente podrá consultar los datos de identidad a través de los sistemas de verificación correspondientes, siempre que no medie derecho de oposición. En caso de que se ejercite el derecho de oposición, deberán presentar copia compulsada o bien copia electrónica, sea auténtica o no, del Documento Nacional de Identidad o del documento que haga sus veces.

3º.- Declaraciones responsables, Autorizaciones, Certificaciones y Compromisos:

a) Los participantes en el procedimiento deberán presentar Declaración Responsable de cumplimiento de los requisitos previos, según modelo que se incluye en el Anexo III.

b) El cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de Andalucía y con el Estado podrá acreditarse, si la persona licitadora voluntariamente así lo desea, mediante la cesión por la Administración competente a la Consejería u Organismo que tramite el expediente, de la información que acredite el cumplimiento de tales circunstancias, en cuyo caso la persona licitadora deberá consentir expresamente el acceso a los servicios de consulta para Administraciones públicas indicándolo en el formulario adjunto en Anexo II. En caso contrario, habrán de aportarse Certificaciones expedidas por las Administraciones Tributarias estatal y autonómica, justificativas de la inexistencia de deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo o, en el caso de contribuyentes contra los que no proceda la utilización de la vía de apremio, de inexistencia de deudas no atendidas en período voluntario.

c) Se acompañará también Certificación expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social o declaración responsable de no estar obligado a presentarlas. El órgano concedente podrá efectuar consulta de datos de estar al corriente de pago con la Seguridad Social a través de los sistemas de verificación correspondientes, siempre que no medie derecho de oposición en formulario adjunto en Anexo II.

d) Las empresas extranjeras aportarán declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del procedimiento de adjudicación de la concesión, constante la vigencia o a consecuencia de la extinción de la misma, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder a la persona licitadora.

4º.-A efectos de valoración de las solicitudes, deberá aportarse:

  •  Plan de explotación en el que deben constar entre otras, las actuaciones agrícolas o ganaderas que se van a realizar, la mano de obra y generación de empleo previstos, así como acreditación del resto de los criterios de valoración recogidos en el apartado IV.6.
  • Documentación justificativa de los méritos alegados en el Plan de Explotación, los cuales podrán acreditarse por cualquier medio de prueba admitido en derecho.

 

Plazo de Inicio

  • 09/08/2023 - 20/09/2023 (30 días, desde el día siguiente a la publicación en Boja de la Resolución que publique la Convocatoria)
  • Plazo de subsanación

    19/10/2023 - 10/11/2023

    10 días hábiles desde el acceso a la notificación

  • Plazo de aportación de documentos

    17/11/2023 - 21/11/2023

    3 días hábiles desde el acceso a la notificación

Información adicional

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 6 Meses.
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

Si

Información sobre el tratamiento de datos personales

GESTIONES RELACIONADAS CON EL EXTINTO INSTITUTO ANDALUZ DE REFORMA AGRARIA (IARA)

https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/165685.html

 

¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?

El responsable del tratamiento es la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible – Secretaría General Técnica cuya dirección es C/. Tabladilla, s/n – 41071 Sevilla y cuyo correo electrónico es sgt.cagpds@juntadeandalucia.es

Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección C/. Tabladilla, s/n – 41071 Sevilla o en el correo electrónico dpd.cagpds@juntadeandalucia.es


¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?
Los datos personales proporcionados son necesarios para la gestión de procedimientos administrativos relacionados con el extinto Instituto Andaluz de Reforma Agraría (IARA).


¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?
La base jurídica del tratamiento es el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento (RGPD: 6.1.e) y Ley 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación del sector público de Andalucía.


¿A qué destinatarios se comunicarán?
La Consejería contempla la posible cesión de estos datos a otros órganos de Administraciones Públicas amparada en la legislación sectorial, además de las derivadas de obligación legal.

No están previstas transferencias internacionales de los datos.


¿Por cuánto tiempo se conservarán?
Los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.


¿Qué datos personales se tratan y de donde se han obtenido?
(Incluir el siguiente apartado únicamente en el caso de que los datos no los aporte el interesado, sino que se obtengan de otra fuente)


¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y como ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en https://www.aepd.es/es/derechos-y-deberes/conoce-tus-derechos

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos , donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la ley 39/2015 de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el consejo de transparencia y protección de datos de andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. los formularios e información sobre cómo hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 04/09/2023 Nota Aclaratoria

  • 14/08/2023 Se ha modificado el campo: Descripción del procedimiento

  • 17/10/2023 Se ha modificado el campo: URL - Subsanación

  • 17/10/2023 Se ha modificado el campo: Plazos

  • 17/10/2023 Se ha modificado el campo: Otras Fases del Procedimiento - Subsanación

  • 17/10/2023 Se ha modificado el campo: Tramitación electrónica - Subsanación

  • 18/10/2023 Se ha modificado el campo: Plazos

  • 08/11/2023 Se ha modificado el campo: Plazos

  • 22/11/2023 Se ha modificado el campo: Plazos

  • 01/12/2023 Resolución por la que se adjudican en concesión administrativa varios lotes de fincas rústicas situados en los términos municipales del Puerto de Santa María y Sanlucar de Barrameda (Cádiz), convocados mediante Resolución de 26 de julio de 2023 correspondiente a la provincia de Cádiz

  • 01/12/2023 Resolución por la que se adjudican en concesión administrativa dos lotes de fincas rústicas situados en el término municipal de La Puebla de Don Fadrique (Granada), convocados mediante Resolución de 26 de julio de 2023 correspondiente a la provincia de Granada

  • 01/12/2023 Resolución por la que se adjudican en concesión administrativa dos lotes de fincas rústicas situados en los términos municipales de Campillos y Teba, en Málaga, convocados mediante Resolución de 26 de julio de 2023 correspondiente a la provincia de Málaga

  • 16/11/2023 Se ha modificado el campo: Plazos

  • 16/11/2023 Se ha modificado el campo: Plazos

  • 01/12/2023 RESOLUCIÓN POR LA QUE SE ADJUDICAN EN CONCESIÓN ADMINISTRATIVA VARIOS LOTES DE FINCAS DE RÚSTICAS SITUADOS EN LO TÉRMINOS MUNICIPALES DEL PUERTO DE SANTA MARÍA Y SANLUCAR DE BARRAMEDA (CÁDIZ), CONVOCADOS MEDIANTE RESOLUCIÓN DE 26 DE JULIO DE 2023 correspondiente a la provincia de Cádiz

  • 01/12/2023 RESOLUCIÓN POR LA QUE SE ADJUDICAN EN CONCESIÓN ADMINISTRATIVA DOS LOTES DE FINCAS RÚSTICAS SITUADOS EN LOS TÉRMINOS MUNICIPALES DE CAMPILLOS Y TEBA, EN MÁLAGA, CONVOCADOS MEDIANTE RESOLUCIÓN DE 26 DE JULIO DE 2023. correspondiente a la provincia de Málaga

  • 01/12/2023 RESOLUCIÓN POR LA QUE SE ADJUDICAN EN CONCESIÓN ADMINISTRATIVA DOS LOTES DE FINCAS DE RÚSTICAS SITUADOS EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE LA PUEBLA DE DON FADRIQUE (GRANADA), CONVOCADOS MEDIANTE RESOLUCIÓN DE 26 DE JULIO DE 2023 correspondiente a la provincia de Granada

  • Última actualización: 17/01/2024
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