Ayudas a la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de la Pesca y la Acuicultura (2024-2027), en relación con la parada temporal de la actividad marisquera de los mariscadores en inmersión dedicados a la captura de erizos y anémonas en el caladero mediterráneo andaluz, que ha tenido lugar por el cierre de la pesquería desde el 18 de octubre de 2023.

Información general

Título formal:

Ayudas por la parada temporal de la actividad pesquera de las personas marisqueras dedicadas a la captura de las especies denominadas erizo de mar común (Paracentrotus lividus) y anémona marina (Anemonia viridis), como consecuencia del cierre de dichas pesquerías en el litoral mediterráneo de Andalucia, debido a la situación crítica de sus poblaciones y el impacto generado por la invasión del alga Rugulopterix okamurae.

Código:
25556
Organismo:
Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural
Destinatarios:
  • Ciudadanía
Concurrencia:
No competitiva
Fecha de creación:
09/05/2024

Descripción

Ayudas a la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de la Pesca y la Acuicultura (2024-2027), en relación con la parada temporal de la actividad marisquera de los mariscadores en inmersión dedicados a la captura de erizos y anémonas en el caladero mediterráneo andaluz,  que ha tenido lugar por el cierre de la pesquería desde el 18 de octubre de 2023.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Exclusivamente electrónica.

Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.

Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)

Formularios

Requisitos

Podrán ser personas beneficiarias de estas ayudas los pescadores/as a pie que cumplan los requisitos establecidos en el apartado 5 del artículo 7 de la Orden de 2 de septiembre de 2022:

"5. Para solicitar la ayuda, los pescadores a pie afectados por la paralización temporal deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Estar en posesión de la licencia de marisqueo en el momento de la presentación de la solicitud de ayudas y al menos 120 días en los dos últimos años civiles anteriores al año de presentación de la solicitud de ayuda. El cumplimiento de este requisito será comprobado de oficio por el órgano gestor.

b) Estar de alta como trabajador por cuenta propia o autónomo en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar en el momento de la presentación de la solicitud de ayudas y haber estado un mínimo de 120 días en los dos últimos años civiles anteriores al año de presentación de la solicitud de ayuda. Este requisito será comprobado de oficio por el órgano gestor mediante consulta de su vida laboral. c) Acreditar una actividad mínima en las zonas de producción afectadas por el cierre de al menos 120 días en los dos últimos años civiles anteriores al año de presentación de la solicitud de ayuda. El cumplimiento de este requisito será comprobado de oficio por el órgano gestor con las notas de venta."

 

Para más información: Véanse las bases reguladoras de estas ayudas previstas en la Orden de 2 de septiembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, por la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020). 

Documentación

5. Para solicitar la ayuda, los pescadores a pie afectados por la paralización temporal deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Estar en posesión de la licencia de marisqueo en el momento de la presentación de la solicitud de ayudas y al menos 120 días en los dos últimos años civiles anteriores al año de presentación de la solicitud de ayuda. El cumplimiento de este requisito será comprobado de oficio por el órgano gestor.

b) Estar de alta como trabajador por cuenta propia o autónomo en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar en el momento de la presentación de la solicitud de ayudas y haber estado un mínimo de 120 días en los dos últimos años civiles anteriores al año de presentación de la solicitud de ayuda. Este requisito será comprobado de oficio por el órgano gestor mediante consulta de su vida laboral. c) Acreditar una actividad mínima en las zonas de producción afectadas por el cierre de al menos 120 días en los dos últimos años civiles anteriores al año de presentación de la solicitud de ayuda.

El cumplimiento de este requisito será comprobado de oficio por el órgano gestor con las notas de venta

Plazo de Inicio

  • 10/05/2024 00:00 horas - 23/05/2024 23:59 horas (El plazo para la presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto de esta convocatoria de ayudas.)
  • Plazo de alegaciones

    12/09/2024 - 18/09/2024

    Se concede un plazo de cinco días hábiles para que las personas solicitantes de las ayudas, utilizando el formulario Anexo II que se adjunta a la convocatoria, puedan aceptar la ayuda o presentar las alegaciones que estime oportunas en cualquiera de los medios admitidos para la presente convocatoria.

Normativa

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
  • D. G. de Pesca y Acuicultura (Cód.: A01004495).
En la resolucion
  • D. G. de Pesca y Acuicultura (Cód.: A01004495).
En la materia
  • D. G. de Pesca y Acuicultura (Cód.: A01004495).

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 3 Meses. Desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el órgano competente para su resolución
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

Si

Información sobre el tratamiento de datos personales

SUBVENCIONES, AYUDAS E INDEMNIZACIONES GESTIONADAS POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE PESCA Y ACUICULTURA – FONDOS FEMPA

https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/165669.html

¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?

El responsable del tratamiento es la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible – Dirección General de Pesca y Acuicultura cuya dirección es C/. Tabladilla, s/n – 41071 Sevilla y cuyo correo electrónico es dgpa.cagpds@juntadeandalucia.es

Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección C/. Tabladilla, s/n – 41071 Sevilla o en el correo electrónico dpd.cagpds@juntadeandalucia.es


¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?
Los datos personales proporcionados son necesarios para el control, gestión y seguimiento de las solicitudes presentadas.

¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?
La base jurídica del tratamiento es el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento ( 6.1.e) RGPD ; Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

¿A qué destinatarios se comunicarán?
La Consejería contempla la posible cesión de estos datos a otros órganos de Administraciones Públicas amparada en la legislación sectorial, además de las derivadas de obligación legal.
No están previstas transferencias internacionales de los datos.

¿Por cuánto tiempo se conservarán?
Los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 02/10/2024 Resolución ayudas Erizo y Anémona 2024

  • 12/09/2024 Se ha modificado el campo: Plazos

  • 12/09/2024 Se ha modificado el campo: Plazos

  • 11/09/2024 Se ha modificado el campo: Plazos

  • 11/09/2024 Propuesta de Resolución de las solicitudes de ayuda

  • 18/06/2024 Se ha modificado el campo: Normativas

  • 28/05/2024 Se ha modificado el campo: Normativas

  • 10/05/2024 Se ha modificado el campo: Normativas

  • 10/05/2024 Se ha modificado el campo: Normativas

  • 09/05/2024 Se ha modificado el campo: Plazos

  • Última actualización: 02/10/2024
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