Procedimiento de verificación de datos.

Información general

Título formal:

Procedimiento de verificación de datos.

Código:
2699
Organismo:
Economía, Hacienda y Fondos Europeos
Destinatarios:
  • Empresas
  • Asociaciones y organizaciones
  • Ciudadanía
Fecha de creación:
22/09/2009

Descripción

Tiene por objeto regularizar defectos o discrepancias observadas en las declaraciones o autoliquidaciones de los obligados tributarios.

Artículo 131 a 133 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Artículos 155 y 156 del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Exclusivamente presencial.

Puedes realizar la presentación en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de las oficinas de correos.

Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa

Acceso a la fase

Requisitos

La Administración tributaria podrá iniciar el procedimiento en los supuestos establecidos en el artículo 131 de la Ley 58/2003 General Tributaria:

- Cuando la declaración o autoliquidación del obligado tributario adolezca de defectos formales o incurra en errores aritméticos.

- Cuando los datos declarados no coincidan con los contenidos en otras declaraciones presentadas por el mismo obligado o con los que obren en poder de la Administración tributaria.

- Cuando se aprecie una aplicación indebida de la normativa que resulte patente de la propia declaración o autoliquidación presentada o de los justificantes aportados con la misma.

- Cuando se requiera la aclaración o justificación de algún dato relativo a la declaración o autoliquidación presentada, siempre que no se refiera al desarrollo de actividades económicas.

Documentación

Alegaciones del obligado tributario.

Documentación requerida por parte de la Administración.

Sujeto a pago

Plazo de Inicio

Este trámite no está sujeto a plazos

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Almería (Cód.: A01034450), Unidades de Gestión de las Gerencias Provinciales y oficinas de información, asistencia y comprobación a cargo de los Registradores de la Propiedad..
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Cádiz (Cód.: A01034451), Unidades de Gestión de las Gerencias Provinciales y oficinas de información, asistencia y comprobación a cargo de los Registradores de la Propiedad..
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Córdoba (Cód.: A01034452), Unidades de Gestión de las Gerencias Provinciales y oficinas de información, asistencia y comprobación a cargo de los Registradores de la Propiedad..
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Granada (Cód.: A01034453), Unidades de Gestión de las Gerencias Provinciales y oficinas de información, asistencia y comprobación a cargo de los Registradores de la Propiedad..
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Huelva (Cód.: A01034454), Unidades de Gestión de las Gerencias Provinciales y oficinas de información, asistencia y comprobación a cargo de los Registradores de la Propiedad..
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Jaén (Cód.: A01034455), Unidades de Gestión de las Gerencias Provinciales y oficinas de información, asistencia y comprobación a cargo de los Registradores de la Propiedad..
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Málaga (Cód.: A01034456), Unidades de Gestión de las Gerencias Provinciales y oficinas de información, asistencia y comprobación a cargo de los Registradores de la Propiedad..
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Sevilla (Cód.: A01034457), Unidades de Gestión de las Gerencias Provinciales y oficinas de información, asistencia y comprobación a cargo de los Registradores de la Propiedad..
En la resolucion
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Almería (Cód.: A01034450), Persona titular de la Gerencia Provincial o Registrador/a de la Propiedad al frente de la correspondiente oficina de información, asistencia y comprobación..
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Cádiz (Cód.: A01034451), Persona titular de la Gerencia Provincial o Registrador/a de la Propiedad al frente de la correspondiente oficina de información, asistencia y comprobación..
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Córdoba (Cód.: A01034452), Persona titular de la Gerencia Provincial o Registrador/a de la Propiedad al frente de la correspondiente oficina de información, asistencia y comprobación..
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Granada (Cód.: A01034453), Persona titular de la Gerencia Provincial o Registrador/a de la Propiedad al frente de la correspondiente oficina de información, asistencia y comprobación..
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Huelva (Cód.: A01034454), Persona titular de la Gerencia Provincial o Registrador/a de la Propiedad al frente de la correspondiente oficina de información, asistencia y comprobación..
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Jaén (Cód.: A01034455), Persona titular de la Gerencia Provincial o Registrador/a de la Propiedad al frente de la correspondiente oficina de información, asistencia y comprobación..
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Málaga (Cód.: A01034456), Persona titular de la Gerencia Provincial o Registrador/a de la Propiedad al frente de la correspondiente oficina de información, asistencia y comprobación..
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Sevilla (Cód.: A01034457), Persona titular de la Gerencia Provincial o Registrador/a de la Propiedad al frente de la correspondiente oficina de información, asistencia y comprobación..

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 6 Meses. Artículo 133 LGT
    Silencio: Caducidad

Agota vía administrativa

No

Estado del procedimiento

Consulta el estado de tramitación de tu expediente

Información sobre el tratamiento de datos personales

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 09/06/2023 Se ha modificado el campo: Tipos de documentos Coor. Inf. Adm.

  • Ayuda en el trámite

    Última actualización: 09/06/2023
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