Mediación intercultural de ámbito regional en centros docentes públicos.

Información general

Título formal:

Mediación intercultural de ámbito regional en centros docentes públicos.

Código:
5473
Organismo:
Desarrollo Educativo y Formación Profesional
Destinatarios:
  • Asociaciones y organizaciones
Concurrencia:
Competitiva
Fecha de creación:
26/03/2012

Descripción

Regular las condiciones específicas para las subvenciones dirigidas a entidades sin ánimo de lucro de o pro inmigrantes, que realizan su actividad de forma total o parcial en la Comunidad Autónoma de Andalucía, para el desarrollo de proyectos de actividades encaminadas a la mediación intercultural en centros docentes públicos, dependientes de la Consejería competente en materia de educación de la Junta de Andalucía, con excepción de los universitarios. El plazo de presentación de solicitudes se establecerá en la respectiva convocatoria.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Acceso a la fase

Formularios

Requisitos

Estar inscritas en el Registro de Entidades Colaboradoras de la Enseñanza

Hacer constar en toda la información o publicidad que se efectúe de las actividades, que éstas han sido subvencionadas por la Junta de Andalucía a través de la Consejería competente en materia de educación y en su caso, del Ministerio de Trabajo e Inmigración a través del Fondo de Apoyo a la Acogida y la Integración de Inmigrantes así como al Refuerzo Educactivo de los mismos

Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.

Tener implantación en al menos 4 provincias andaluzas

En el caso de editarse materiales didácticos o publicitarios, e imputarse gastos de este tipo, deberá adjuntarse un ejemplar de los mismos en el que figurará inexcusablemente la referencia de la financiación de las entidades arriba indicadas

Disponer de sede social o delegación permanente en la CAA.

estar legalmente constituida.

Tener caracter voluntario y sin ánimo de lucro.

Entidades sin ánimo de lucro de o pro inmigrantes que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Apartados 4, 22 y 23 de cada Cuadro Resumen de la Orden de 15 de abril de 2011.

Documentación

Identificación del solicitante; Identificación de la entidad solicitante, registro en el que está inscrita, fecha y nº de inscripción, nº tarjeta identificación fiscal; acreditación de que la entidad es de o pro inmigrantes y sin ánimo de lucro; la fecha de la reunión donde se decide solicitar la subvención y representante legal para tramitarla; provincias con implantación efectiva; compromiso de aportar la documentación.

Título del programa, entidad que lo presenta, autores; antecedentes; objetivos; Descripción de las actividades y programación temporal de las mismas; Instituciones públicas u otras entidades sin ánimo de lucro con las que se coordine; indicadores de evaluación del programa.

Cuenta justificativa con aportación de justificantes del gasto

Presupuesto.

Artículo 10 del texto articulado, apartados 15 y 26 de cada Cuadro Resumen de la Orden de 15 de abril de 2011.

Plazo de Inicio

  • Este trámite no está sujeto a plazos

Información adicional

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 3 Meses.
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

Si
Última actualización: 28/04/2022
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