Subvenciones a la Medida 13: Pagos a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas, incluida en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020.
Información general
Subvenciones a la Medida 13: Pagos a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas, incluida en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020.
- Ciudadanía
Descripción
El Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, dentro de la Medida 13: Pagos a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas, incluye operaciones en zonas con limitaciones, que se deben a condicionantes biofísicos adversos, e implican la existencia de costes adicionales y pérdida de ingresos, que hace menos atractiva la continuidad de la actividad agraria. Los objetivos que se pretenden conseguir con esta medida son:
a) Evitar el abandono de las tierras. Conteniendo la erosión de los suelos y mejorando la gestión de los mismos.
b) Evitar la pérdida de biodiversidad del medio y favorecer la conservación de los recursos naturales, suelo y agua. Para ello hay que restaurar, preservar y mejorar dicha biodiversidad, los sistemas agrarios de alto valor natural, así como el estado de los paisajes europeos.
c) Mantener los sistemas de agricultura sostenible en riesgo de abandono mejorando la gestión del agua, incluyendo la gestión de los fertilizantes y plaguicidas.
Serán objeto de ayuda las siguientes operaciones:
Submedida 13.1. Pago de compensación en zonas de montaña:
- Operación 13.1.1. Pago compensatorio por ha de SAU en zonas montañosas.
Submedida 13.2. Pago de compensación para otras áreas que afrontan limitaciones naturales considerables:
- Operación 13.2.1. Pago compensatorio por ha de SAU en otras zonas con limitaciones naturales significativas
Submedida 13.3. Pago para otras superficies afectadas por limitaciones específicas:
- Operación 13.3.1. Pago compensatorio por ha de SAU en zonas con limitaciones específicas
Ayuda financiada con Fondos Europeos.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Presencial y electrónica.
Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.
Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa
Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
- Aportación de documentos: Enlace para la aportación de documentos
Requisitos
Se establecen en el articulo 6 de la Orden de 14 de abril de 2016, y son los siguientes:
1. Podrán ser beneficiarias de las ayudas correspondientes a la Medida 13: Pagos a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas, las personas físicas, bien a título individual ó como miembros de una sociedad cooperativa andaluza de explotación comunitaria de la tierra o de trabajo asociado calificada como agraria que cumplan los siguientes requisitos:
a) Ser agricultor activo. Los beneficiarios de las ayudas a zonas con limitaciones naturales u otras zonas específicas deberán ajustarse a la definición de agricultor activo establecida en el artículo 4, letra c). De conformidad con el PDR de Andalucía, la ayuda se concederá a los agricultores no pluriactivos, en función de lo que recoge el Anexo «Capítulo 8.2 Medida13» «Documento justificativo agricultor no pluriactivo» incluido en el citado PDR donde detalla que los agricultores pluriactivos son un sistema de explotación de acuerdo con lo que establece el artículo 31.1 del Reglamento (UE) núm. 1305/2013.
b) Ser titular de una explotación agraria sobre la que solicita la ayuda, de conformidad con la letra d) del artículo 3 del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.
c) Que la explotación agraria por la que solicita la ayuda esté inscrita en el registro de explotaciones agrarias y forestales de Andalucía que se establezca el efecto.
d) Qué reúnan las condiciones de admisibilidad que se establecen en el artículo 7
Las condiciones de admisibilidad que deberán reunir las personas beneficiarias son las siguientes:
a) Ser agricultor a título principal, de acuerdo con lo establecido en la letra b) del artículo 4 de la presente Orden.
b) Tener la explotación ubicada en la Comunidad Autónoma de Andalucía, total o parcialmente, en los municipios incluidos en el Anexo I.
c) Ser agricultor a título individual o miembro de una sociedad cooperativa andaluza de explotación comunitaria de la tierra o de trabajo asociado calificada como agraria que obtenga al menos el 50 % de su renta total de la actividad agraria.
2. La persona que presente la solicitud como miembro de una sociedad cooperativa andaluza de explotación comunitaria de la tierra o de trabajo asociado calificada como agraria será la responsable directa de reunir las condiciones de admisibilidad incluidas en el apartado anterior.
Documentación
Con la solicitud deberá adjuntarse la siguiente documentación a la que se refiere el artículo 5 de la Orden de 12 de marzo de 2015, a excepción de la documentación a que se refieren las letras d) y f) del apartado 2 y el apartado 3 del citado artículo:
Los documentos que se recogen en el Anexo VII del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.
Para la verificación de los datos de Identidad de los solicitantes, las personas físicas deberán presentar copia legible de su Documento Nacional de Identidad o del Número de Identificación de Extranjeros. Estarán exentos de presentar la anterior documentación aquellos solicitantes que autoricen a la Consejería de Agricultura Pesca y Desarrollo Rural a la consulta de datos de identidad a través de la plataforma de verificación de datos de identidad y a la consulta de datos con el Sistema de Gestión Integrada de Recursos Organizativos (GIRO), de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Andalucía
Para la acreditación de la representación, los representantes deberán presentar la documentación justificativa del poder suficiente para actuar en nombre de los interesados, por cualquier medio válido en derecho.
Para la verificación de los datos bancarios del solicitante: Las cuentas designadas por las personas solicitantes deberán estar dadas de altas en el Sistema GIRO de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, de acuerdo con la Instrucción 1/2015, de 13 de marzo de 2015, de la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública, sobre la gestión de cuentas bancarias de los acreedores en el sistema contable GIRO de la Junta de Andalucía. Asimismo, las personas beneficiarias podrán autorizar a la Secretaría General de Fondos Europeos Agrarios, en su condición de dirección del Organismo Pagador de los Fondos Europeos Agrarios de Andalucía a que, en caso de producirse la devolución por la entidad financiera (retrocesión bancaria) del pago en la cuenta bancaria consignada en la solicitud de ayuda, debidamente registrada en el sistema contable GIRO, proceda al pago en cualquier otra cuenta bancaria de su titularidad que conste igualmente en alta en el citado sistema.
Para la verificación de la superficie agraria de la explotación, se deberá presentar una delimitación gráfica de todas las parcelas agrícolas de su explotación sobre una salida gráfica del Sistema de Información Geográfica (SIGPAC) de la campaña objeto de la ayuda, donde se reflejen la información mínima requerida en el apartado III del Anexo VII del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.
Estarán exentos de presentar la anterior documentación aquellos solicitantes que realicen una delimitación gráfica con las herramientas informáticas basadas en la tecnología de los sistemas de información geográfica que se pondrán a disposición de las Entidades Reconocidas.
ANEXO II. DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA A LA SOLICITUD DE AYUDA (artículo 11.2, de la presente Orden)
Además de la documentación general establecida en el apartado uno del artículo 11, junto a la solicitud de la Medida 13, deberá aportarse, la siguiente:
a) En el caso de haber realizado la última declaración del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas de forma conjunta, a fin de facilitar el cálculo del porcentaje de la renta agraria de la persona solicitante, certificados de retenciones y pagos a cuenta de los rendimientos del trabajo tanto de la persona solicitante de las ayudas como del cónyuge.
b) En el caso de que parte de los rendimientos sean declarados en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas como «Regímenes Especiales», donde no se refleja el tipo de actividad y el declarante pertenezca a una comunidad de bienes, comunidad hereditaria ó sociedad Civil, la última Declaración Informativa Anual (modelo 184). Con el fin de facilitar el cálculo del porcentaje de renta agraria de la persona solicitante de la ayuda.
c) En el caso de solicitantes pertenecientes a una sociedad cooperativa andaluza de explotación comunitaria de la tierra o de trabajo asociado, certificados de retenciones y pagos a cuenta de los rendimientos del trabajo cuyo pagador sea cualquiera de las sociedades cooperativas anteriores.
d) En el caso de solicitantes pertenecientes a una sociedad cooperativa andaluza de explotación comunitaria de la tierra o de trabajo asociado, certificado expedido por la sociedad cooperativa a la que esté asociado, acreditativo del tanto por ciento de participación en las citadas sociedades cooperativas a las que haga referencia en el impreso declarativo.
e) Para la acreditación de la residencia en el término municipal en el que radique la superficie de la explotación incluida en zona desfavorecida o en alguno de los municipios limítrofes que estén enclavados en zonas desfavorecidas, los solicitantes deberán presentar certificado de residencia expedido por el Ayuntamiento correspondiente. Estarán exentos de presentar la anterior documentación aquellos solicitantes que autoricen a la Consejería de Agricultura Pesca y Desarrollo Rural a la consulta de datos de residencia.
Plazo de Inicio
- 01/02/2022 - 15/05/2022 (Las citadas ayudas se solicitarán a través de la solicitud única de ayudas, y el plazo de presentación comenzará el 1 de febrero y finalizará el 30 de abril de 2022)
Normativa
- Orden APA/452/2020, de 26 de mayo, por la que se acuerda la no suspensión de los plazos previstos en la Orden APA/377/2020, de 28 de abril, por la que se modifican, para el año 2020, diversos plazos establecidos en los Reales Decretos 1075/2014, 1076/2014, 1077/2014 y 1078/2014, todos ellos de 19 de diciembre, dictados para la aplicación en España de la Política Agrícola Común.
- Reglamento (UE) n ° 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013 , relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) y por el que se deroga el Reglamento (CE) n ° 1698/2005 del Consejo (Consolidado a 01/03/19)
- Orden de 14 de abril de 2016, por la que se aprueban en la Comunidad Autónoma de Andalucía las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a la Medida 13: Pagos a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas, incluida en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, y se modifica la Orden de 24 de febrero de 2016, por la que se regulan las condiciones para la verificación de los compromisos agroambientales por las Entidades de Certificación establecidos en la Orden de 26 de mayo de 2015, por la que se aprueban en la Comunidad Autónoma de Andalucía las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a la medida 10: Agroambiente y Clima, incluida en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (Consolidado a 28/02/18).
- Resolución de 20 de mayo de 2020, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se hacen públicos los criterios para la aplicación de las reducciones, sanciones y exclusiones en caso de incumplimiento de los requisitos y condiciones de admisibilidad, compromisos y otros requisitos obligatorios, en relación con las operaciones de la Medida 10: Agroambiente y Clima, de la Medida 11: Agricultura Ecológica y de la Medida 13: Pago a zonas con limitaciones Naturales u otras limitaciones específicas, incluida en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, gestionadas por la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados.
- Orden de 12 de marzo de 2015, por la que se establecen en la Comunidad Autónoma de Andalucía normas sobre la presentación de la solicitud única y de la solicitud de asignación de derechos de pago básico a partir del año 2015, así como disposiciones de aplicación a los pagos directos a la agricultura y a la ganadería, y a las ayudas del programa de desarrollo rural de Andalucía objeto de inclusión en la solicitud única.
- Orden de 25 de enero de 2022, por la que se efectúa la convocatoria para el año 2022 de subvenciones a la Medida 13: Pagos a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas, incluidas en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, al amparo de la Orden de 14 de abril de 2016, que se cita.
- Extracto de la Orden de 25 de enero de 2022, por la que se efectúa la convocatoria para el año 2022 de subvenciones a la Medida 13: Pagos a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas, incluidas en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, al amparo de la Orden de 14 de abril de 2016, que se cita.
- Resolución de 7 de febrero de 2023, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se hacen públicos los criterios para la aplicación de las reducciones, sanciones y exclusiones en caso de incumplimiento de los requisitos y condiciones de admisibilidad, compromisos y otros requisitos obligatorios, en relación con las operaciones de la Medida 10: Agroambiente y Clima, de la Medida 11: Agricultura Ecológica y de la Medida 13: Pago a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas, incluida en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022, gestionadas por la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados.
- Orden de 15 de mayo de 2023, por la que se fija una cuantía adicional a la prevista en la Orden de 25 de enero de 2022, por la que se efectúa la convocatoria para el año 2022 de subvenciones a la Medida 13: Pagos a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas, incluidas en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022, al amparo de la Orden de 14 de abril de 2016 que se cita.
Información adicional
Órganos responsables
- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Almería (Cód.: A01035413).
- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Cádiz (Cód.: A01035417).
- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Córdoba (Cód.: A01035421).
- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Granada (Cód.: A01035524).
- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Huelva (Cód.: A01035528).
- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Jaén (Cód.: A01035532).
- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Málaga (Cód.: A01035536).
- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Sevilla (Cód.: A01035554).
- Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados (Cód.: A01025807).
- Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados (Cód.: A01025807).
- Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados (Cód.: A01025807).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 6 Meses.
Silencio: Negativo
Agota vía administrativa
Información sobre el tratamiento de datos personales
SUBVENCIONES, AYUDAS E INDEMNIZACIONES GESTIONADAS POR LA DGADM – FONDOS FEADER
https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/165654.html
¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?
El responsable del tratamiento es la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible – Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados cuya dirección es C/. Tabladilla, s/n – 41071 Sevilla y cuyo correo electrónico es dgadm.cagpds@juntadeandalucia.es
Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección C/. Tabladilla, s/n – 41071 Sevilla o en el correo electrónico dpd.cagpds@juntadeandalucia.es
¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?
Los datos personales proporcionados son necesarios para el control, gestión y seguimiento de las solicitudes presentadas.
¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?
La base jurídica del tratamiento es el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento ( 6.1.e) RGPD; Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
¿A qué destinatarios se comunicarán?
La Consejería contempla la posible cesión de estos datos a otros órganos de Administraciones Públicas amparada en la legislación sectorial, además de las derivadas de obligación legal.
No están previstas transferencias internacionales de los datos.
¿Por cuánto tiempo se conservarán?
Los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.
¿Qué datos personales se tratan y de donde se han obtenido?
(Incluir el siguiente apartado únicamente en el caso de que los datos no los aporte el interesado, sino que se obtengan de otra fuente)
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y como ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en https://www.aepd.es/es/derechos-y-deberes/conoce-tus-derechos
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos , donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la ley 39/2015 de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el consejo de transparencia y protección de datos de andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. los formularios e información sobre cómo hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
Novedades
06/05/2021 Se ha modificado en este trámite:Normativas
31/01/2019 Se ha modificado el plazo de solicitud.
31/01/2019 Se ha modificado en este trámite:Normativas
31/01/2019 Se ha modificado en este trámite:URL de Aportación de Documentación
31/01/2019 Se ha modificado en este trámite:URL de Modo de Consulta de estado
05/05/2020 Se ha modificado el plazo de solicitud.
31/01/2020 Se ha modificado en este trámite:Normativas
31/01/2020 Se ha modificado el plazo de solicitud.
13/03/2020 Se ha modificado en este trámite:URL Oficina Virtual
27/07/2021 Se ha modificado en este trámite:Normativas
08/06/2020 Se ha modificado en este trámite:Normativas
22/06/2020 Se ha modificado en este trámite:Normativas
22/06/2020 Se ha modificado en este trámite:Normativas
01/02/2022 Se ha suprimido el plazo de solicitud.
01/02/2022 Se ha modificado en este trámite:Normativas
21/01/2021 Se ha modificado en este trámite:Normativas
20/02/2023 Se ha modificado el campo: Normativas
01/06/2023 Se ha modificado el campo: Normativas
09/05/2022 Se ha modificado el plazo de solicitud.
26/07/2021 Se ha modificado en este trámite:Normativas
27/04/2021 Se ha modificado en este trámite:Normativas
14/02/2023 Se ha modificado el campo: Descripción del procedimiento