Protección bienes culturales: Inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, inclusión en el Inventario de Bienes Reconocidos del Patrimonio Histórico Andaluz y declaración de Zona de Servidumbre Arqueológica.
Información general
Protección bienes culturales: Inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, inclusión en el Inventario de Bienes Reconocidos del Patrimonio Histórico Andaluz y declaración de Zona de Servidumbre Arqueológica.
- Ciudadanía
- Empresas
- Administraciones
- Asociaciones y organizaciones
Descripción
Procedimiento de inscripción, modificación y cancelación de bienes en el Catálogo del Patrimonio Histórico Andaluz, inclusión en el inventario de Bienes Reconocidos del Patrimonio Histórico Andaluz y declaración de Zona de Servidumbre
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Presencial y electrónica.
Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.
Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa
Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
- Aportación de documentos:
Este trámite sólo puede ser realizado de forma presencial.
Para ello, puedes dirigirte a las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o a las oficinas de correos.
Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía, debes solicitar cita previa.
Formularios
Documentación
Art.9.1 Ley14/2007:el procedimiento para la inscripción se incoará de oficio por la Cª competente en materia de patrimonio histórico. Cualquier persona fs. o jdca. podrá instar a esta Cª, mediante solicitud razonada, dicha incoación
Plazo de Inicio
Este trámite no está sujeto a plazos
Normativa
- Decreto 379/2009, de 1 de diciembre, por el que se modifican el Decreto 4/1993, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, y el Decreto 168/2003, de 17 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Actividades Arqueológicas.
- Decreto Ley 1/2009, de 24 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes de carácter administrativo.
- Corrección de errores del Decreto 19/1995, de 7 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía. (BOJA núm. 43, de 17.3.95).
- Resolución de 12 de diciembre de 2014, de la Presidencia del Parlamento de Andalucía, por la que se ordena la publicación del acuerdo de convalidación del Decreto-ley 15/2014, de 25 de noviembre, por el que se modifica el Decreto-ley 5/2012, de 27 de noviembre, de medidas urgentes en materia urbanística y para la protección del litoral de Andalucía.
- Real Decreto 111/1986, de 10 de enero de desarrollo parcial de la Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Historico Español.
- Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía (modificada por artículo sexto del Decreto Ley 3/2009, de 22 de diciembre), (modificada los artículos 54, 60, 69, 78 y 98 por la Ley 7/2011, de 3 de noviembre), (modificado el artículo 29.4 por el Decreto-Ley 5/2012, de 27 de noviembre).
- Resolución de 12 de marzo de 2009, de la Presidencia del Parlamento de Andalucía, por la que se ordena la publicación del acuerdo de convalidación del Decreto-Ley 8-09/DL-000001, por el que se adoptan medidas urgentes de carácter administrativo.
- Decreto Ley 15/2014, de 25 de noviembre, por el que se modifica el Decreto-ley 5/2012, de 27 de noviembre, de medidas urgentes en materia urbanística y para la protección del litoral de Andalucía
- Resolución de 15 de julio de 2008, de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que se delegan en las personas titulares de las Delegaciones Provinciales de la Consejería determinadas competencias en materia de Patrimonio Histórico.
- Decreto Ley 3/2009, de 22 de diciembre, por el que se modifican diversas leyes para la transposición en Andalucía de la Directiva 2006/123/CE, de 12 de diciembre de 2006, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los servicios en el mercado interior.
- Decreto 19/1995, de 7 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Proteccion y Fomento del Patrimonio Historico de Andalucia.
- Decreto 4/1993, de 26 de enero, pior el que se aprueba el Reglamento de Organizacion Administrativa del Patrimonio Historico de Andalucia.
- Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Historico Español.
- Decreto Ley 5/2012, de 27 de noviembre, de medidas urgentes en materia urbanística y para la protección del litoral de Andalucía.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Información adicional
Órganos responsables
- Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Almería (Cód.: A01035333).
- Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Cádiz (Cód.: A01035360).
- Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Córdoba (Cód.: A01035375).
- Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Granada (Cód.: A01035381).
- Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Huelva (Cód.: A01035394).
- Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Jaén (Cód.: A01035398).
- Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Málaga (Cód.: A01035402).
- Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Sevilla (Cód.: A01035406).
- Consejero (Cód.: A01025646).
- Titular de la Consejería (Cód.: A01025858).
- D. G. de Patrimonio Documental y Bibliográfico e Innovación y Promoción Cultural.
- D. G. de Patrimonio Documental y Bibliográfico e Innovación y Promoción Cultural (Cód.: A01025858).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 18 Meses. BIC con tipología Monumentos y Jardines Históricos
Silencio: Negativo - Plazo: 12 Meses. BIC con la tipología Conjunto Histórico, Sitios Históricos, Zonas Arqueológicas, lugares de Interés Etnológico, Lugares de Interés Industrial y Zonas Patrimoniales.
Silencio: Negativo - Plazo: 6 Meses. Bienes del Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español
Silencio: Negativo - Plazo: 12 Meses. Bienes de Catalogación General, tipología bienes inmuebles y actividades de interés etnológico
Silencio: Negativo - Plazo: 6 Meses. Bienes de Catalogación General, tipología bienes muebles
Silencio: Negativo - Plazo: 12 Meses. Zona de Servidumbre Arqueológica
Silencio: Negativo - Plazo: 6 Meses. Inventario de Bienes Reconocidos
Silencio: Negativo
Agota vía administrativa
Novedades
22/07/2019 Se ha modificado en este trámite:Descripción del procedimiento
22/07/2019 Se ha modificado en este trámite:Denominación del procedimiento
11/12/2019 Se ha modificado en este trámite:Modo de solicitud
11/12/2019 Se ha modificado en este trámite:Modo de solicitud
13/12/2019 Se ha modificado en este trámite:Modo de solicitud