Autorización para el empleo del fuego para actividades agrarias en terrenos forestales y Zona de Influencia Forestal

Información general

Título formal:

Empleo del fuego para actividades agrarias en terrenos forestales y Zona de Influencia Forestal: Autorización

Código:
768
Organismo:
Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul
Destinatarios:
  • Ciudadanía
  • Empresas
  • Asociaciones y organizaciones
  • Administraciones
Fecha de creación:
07/08/2009

Descripción

La quema de matorral, pastos y residuos procedentes de tratamientos selvícolas, fitosanitarios y otros trabajos forestales, así como para la quema de rastrojos o residuos en labores agrícolas que se realicen en Zona de Influencia Forestal requieren autorización administrativa motivada, en la que se fijarán las condiciones de ejecución de la quema y que será dictada previa solicitud del interesado..

No obstante, el uso del fuego en estos terrenos queda prohibido del 1 de junio al 15 de octubre de cada año, ambos inclusive, y en particular su uso para la quema de vegetación natural y de residuos agrícolas y forestales, conforme la Orden de 21 de mayo de 2009, por la que se establecen limitaciones de usos y actividades en terrenos forestales y zonas de influencia forestal.

Debido a las condiciones climatológicas existentes, se suspenden temporalmente los efectos de las autorizaciones y notificaciones de quema adoptadas o comunicadas, así como el plazo de presentación de las solicitudes y comunicaciones de quema hasta las 23:59 del 15 de octubre.

A efectos de esta autorización, se consideran montes o terrenos forestales los elementos integrantes para la ordenación del territorio que comprenden toda superficie rústica cubierta de especies arbóreas, arbustivas, de matorral, o herbáceas, de origen natural o procedente de siembra o plantación, que cumplen funciones ecológicas, protectoras, de producción, paisajísticas o recreativas.

Asimismo se establece una Zona de Influencia Forestal constituida por una franja circundante de los terrenos forestales que tendrá una anchura de 400 metros, pudiendo ser modificada según las circunstancias específicas del terreno y de la vegetación por el Consejo de Gobierno.

Con motivo de la entrada en vigor del Decreto-ley 2/2023, de 11 de abril, por el que se adoptan medidas en materia de emergencias y gestión, prevención y extinción de incendios forestales, la competencia para su autorización corresponde a las Delegaciones de Gobierno y su modelo será aprobado por la Consejería competente en materia de protección civil y emergencias para todo el ámbito de la Comunidad Autónoma.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Acceso a la fase

Formularios

Requisitos

El empleo del fuego para estas actividades deberá realizarse conforme a las normas establecidas en el Reglamento de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales, normas que dependerán de la actividad y el lugar en el que se pretenda realizar la quema:

- La quema de matorral y pastos deberá cumplir las normas desarrolladas en el artículo 15 del citado Reglamento.

- La quema de residuos procedentes de las actividades vinculadas a trabajos forestales y tratamientos preventivos contra incendios forestales, se realizará con sujeción a las normas recogidas en el artículo 16 del citado Reglamento.

- La quema por actividades agrícolas en zona de influencia forestal, se sujeta a las condiciones de ejecución previstas en el artículo 17 de dicho Reglamento.

Documentación

A la solicitud se añadirá la siguiente documentación:

- Plano a escala 1:10.000 con delimitación/localización de la superficie de quema

- Aceptación por el/la solicitante de la persona designada como responsable de la operación, caso de ser distinto del/de la mismo/a

- Descripción de los medios y medidas de control del fuego para evitar su extensión más allá del área autorizada de quema.

Plazo de Inicio

  • Con una antelación mínima de 30 días hábiles respecto a la fecha de ejecución prevista.

Normativa

Información adicional

Órganos responsables

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 5 Días. La resolución motivada será notificada al menos con 5 días naturales de antelación al día señalado para la quema
    Silencio: Positivo

Agota vía administrativa

No

Información sobre el tratamiento de datos personales

CAGPDS - Gestión del Plan INFOCA (https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/166194.html)

 

¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?
D.G. de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, cuya dirección es Avda. Manuel Siurot, 50. 41071 - Sevilla

Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección c/ Tabladilla s/n, o en el correo electrónico dpd.cagpds@juntadeandalucia.es.

¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?
Gestión de la prevención y lucha contra los incendios forestales

¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?
La base jurídica del tratamiento es el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento a través de la Ley 5/1999, de 29 de junio, de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales.

¿A qué destinatarios se comunicarán?
La Consejería contempla la posible cesión de estos datos a otros órganos de Administraciones Públicas amparada en la legislación sectorial, además de las derivadas de obligación legal. No están previstas transferencias internacionales de los datos.


¿Por cuánto tiempo se conservarán?
Los datos recabados se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

¿Qué datos personales se tratan?
Las categorías de datos personales tratados son datos identificativos y de contacto (Nombre y apellidos, DNI/CIF/Documento identificativo, dirección, teléfono, imagen, firma)

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y como ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en http://www.aepd.es/reglamento/derechos/

 

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en http://www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

 


 

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 03/04/2023 Se ha modificado el campo: Normativas

  • 08/05/2023 Se ha modificado el campo: Descripción del procedimiento

  • 08/05/2023 Se ha modificado el campo: Normativas

  • 12/04/2023 Se ha modificado el campo: Descripción del procedimiento

  • 12/04/2023 Se ha modificado el campo: Normativas

  • 25/04/2023 Se ha modificado el campo: Descripción del procedimiento

  • 25/04/2023 Se ha modificado el campo: Normativas

  • 09/05/2023 Se ha modificado el campo: Descripción del procedimiento

  • Última actualización: 09/05/2023
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