Censo de Entidades de Participación Juvenil
Información general
Censo de Entidades de Participación Juvenil
- Asociaciones y organizaciones
Descripción
Inscripción en el Censo de Entidades de Participación Juvenil del Instituto Andaluz de la Juventud, de las entidades de participación juvenil de ámbito regional, provincial o local. Las entidades de participación juvenil que se encuentren inscritas en el Censo General de Asociaciones Juveniles, creado por Orden de la Consejería de Cultura de 28 de abril de 1986, dispondrán de tres meses desde el momento de entrada en vigor del presente Decreto para solicitar su inscripción en el nuevo censo de entidades de participación juvenil de Andalucía. Una vez finalizado el plazo sin haber solicitado la inscripción en el nuevo censo, la inscripción se cancelará de oficio.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Presencial y electrónica.
Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.
Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa
Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
- Aportación de documentos: Enlace para la aportación de documentos
Formularios
- Solicitud inscripción en el Censo de Entidades de Participación Juvenil Nº: 001082/4D (Obligatorio)
Requisitos
Cumplir los deberes de colaboración establecidos en el artículo 16 del Decreto 247/2005, de 8 de noviembre
Artículo 4 del Decreto 247/2005, de 8 de noviembre.
Documentación
En caso de Asociaciones Juveniles y para los Consejos Provinciales y los Locales o de Zona - Artículo 9 del Decreto 247/2005, de 8 de noviembre
CIF de la entidad solicitante
Estatutos vigentes
Relación de los miembros de la agrupación
Certificado de inscripción en el Registro correspondiente
Certificado del acuerdo solicitando la inscripción. Certificación del acta de elección de cargos vigentes
Artículo 9 del Decreto 247/2005, de 8 de noviembre.
Plazo de Inicio
Este trámite no está sujeto a plazos
Normativa
- Decreto 247/2005, de 8 de noviembre, por el que se regula el censo de entidades de participación juvenil de Andalucía.
- Decreto 141/1993, de 7 de septiembre, por el que se dictan normas relativas a los procedimientos administrativos de aplicación en el ámbito de la Consejería. (DEROGADO por la LEY 9/2001 en lo referente al sentido del silencio)
- Decreto 68/1986, de 9 de abril, por el que se regula la constitucion y funcionamiento de Asociaciones Juveniles en Andalucia.
- Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
Información adicional
Órganos responsables
- Instituto Andaluz de la Juventud (Cód.: A01034553).
- Instituto Andaluz de la Juventud (Cód.: A01034553).
- Instituto Andaluz de la Juventud (Cód.: A01034553).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 2 Meses.
Silencio: Positivo
Agota vía administrativa
Estado del procedimiento
Información sobre el tratamiento de datos personales
La información detallada sobre el tratamiento de datos la podrá encontrar en:
https://www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/166358.html
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos