Baja en el Registro General de Entidades de Voluntariado de Andalucía

Información general

Título formal:

Baja en el Registro General de Entidades de Voluntariado de Andalucía

Código:
11951
Organismo:
Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad
Destinatarios:
  • Asociaciones y organizaciones
Fecha de creación:
22/09/2017

Descripción

Las entidades inscritas causarán baja en el Registro por alguna de las siguientes causas:

a) Por renuncia expresa o disolución de la entidad, acreditada mediante certificado de la persona titular de la secretaría de la entidad, con el visado de quien ostente la presidencia o cargo similar, en el que conste el acuerdo adoptado en este sentido por el órgano de gobierno de la misma.

b) Por disolución de la entidad acordada mediante sentencia judicial firme.

c) Por incumplimiento, declarado mediante resolución administrativa firme, de alguno de los deberes establecidos en el artículo 16 del Decreto 3/2007.

d) Por falsedad, declarada mediante resolución administrativa o judicial firme, de los datos aportados para su inscripción.

e) Por la pérdida de alguno de los requisitos exigidos en el artículo 4 del Decreto 3/2007.

El procedimiento para la baja en el Registro se iniciará a instancia de parte en los supuestos contemplados en el apartado a) anterior, y de oficio en el resto de los supuestos, incluyéndose la apertura de un período de prueba y trámite de audiencia.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Acceso a la fase

Formularios

Requisitos

a) Por renuncia expresa o disolución de la entidad, acreditada mediante certificado de la persona titular de la secretaría de la entidad, con el visado de quien ostente la presidencia o cargo similar, en el que conste el acuerdo adoptado en este sentido por el órgano de gobierno de la misma.

b) Por disolución de la entidad acordada mediante sentencia judicial firme.

c) Por incumplimiento, declarado mediante resolución administrativa firme, de alguno de los deberes establecidos en el artículo 16 del Decreto 3/2007.

d) Por falsedad, declarada mediante resolución administrativa o judicial firme, de los datos aportados para su inscripción.

e) Por la pérdida de alguno de los requisitos exigidos en el artículo 4 del Decreto 3/2007.

 

Documentación

Artículo 14 del Decreto 3/2007, de 9 de enero.

Plazo de Inicio

Este trámite no está sujeto a plazos

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
En la resolucion
En la materia

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 3 Meses. Se contarán: a) En los procedimientos iniciados de oficio, desde la fecha del acuerdo de iniciación. b) En los iniciados a solicitud del interesado, desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro electrónico de la Administración u Organismo competente para su tramitación.
    Silencio: Positivo

Agota vía administrativa

Si

Estado del procedimiento

Consulta el estado de tramitación de tu expediente

Información sobre el tratamiento de datos personales

La información detallada sobre el tratamiento de datos la podrá encontrar en:

https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/217724.html

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 25/05/2021 Se ha modificado en este trámite:Activ. de Protección de Datos

  • 31/05/2019 Se ha modificado en este trámite:URL Oficina Virtual

  • 10/02/2020 Se ha modificado en este trámite:URL Oficina Virtual

  • Última actualización: 17/01/2024
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