Modificación de la inscripción en el Registro General de Entidades de Voluntariado de Andalucía
Información general
Modificación de la inscripción en el Registro General de Entidades de Voluntariado de Andalucía
- Asociaciones y organizaciones
Descripción
El centro directivo competente en materia de voluntariado, de oficio o instancia de parte, mediante el modelo que figura como Anexo al Decreto 3/2007, podrá modificar aquellos datos inscritos en el Registro que hayan sufrido alteración. Si el procedimiento fuera iniciado de oficio se dará audiencia a las entidades afectadas. Con el fin de garantizar la actualización del Registro, el centro directivo competente en materia de voluntariado podrá solicitar la confirmación de la vigencia de los datos inscritos en el mismo, cada dos años contados a partir del día siguiente de la fecha de inscripción de la entidad.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Presencial y electrónica.
Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.
Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa
Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
- Aportación de documentos: Enlace para la aportación de documentos
Formularios
- Registro General de Entidades de Voluntariado de Andalucía. Solicitud de Inscripción/Modificación/Baja Nº: 001214/2D (Obligatorio)
Documentación
Artículo 15 del Decreto 3/2007, de 9 de enero.
Plazo de Inicio
Este trámite no está sujeto a plazos
Normativa
- ORDEN de 30 de enero de 2008, por la que se establecen las condiciones de las pólizas de seguro que se suscriban por las Entidades de Voluntariado para las personas que desarrollan programas de Acción Voluntaria Organizada.
- Ley 4/2018, de 8 de mayo, Andaluza del Voluntariado
- DECRETO 3/2007, de 9 de enero, por el que se regula la organización y funcionamiento del Registro General de Entidades de Voluntariado de Andalucía y el seguro de las personas voluntarias
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Información adicional
Órganos responsables
- Secretaría General de Inclusión Social (Cód.: A01029512).
- Secretaría General de Inclusión Social (Cód.: A01029512).
- Secretaría General de Inclusión Social (Cód.: A01029512).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 3 Meses. Se contarán: a) En los procedimientos iniciados de oficio, desde la fecha del acuerdo de iniciación. b) En los iniciados a solicitud del interesado, desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro electrónico de la Administración u Organismo competente para su tramitación.
Silencio: Positivo
Agota vía administrativa
Información sobre el tratamiento de datos personales
La información detallada sobre el tratamiento de datos la podrá encontrar en:
https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/217724.html
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
Novedades
18/10/2018 Se ha modificado en este trámite:Normativas
31/05/2019 Se ha modificado en este trámite:URL Oficina Virtual
10/02/2020 Se ha modificado en este trámite:URL Oficina Virtual
25/05/2021 Se ha modificado en este trámite:Activ. de Protección de Datos