Autorización de laboratorios de ensayo y contraste de objetos fabricados con metales preciosos

Información general

Título formal:

Autorización de laboratorios de ensayo y contraste de objetos fabricados con metales preciosos

Código:
13038
Organismo:
Industria, Energía y Minas
Destinatarios:
  • Empresas
Fecha de creación:
31/01/2018

Descripción

Procedimiento para la autorización de laboratorios de ensayo y contraste de objetos fabricados con metales preciosos.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Exclusivamente electrónica.

Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.

Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)

Acceso a la fase

Documentación

  • La documentación a presentar viene establecida en el artículo 12 del Decreto 155/1996, de 7 de mayo, por el que se regulan los laboratorios de ensayo y contrasto de objetos fabricados con metales preciosos.
  • Documento acreditativo del pago de la tasa por la prestación de servicios administrativos en materia de industria, energía y minas, tarifa 2.1 (Autorización de laboratorios de ensayo y contrastación de objetos fabricados con metales preciosos), realizado a través del modelo 046

    Para la cumplimentación del modelo 046 se deberán seguir las instrucciones de cumplimentación de dicho modelo, con especial atención a las siguientes indicaciones:

    Obligado al pago: Se deben indicar los datos identificativos de la persona jurídica que solicita la prestación del servicio sujeto a la tasa.

    Autoliquidación: Se debe marcar siempre esta opción.

    Descripción: Se debe detallar el hecho imponible u otros datos que faciliten la identificación de la solicitud.

    Fecha de devengo: Indicar la fecha de la solicitud/declaración/comunicación objeto de la tasa.

    Total importe: 1.135,74 euros.

    Indicar el importe completo de la tarifa, sin descontar la posible bonificación por pago electrónico (*).

    (*) Conforme al artículo 12.2 de la Ley 10/2021, la presentación y pago de la autoliquidación por medios electrónicos da derecho a una bonificación del 10% sobre la cuota a ingresar por cada autoliquidación presentada, con un límite mínimo de bonificación de 3 € y máximo de 70 €. Esta bonificación se le aplicará automáticamente al seleccionar el pago electrónico siempre que marque la casilla solicitando que se aplique dicha bonificación.

    Código territorial: seleccionar en este apartado PI0060 - SG. INDUSTRIA Y MINAS

    Concepto de pago: Seleccionar 0007 (TASAS POR SERVICIOS ADMINISTRATIVOS RELATIVOS A LA INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS).

    Más información: Cuadro de tarifas vigentes con sus importes

Sujeto a pago

Plazo de Inicio

  • Este trámite no está sujeto a plazos

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
En la resolucion
En la materia

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 3 Meses.
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

No

Estado del procedimiento

Información sobre el tratamiento de datos personales

Enlace a la actividad concreta en el “Inventario de actividades de tratamiento de datos personales” en https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/185385.html

¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?

El responsable del tratamiento es la Secretaría General de Industria y Minas cuya dirección es c/ Johannes Kepler, 1, 41092-Sevilla, correo electrónico: sgim.ciem@juntadeandalucia.es

Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en el correo electrónico: dpd.ciem@juntadeandalucia.es

¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?

Los datos personales proporcionados son necesarios para la tramitación del procedimiento de autorización como laboratorio de ensayo y contratación de objetos fabricados con metales preciosos, a aquellas entidades colaboradoras o asociaciones sin fines de lucro que ofrezcan las debidas garantías de solvencia e imparcialidad, asimismo, se podrá autorizar que la práctica de ensayos y la consiguiente contrastación de garantía se realice en los laboratorios de empresas dedicadas a la fabricación de objetos de metales preciosos.

Los datos personales podrán ser tratados para fines de archivo en interés público, fines de investigación científica o histórica o fines estadísticos.

¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?

La base jurídica del tratamiento es el cumplimiento de una misión realizada con fines de interés público o en el ejercicio de poderes públicos derivados de la Ley 17/1985, de 1 de julio, sobre objetos fabricados con metales preciosos y Real Decreto 197/1988, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de objetos fabricados con metales preciosos.

La aportación de los datos es requisito indispensable para la obtención de la autorización.

¿A qué destinatarios se comunicarán?

No están previstas cesiones, salvo obligación legal.

No están previstas transferencias internacionales.

¿Por cuánto tiempo se conservarán?

Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad con la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos: Ley 7/2011, de 3 de noviembre, de Documentos, Archivos y Patrimonio Documental de Andalucía.

 

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 23/05/2023 Se ha modificado el campo: Documentación

  • 29/12/2021 Se ha modificado en este trámite:Pagos

  • 05/06/2023 Se ha modificado el campo: Documentación

  • 27/11/2023 Se ha modificado el campo: Documentación

  • 27/11/2023 Se ha modificado el campo: Normativas

  • 08/01/2024 Se ha modificado el campo: Documentación

  • Ayuda en el trámite

    Última actualización: 19/02/2024
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