Ayudas a las actividades de cooperación de los Grupos de Desarrollo Rural: Submedida 19.3 del Programa Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022, LEADER.
Información general
Ayudas a las actividades de cooperación de los Grupos de Desarrollo Rural: Submedida 19.3 del Programa Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022, LEADER.
- Asociaciones y organizaciones
Descripción
El objeto de la presente Orden es regular la submedida 19.3 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022, la preparación e implementación de actividades de cooperación de los GDR de Andalucía. La finalidad de esta ayuda es fomentar la cooperación de los GDR de Andalucía tanto dentro de la Comunidad Autónoma como en el resto de España, de la Unión Europea o terceros países. Los GDR que participen en un proyecto de cooperación deben tener intereses comunes en el marco de sus Estrategias de Desarrollo Local y favorecerán el aprendizaje mutuo en la búsqueda de soluciones igualmente comunes.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Presencial y electrónica.
Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.
Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa
Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
- Aportación de documentos: Enlace para la aportación de documentos
Formularios
- Solicitud ayudas para la preparación y realización de las actividades de cooperación por los grupos de desarrollo rural de Andalucía correspondientes a la submedida 19.3 del programa de desarrollo rural de Andalucía 2014-2020 Nº: 002952D (Obligatorio)
- Solicitud de pago (relación de facturas) ayudas para la preparación y realización de las actividades de cooperación por los grupos de desarrollo rural de Andalucía correspondientes a la submedida 19.3 del programa de desarrollo rural de Andalucía 2014-2020 Nº: 002952/A03D (Obligatorio)
- Solicitud de pago ayudas para la preparación y realización de las actividades de cooperación por los grupos de desarrollo rural de Andalucía correspondientes a la submedida 19.3 del programa de desarrollo rural de Andalucía 2014-2020 Nº: 002952/A02D (Obligatorio)
- Formulario de alegaciones/aceptación y prestación de documentos. Ayudas para la preparación y realización de las actividades de cooperación por los grupos de desarrollo rural de Andalucía correspondientes a la submedida 19.3 del programa de desarrollo rural de Andalucía 2014-2020 Nº: 002952/A01D (Obligatorio)
- Anticipo ayudas para la preparación y realización de las actividades de cooperación por los grupos de desarrollo rural de Andalucía correspondientes a la submedida 19.3 del programa de desarrollo rural de Andalucía 2014-2020 Nº: 002952/A04D (Obligatorio)
Requisitos
1. Las entidades beneficiarias de estas ayudas serán los Grupos de Desarrollo Rural (GDR) seleccionados mediante Resolución de la Dirección General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural, que hayan suscrito el convenio de colaboración exigido en el artículo 19 de la Orden de 7 de noviembre de 2016.
2. Los GDR no podrán obtener la condición de entidad beneficiaria si incurren en alguna de las causas de prohibición que les sean de aplicación, de acuerdo con el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en el artículo 116.4 y 5 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía y en el resto de normativa aplicable en materia de subvenciones.
Documentación
Las solicitudes de ayuda podrán ser de dos tipos:
a) Para la asistencia técnica preparatoria, en cuyo caso se presentará de acuerdo al modelo establecido en el Anexo I de esta Orden.
b) Para la ejecución de una actividad de cooperación, cuya solicitud se presentará de acuerdo al modelo establecido en el Anexo II de esta Orden.
En ambas solicitudes de ayuda, el GDR deberá adjuntar la siguiente documentación:
a) Los datos identificativos del GDR y de quien lo represente.
b) Una declaración responsable de no hallarse incurso en las circunstancias previstas en el artículo 3.2 de la presente Orden, que les sean de aplicación.
c) Una declaración responsable del cumplimiento de los requisitos exigidos en estas bases reguladoras.
d) Una declaración responsable relativa a otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos solicitados y, en su caso, concedidos, para la misma finalidad, por cualesquiera Administraciones Públicas o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, con indicación de la entidad concedente, fecha y, en su caso, importe.
e) En su caso, el consentimiento expreso a la Dirección General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural para que recabe de otras Consejerías, de otras Agencias, o de otras Administraciones Públicas toda la información o documentación acreditativa exigida en la normativa de aplicación para el otorgamiento de la subvención, que estuviera en poder de aquéllas. En caso de no prestar el consentimiento estarán obligados a aportar los documentos necesarios para facilitar esa información en los términos indicados en el artículo 15.
f) Al ser subvenciones cofinanciadas con fondos europeos, la aceptación, para el supuesto de resultar entidad beneficiaria, a ser incluida en la lista de personas o entidades beneficiarias publicada de conformidad con lo previsto en el artículo 115, apartado 2 del Reglamento (UE) núm. 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, o norma que la sustituya.
g) La declaración responsable de la veracidad de todos los datos reflejados en la solicitud.
h) La descripción de las actuaciones para la que solicita la subvención.
Los GDR solicitantes deberán presentar la siguiente documentación, junto con un índice, y ordenada, según se indica:
a) Acreditación de la personalidad:
1. Copia autenticada del NIF del GDR solicitante.
2. Copia autenticada del DNI/NIE de la persona representante, sólo en el caso de no autorizar su consulta.
3. Certificación del órgano competente, en la que se especifique el acuerdo por el que se le concede autorización para hacer la solicitud a la persona firmante de ella. Si actuara en virtud de atribuciones fijadas en los estatutos, se indicará así en la solicitud, citando la disposición que recoge la competencia.
4. Certificación del órgano competente en la que se acredite el desempeño actual del cargo.
5. Copia autenticada de los estatutos de la entidad debidamente inscritos en el registro, así como las modificaciones ulteriores debidamente inscritas en el Registro correspondiente, y vigentes en el momento de presentación de la solicitud.
b) En el caso de solicitud de la ayuda preparatoria, una memoria que deberá contener, al menos:
1. En relación con el proyecto de cooperación: Previsión de su denominación, objetivos, posibles socios participantes, presupuesto y periodo de ejecución.
2. En relación con la actividad de cooperación del GDR: Previsión de su denominación, temática de cooperación recogida en la Estrategia de Desarrollo Local, objetivos, actuaciones, presupuesto y periodo de ejecución.
3. Descripción de las actuaciones a realizar con la asistencia técnica preparatoria.
4. Presupuesto detallado y anualizado de la asistencia técnica preparatoria, desglosado por actuaciones, con indicación, en su caso, de los importes que corresponden a gastos comunes de preparación.
5. Cronograma de las actuaciones de la asistencia técnica preparatoria, con indicación de finalización de la ejecución.
c) En el caso de la solicitud de ayuda para la ejecución de la actividad de cooperación:
1º. Una memoria que deberá contener, al menos:
1. Denominación del proyecto bajo el que se desarrolla la actividad de cooperación: denominación, objetivos, socios participantes, presupuesto y periodo de ejecución.
2. Denominación de la actividad de cooperación.
3. Temática de cooperación recogida en la Estrategia de Desarrollo Local y área focal en la que incide.
4. Descripción de los objetivos formulados para la actividad de cooperación.
5. Metodología a utilizar para la ejecución de la actividad de cooperación.
6. Descripción de las actuaciones a realizar y resultados previstos, con indicación del impacto de género esperado.
7. Presupuesto detallado y anualizado, desglosado por actuaciones, con indicación, en su caso, tanto de los gastos que serán sometidos a proceso de licitación, como de los importes que corresponden a gastos comunes
8. Sistema de evaluación e indicadores a utilizar.
9. Cronograma de las actuaciones, con indicación de finalización de la ejecución.
10. La solicitud de los permisos, inscripciones y/o licencias requeridas para el tipo de actividad que se trate.
2º. Convenio de cooperación firmado por todos los socios cooperantes y, en su caso los agentes colaboradores, de acuerdo a lo establecido en el artículo 9 de la presente Orden.
3º. Justificación del cumplimiento de los criterios de selección de la actividad de cooperación establecidos en la Estrategia de Desarrollo Local.
d) Acreditación de exención del IVA.
e) Otra documentación que sea necesaria o adecuada para la correcta valoración del proyecto presentado o que sea normativamente exigible.
f) Certificado bancario de la cuenta donde se realizará la transferencia, en caso de resultar GDR beneficiario de la ayuda, indicando la titularidad de la cuenta bancaria, y la totalidad de los dígitos de la citada cuenta.
En el presupuesto detallado de cada una de las acciones propuestas, el IVA deberá venir desglosado y se acompañará de la documentación justificativa de los costes incluidos.
Plazo de Inicio
- 09/10/2023 - 07/11/2023 (Solicitudes de ayudas para la ejecución de actividades de cooperación)
Normativa
- Orden de 23 de octubre de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones LEADER, para la preparación y realización de las actividades de cooperación por los Grupos de Desarrollo Rural de Andalucía correspondientes a la submedida 19.3 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 y por la que se modifica la Orden de 23 de noviembre de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las ayudas previstas en las Estrategias de Desarrollo Local LEADER en el marco de la submedida 19.2 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, y la Orden de 9 de agosto de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones LEADER para costes de explotación y animación de los Grupos de Desarrollo Rural de Andalucía correspondientes a la submedida 19.4 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020.
- Extracto de la Resolución de 3 de abril de 2019, por la que se convocan las ayudas previstas en la Orden de 23 de octubre de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones LEADER, para la preparación y realización de las actividades de cooperación por los Grupos de Desarrollo Rural de Andalucía correspondientes a la submedida 19.3 del PDR de Andalucía 2014-2020 y por la que se modifica la Orden de 23 de noviembre de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las ayudas previstas en las Estrategias de Desarrollo Local LEADER en el marco de la submedida 19.2 del PDR de Andalucía 2014-2020, y la Orden de 9 de agosto de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones LEADER para costes de explotación y animación de los Grupos de Desarrollo Rural de Andalucía correspondientes a la submedida 19.4 del PDR de Andalucía 2014-2020
- Resolución de 3 de abril de 2019, de la Dirección General de Industrias,Innovación y Cadena Agroalimentaria, por la que se convocan las ayudas previstas en la Orden de 23 de octubre de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones LEADER, para la preparación y realización de las actividades de cooperación por los Grupos de Desarrollo Rural de Andalucía correspondientes a la submedida 19.3 del PDR de Andalucía 2014-2020 y por la que se modifica la Orden de 23 de noviembre de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las ayudas previstas en las Estrategias de Desarrollo Local LEADER en el marco de la submedida 19.2 del PDR de Andalucía 2014-2020, y la Orden de 9 de agosto de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones LEADER para costes de explotación y animación de los Grupos de Desarrollo Rural de Andalucía correspondientes a la submedida 19.4 del PDR de Andalucía 2014-2020.
- Resolución de 5 de febrero de 2021, de la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria, por la que se amplía el plazo máximo de presentación de solicitudes de ayudas para la ejecución de las actividades de cooperación, establecido en la Resolución de 3 de abril de 2019, por la que se convocan las ayudas previstas en la Orden de 23 de octubre de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones LEADER, para la preparación y realización de las actividades de cooperación por los Grupos de Desarrollo Rural de Andalucía correspondientes a la submedida 19.3 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020.
- Extracto de la Resolución de 15 de junio de 2021, de la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria, por la que se da publicidad al incremento de crédito disponible para la concesión de las ayudas para la ejecución de actividades de cooperación previstas en la Resolución de 3 de abril de 2019, por la que se convocan las ayudas contempladas en la Orden de 23 de octubre de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones LEADER, para la preparación y realización de las actividades de cooperación por los Grupos de Desarrollo Rural de Andalucía correspondientes a la submedida 19.3 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020.
- Resolución de 15 de junio de 2021, de la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria, por la que se da publicidad al incremento de crédito disponible para la concesión de las ayudas para la ejecución de actividades de cooperación previstas en la Resolución de 3 de abril de 2019, por la que se convocan las ayudas contempladas en la Orden de 23 de octubre de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones LEADER, para la preparación y realización de las actividades de cooperación por los Grupos de Desarrollo Rural de Andalucía correspondientes a la submedida 19.3 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020.
- Resolución de 2 de julio de 2021, de la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria, por la que se convocan las ayudas para la ejecución de actividades de cooperación, previstas en la Orden de 23 de octubre de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones LEADER, para la preparación y realización de las actividades de cooperación por los Grupos de Desarrollo Rural de Andalucía correspondientes a la submedida 19.3 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, para las Zonas Rural Leader de «Almanzora» y de «Los Alcornocales».
- Extracto de la Resolución de 2 de julio de 2021, de la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria, por la que se convocan las ayudas para la ejecución de actividades de cooperación, previstas en la Orden de 23 de octubre de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones LEADER, para la preparación y realización de las actividades de cooperación por los Grupos de Desarrollo Rural de Andalucía correspondientes a la submedida 19.3 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, para las Zonas Rural Leader de «Almanzora» y de «Los Alcornocales».
- Extracto de la Resolución de 20 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria, por la que se convocan las ayudas previstas en la Orden de 23 de octubre de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones LEADER, para la preparación y realización de las actividades de cooperación por los Grupos de Desarrollo Rural de Andalucía correspondientes a la submedida 19.3 del programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 y por la que se modifica la Orden de 23 de noviembre de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las ayudas previstas en las Estrategias de Desarrollo Local LEADER en el marco de la submedida 19.2 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, y la Orden de 9 de agosto de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones LEADER para costes de explotación y animación de los Grupos de Desarrollo Rural de Andalucía...
- Resolución de 20 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria, por la que se convocan las ayudas previstas en la Orden de 23 de octubre de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones LEADER, para la preparación y realización de las actividades de cooperación por los Grupos de Desarrollo Rural de Andalucía correspondientes a la submedida 19.3 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 y por la que se modifica la Orden de 23 de noviembre de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las ayudas previstas en las Estrategias de Desarrollo Local LEADER en el marco de la submedida 19.2 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, y la Orden de 9 de agosto de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones LEADER para costes de explotación y animación de los Grupos de Desarrollo Rural de Andalucía correspondientes a la submedida 19.4...
Información adicional
Órganos responsables
- Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria (Cód.: A01025803).
- Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria (Cód.: A01025803).
- Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria (Cód.: A01025803).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 4 Meses. De conformidad con lo previsto en el artículo 27.3 de la Orden de 23 de octubre de 2018, el plazo máximo para resolver el procedimiento y notificar la resolución será de cuatro meses, y se computará desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro electrónico de la Administración o en el registro del órgano competente para su tramitación.
Silencio: Negativo
Agota vía administrativa
Información sobre el tratamiento de datos personales
GRUPOS DE DESARROLLO RURAL
https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/165650.html
¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?
El responsable del tratamiento es la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural – Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria cuya dirección es C/. Tabladilla, s/n – 41071 Sevilla y cuyo correo electrónico es dgiica.cagpds@juntadeandalucia.es
Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección C/. Tabladilla, s/n – 41071 Sevilla o en el correo electrónico dpd.capadr@juntadeandalucia.es
¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?
Los datos personales proporcionados son necesarios para Gestión de ayudas LEADER en el marco de los programas de desarrollo rural.
¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?
La base jurídica del tratamiento es el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento ( 6.1.e) RGPD; Reglamento (UE) núm. 2016/791 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de mayo de 2016 Reglamento (UE) núm. 1305/2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo europeo agrícola de desarrollo rural (FEADER), entre otros.
¿A qué destinatarios se comunicarán?
La Consejería contempla la posible cesión de estos datos a otros órganos de Administraciones Públicas amparada en la legislación sectorial y a posibles encargados del tratamiento, además de las derivadas de obligación legal.
No están previstas transferencias internacionales de los datos.
¿Por cuánto tiempo se conservarán?
Los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y como ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en https://www.aepd.es/es/derechos-y-deberes/conoce-tus-derechos
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos , donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la ley 39/2015 de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el consejo de transparencia y protección de datos de andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. los formularios e información sobre cómo hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
Novedades
13/04/2019 Se ha modificado en este trámite:URL Oficina Virtual
21/07/2021 Se ha modificado en este trámite:Requisitos
21/07/2021 Se ha modificado en este trámite:Normativas
13/04/2020 Se ha publicado: Documento de conformidad a la no suspensión de los plazos durante el estado de alarma COVID-19. Presentar por registro telemático oficial como documento adjunto [formato .pdf]
01/07/2021 Se ha modificado en este trámite:Normativas
06/10/2023 Se ha modificado el campo: Plazos
27/09/2021 Se ha modificado en este trámite:URL de Aportación de Documentación
19/07/2021 Se ha modificado en este trámite:Requisitos
06/10/2023 Se ha modificado el campo: Plazos
06/10/2023 Se ha modificado el campo: Requisitos
06/10/2023 Se ha modificado el campo: Normativas
12/01/2021 Se ha modificado en este trámite:Título formal del procedimiento
12/01/2021 Se ha modificado en este trámite:Título descriptivo del procedimiento
12/01/2021 Se ha modificado en este trámite:Descripción del procedimiento
02/02/2022 Se ha modificado en este trámite:Tramitación electrónica completa
13/07/2021 Se ha modificado en este trámite:Descripción del procedimiento
12/02/2021 Se ha modificado en este trámite:Descripción del procedimiento
12/02/2021 Se ha modificado en este trámite:Normativas