Declaración Individual del o la Pensionista de Pensión No Contributiva

Información general

Título formal:

Declaración Individual del o la Pensionista de Pensión No Contributiva

Código:
20450
Organismo:
Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad
Destinatarios:
  • Ciudadanía
Fecha de creación:
17/02/2020

Descripción

Las personas beneficiarias de Pensiones No Contributivas deberán presentar una declaración de los ingresos o rentas computables de la respectiva unidad económica de convivencia, referidos al año inmediatamente anterior. Al mismo tiempo declararán las posibles variaciones relativas al año en curso, a efectos de proceder a la revisión y a la posterior regularización de los importes de pensión percibidos por la persona beneficiaria, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 368 y 372 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, y el artículo 16.2 del Real Decreto 357/1991.

La declaración referida deberá presentarse en el primer trimestre de cada año.

Incumplida dicha obligación y previo requerimiento del Organismo gestor a la persona beneficiaria, con la advertencia expresa de las consecuencias del incumplimiento, se procederá, como medida cautelar, a suspender el pago de la pensión.

 

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Acceso a la fase

Formularios

Requisitos

 

Todas las personas benficiarias de PNC en alta en nómina de enero del año en curso, tienen obligación de presentar la declaración anual. Deberán presentarla antes del 1 de abril del 2024.

Una vez transcurrido el primer trimestre del año 2024 y en los supuestos en que no se hubiera presentado la declaración, se realizará un segundo requerimiento al titular de pensión para que se aporte, advirtiendo que de no hacerlo en el plazo de 10 días se procederá a la suspensión cautelar del pago de la pensión.

Si el titular de pensión no aportara la declaración anual, en el plazo de 10 días, se procederá a emitir resolución, en la que con fundamento en lo establecido en el artículo 52 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social y el artículo 16.2 del Real Decreto 357/1991, se declarará la suspensión cautelar del pago de la pensión al haber incumplido su obligación de aportar la declaración anual que le ha sido requerida, indicándole que la rehabilitación del pago únicamente se producirá cuando presente la declaración anual y acredite que continúa reuniendo los requisitos legalmente establecidos para mantener el derecho a la pensión. Asimismo, se le advertirá, que a dicha rehabilitación del pago se le aplicará una retroactividad máxima de noventa días naturales a contar desde la fecha en que presente la declaración y acredite que reúne todos los requisitos exigidos.

Igualmente estarán obligados a comunicar cualquier variación de su situación de convivencia, estado civil, residencia y cuantas otras puedan tener incidencia en la conservación o la cuantía de la pensión, en el plazo máximo de treinta días desde la fecha en que se produzca.

 

Documentación

Además de la presentación de la Declaración anual, si se han producidos cambios en la situación de la persona beneficiaria o de quienes que conviven con ella (en la composición de la unidad económica de convivencia, en el domicilio habitual o en los ingresos económicos propios o de la unidad económica de convivencia), tiene que aportar documento que acredite tal cambio y la fecha en que se produjo. En el caso en que los cambios supongan aumento de cuantía de la pensión que viene percibiendo, si no aporta documento que los acredite no se tendrán en cuenta.

Documentación que usted puede presentar junto con esta declaración si se ha producido variaciones:

- Certificado de empadronamiento y convivencia

- Ingresos derivados del trabajo por cuenta ajena: Copia de nómina o certificado emitido por la empresa.
- Ingresos derivados del trabajo por cuenta propia: Copia de la última Declaración del Impuesto de Renta de la Personas Física (IRPF) y de los pagos fraccionados efectuados a Hacienda.

- Ingresos derivados de prestaciones abonadas por otros países: Copia del justificante del pago, en el que conste país y organismo que lo abona e importe del pago.

- Ingresos derivados de bienes muebles: Copia de la última Declaración de IRPF y certificado emitido por el Banco o Caja en la que tenga en depósito el capital mobiliario.

- Ingresos derivados de bienes inmuebles: Copia del impreso de pago del Impuesto sobre bienes inmuebles en el que conste el valor catastral. Contrato o recibo en el que conste los ingresos derivados de arrendamientos de bienes inmuebles urbanos y rústicos.

 

Plazo de Inicio

  • 30/01/2025 - 31/03/2025 (Desde el 30 de enero de 2024 al 31 de marzo del 2024 se podrá presentar por Ventanilla Electrónica de la Junta de Andalucía. No obstante, desde el 2 de enero de 2024 se puede presentar directamente en las diversos lugares (registros....)que recoge el art. 16.4 de la la ley 39/2015, de 1 de octubre. Descripción: Presentación obligatoria. Primer trimestre de cada año, establecido por Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social))
  • 01/04/2024 - 30/12/2024 (Del 01 de abril de 2024 al 30 de diciembre de 2024. Descripción: Se mantiene la posibilidad de presentación de la declaración anual hasta el 30 de diciembre, para actuaciones de subsanación por presentación de solicitudes fuera del plazo obligatorio, teniendo presente las consecuencias descritas en el apartado de requisitos.)

Información adicional

Órganos responsables

En la materia
  • D.G. de Prestaciones, Ayudas y Subvenciones (Cód.: A01047752).

Agota vía administrativa

No

Estado del procedimiento

Información sobre el tratamiento de datos personales

En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos, le informamos que:
a) El Responsable del tratamiento de sus datos personales es la Dirección General de Personas Mayores, Participación Activa y Soledad no deseada.
de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad cuya dirección es Avda. Hytasa, 14, 41071 Sevilla,
secretaria.mayores.pnc.cisjufi@juntadeandalucia.es
b) Podrá contactar con el Delegado de Protección de Datos en la dirección electrónica dpd.cisjufi@juntadeandalucia.es
c) Los datos personales que nos indica se incorporan a la actividad de tratamiento Declaración Individual de la persona pensionista,
con la finalidad de la Gestión de las pensiones no contributivas por invalidez o jubilación de la Seguridad Social; la licitud de dicho
tratamiento se basa en el artículo 6,1.c) del RGPD que legitiman el tratamiento, consecuencia de lo establecido en el Real Decreto
Legislativo 8/2015. de 30 de octubre. por lo que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social y Real
Decreto 357/1991, de 15 de marzo, por el que se desarrolla, en materia de pensiones no contributivas, la Ley 26/1990, de 20 de
diciembre, por la que se establecen en la Seguridad Social prestaciones no contributivas.
d) Puede usted ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad de sus datos, y la limitación u oposición a su
tratamiento y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas, como se explica en la siguiente dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde podrá encontrar el formulario recomendado para su ejercicio.
e) No están previstas cesiones de datos, salvo a posibles encargados de tratamiento por cuenta del responsable del mismo, o de las
derivadas de obligación legal. La Dirección General de Personas Mayores, Participación Activa y Soledad no deseada contempla la cesión de
datos a Órganos judiciales, IMSERSO, Tesorería General de la Seguridad Social, Tesorería General de la Junta de Andalucía.
La información adicional detallada se encuentra disponible en la siguiente dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/226468.html

 

 

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 23/09/2024 Se ha modificado el campo: Órgano competente en la materia

  • 12/02/2024 Se ha modificado el campo: Plazos

  • 29/01/2024 Se ha modificado el campo: Plazos

  • 25/01/2024 Se ha modificado el campo: Plazos

  • 25/01/2024 Se ha modificado el campo: Plazos

  • 25/01/2024 Se ha modificado el campo: Plazos

  • 25/01/2024 Se ha modificado el campo: Plazos

  • 27/12/2023 Se ha modificado el campo: Requisitos

  • 27/12/2023 Se ha modificado el campo: Plazos

  • 23/01/2023 Se ha modificado el campo: Otras Fases del Procedimiento - Aportación de Documentación

  • 23/01/2023 Se ha modificado el campo: Tramitación electrónica - Aportación de Documentación

  • 23/01/2023 Se ha modificado el campo: URL - Aportación de Documentación

  • 23/01/2023 Se ha modificado el campo: Requisitos

  • 23/01/2023 Se ha modificado el campo: Plazos

  • 23/01/2023 Se ha modificado el campo: Requisitos

  • 02/03/2022 Se ha modificado en este trámite:Requisitos

  • 27/01/2021 Se ha modificado en este trámite:Título formal del procedimiento

  • Última actualización: 23/09/2024
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