Subvenciones para el mantenimiento de los servicios públicos de comunicación audiovisual radiofónica de ámbito local (EMIS)

Información general

Título formal:

Subvenciones para el mantenimiento de los servicios públicos de comunicación audiovisual radiofónica de ámbito local (EMIS)

Código:
24491
Organismo:
Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa
Destinatarios:
  • Administraciones
Concurrencia:
No competitiva
Fecha de creación:
26/02/2021

Descripción

La Orden de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, de 4 de junio de 2021, aprobó las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para el mantenimiento de los servicios públicos de comunicación audiovisual radiofónica de ámbito local. Se publicó en el BOJA nº 110 el 10 de junio de 2021.

El objetivo de dichas subvenciones es contribuir a financiar los gastos de funcionamiento de las emisoras municipales de radio FM cuyos Ayuntamientos disponen de concesión administrativa para la prestación del servicio público de comunicación audiovisual radiofónica de ámbito local, o de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia con el fin de que puedan continuar prestando dicho servicio público. Por ello, se financiarán los gastos corrientes derivados del funcionamiento de las emisoras municipales de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia.

Podrán solicitar las subvenciones los Ayuntamientos de Andalucía con concesión administrativa para la gestión del servicio público comunicación audiovisual radiofónica de ámbito local, o de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia que cumplan los requisitos de las bases reguladoras.

La cuantía máxima de la subvención, por entidad beneficiaria y convocatoria será la siguiente, en función de la población del municipio:

1. Municipios de hasta 5.000 habitantes, hasta un máximo de 3.700 euros.

2. Municipios de más de 5.000 y hasta 15.000 habitantes, hasta un máximo de 2.700 euros.

3. Municipios de más de 15.000 habitantes, hasta un máximo de 1.700 euros.

Para cualquier duda o aclaración, pueden remitir correo a la dirección:
radiodifusion.dgcs.cpidssa @juntadeandalucia.es

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Exclusivamente electrónica.

Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.

Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)

Acceso a la fase

Formularios

Requisitos

a) Encontrarse dentro del periodo de vigencia de la concesión administrativa para la explotación de una emisora de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia de carácter municipal para prestar el servicio público de comunicación audiovisual radiofónica de ámbito local (radio FM municipal), a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. 

b) Tener la autorización de puesta en servicio de la emisora de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia de carácter municipal para prestar el servicio público de comunicación audiovisual radiofónica de ámbito local por parte del órgano competente de la Administración General del Estado.

c) Estar prestando y gestionando el servicio público de comunicación audiovisual radiofónica de ámbito local en la frecuencia autorizada de forma directa, conforme al artículo 85.2.A) de Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. 

Además, se deben de cumplir con los requisitos exigidos en la Ley General de Subvenciones y Reglamento de desarrollo, con lo previsto en el apartado 2.a de este Cuadro Resumen, así como en el artículo 3.3 del Texto articulado de las Bases Reguladoras, salvo las excepciones previstas en el apartado 4.d del presente Cuadro Resumen o las que se establezcan en el futuro y sean aplicables en el momento de la solicitud en normas con rango legal de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Documentación

Bien junto con la presentación de la solicitud (Anexo I) o bien durante el trámite de audiencia, deberá presentar la siguiente documentación:

a) Certificación, según modelo autogenerado desde la aplicación de tramitación de subvenciones de la Oficina Virtual de la Consejería que efectúe la convocatoria, suscrita por la persona titular de la Secretaría del Ayuntamiento, con el visto bueno de la persona que ocupe la alcaldía o presidencia del Ayuntamiento, cuyo contenido acredite, al menos, lo siguiente:
- que la persona representante legal tiene poder suficiente para solicitar la subvención, indicando su cargo y la norma u acto que le atribuye tal poder;
- que el Ayuntamiento solicitante cumple con todos los requisitos legalmente exigidos para obtener la condición de beneficiaria de la subvención;

b) En el caso de no haber consentido en la solicitud la consulta de los datos de identidad de la persona representante del Ayuntamiento a través del Sistema de Verificación de Datos de Identidad, una copia del Documento Nacional de Identidad del mismo.

c) Copia de certificación de la entidad bancaria en la que figure el Ayuntamiento solicitante como titular de la cuenta bancaria especificada en la solicitud.

Plazo de Inicio

  • 05/05/2023 - 05/06/2023 (Un mes, salvo que se agote antes el crédito establecido en la convocatoria.)

Normativa

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
  • D. G. de Comunicación Social (Cód.: A01014235), Sv. Radiodifusión y TV.
En la resolucion
  • D. G. de Comunicación Social (Cód.: A01014235).
En la materia
  • D. G. de Comunicación Social (Cód.: A01014235).

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 6 Meses.
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

Si

Estado del procedimiento

Consulta el estado de tramitación de tu expediente

Información sobre el tratamiento de datos personales

Responsable del tratamiento: Dirección General de Comunicación Social Palacio de San Telmo Av. De Roma s/n 41013 – Sevilla dgcs.cpidssa@juntadeandalucia.es

Delegado de Protección de Datos: dpd.cpidssa@juntadeandalucia.es

Finalidad: Incentivar y premiar a medios de comunicación, incluyendo personas prestadoras de servicios de comunicación audiovisual.

Legitimación: Reglamento General de Protección de Datos Personales (RGPD), Art 6.1.c) Cumplimiento de una obligación legal del responsable. RGPD: 6.1.e) Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos. Estatuto Autonomía para Andalucía (artículo 69) Ley 10/2018, de 9 de octubre, Audiovisual de Andalucía Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, Ley General de La Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.

Cesiones de datos: Juzgados y Tribunales. Órganos administrativos de gestión de pagos. Está prevista la publicación de la Resolución como medida accesoria a los incentivos y premios.

Periodo de conservación: Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron, para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar y para cumplir las obligaciones legales impuestas por la normativa de archivos y documentación, hacienda pública, procedimiento administrativo y judicial y el resto de normativa aplicable.

Datos personales tratados: Datos de contacto profesional, identificativos. Datos sobre solvencia económica, técnica y profesional. Establecidos en las bases de cada convocatoria. Los datos provienen del propio interesado.

Ejercicio de derechos: La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en https://www.aepd.es/es/derechos-y-deberes/conoce-tus-derechos

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio
de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre cómo hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Puede acceder a la información sobre protección de datos personales en el siguiente enlace: https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/181290.html

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 13/07/2021 Se ha modificado en este trámite:Órgano de Tramitación

  • 13/07/2021 Se ha modificado en este trámite:Órgano de Resolución

  • 05/10/2023 Se ha modificado el campo: Descripción del procedimiento

  • 05/10/2023 Se ha modificado el campo: Requisitos

  • 05/10/2023 Se ha modificado el campo: Documentación

  • 04/05/2023 Se ha modificado el campo: Plazos

  • 04/05/2023 Se ha modificado el campo: Requisitos

  • 04/05/2023 Se ha modificado el campo: Documentación

  • 04/05/2023 Se ha modificado el campo: Normativas

  • 04/05/2023 Se ha modificado el campo: Tipos de documentos Coor. Inf. Adm.

  • 05/05/2023 Se ha modificado el campo: Tipos de documentos Coor. Inf. Adm.

  • 18/05/2022 Se ha modificado el plazo de solicitud.

  • Ayuda en el trámite

    Última actualización: 17/01/2024
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