Premio de Textos Teatrales Miguel Romero Esteo para Jóvenes autores y autoras de Andalucía.

Información general

Título formal:

Premio de Textos Teatrales Miguel Romero Esteo para Jóvenes autores y autoras de Andalucía.

Código:
24503
Organismo:
Turismo, Cultura y Deporte
Destinatarios:
  • Ciudadanía
Concurrencia:
Competitiva
Fecha de creación:
04/03/2021

Descripción

La presente orden tiene como objeto la concesión del Premio de Textos Teatrales Miguel Romero Esteo para Jóvenes Autores y Autoras de Andalucía, así como la aprobación de las bases reguladoras para la concesión del mismo.

El premio regulado en la presente orden tiene, en los términos del artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y del 2.2.a) del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo, la naturaleza jurídica de subvención reglada.

La finalidad de la convocatoria de 2023 es la concesión de una subvención de naturaleza mixta que tiene por finalidad promover la escritura dramática a las nuevas generaciones de andaluces y andaluzas, contribuyendo a impulsar, renovar y difundir la dramaturgia actual.

 

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Formularios

Requisitos

Requisitos de los textos presentados. Cada solicitante sólo podrá presentar un texto que debe reunir los siguientes requisitos:

a) Ser original e inédito de carácter literario teatral.

b) Ser de extensión libre y escrito en castellano con el formato de letra Times New Roman 12, interlineado 1,5 y márgenes de 2,5 cm.

c) Versar sobre tema libre que no resulte contrario a lo dispuesto en la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, en la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género, y en la Ley 2/2017, de 28 de marzo, de memoria histórica y democrática de Andalucía.

d) Estar inscrito en el Registro General de la Propiedad Intelectual en el momento de la presentación de la solicitud.

Requisitos para obtener la condición de persona beneficiaria.

1. Para obtener la condición de persona beneficiaria del Premio de Textos Teatrales Miguel Romero Esteo así como de los accésits y de las menciones especiales se deberán reunir, con carácter acumulativo, los siguientes requisitos: - Ser persona física con una edad comprendida entre los 18 y los 30 años a día 31 de diciembre del año en el que se publique la convocatoria.

- Tener residencia ininterrumpida en la Comunidad Autónoma de Andalucía durante al menos los tres años inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria.

- Figurar como autores o autoras del texto presentado en el Registro General de la Propiedad Intelectual en el momento de presentación de la solicitud.

Asimismo, no deberán hallarse incursas en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, ni tener deudas en periodo ejecutivo de cualquier otro ingreso de derecho público de la Junta de Andalucía, conforme a lo dispuesto en el artículo 116.2 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de Andalucía.

2. Se admitirán obras creadas en colaboración.

3. Con carácter general no podrán presentarse las personas ganadoras de las anteriores ediciones de este premio

 

Documentación

La solicitud podrá presentarse tanto en formato papel como electrónicamente y deberá ir acompañada de:

a) Texto dramático con el que se opta al premio, que deberá cumplir los requisitos establecidos en el artículo 5 de la presente orden, debidamente identificado bajo la rúbrica ¿Premio de Textos Teatrales Miguel Romero Esteo para jóvenes autores y autoras de Andalucía¿con el título de la obra y el seudónimo o lema en formato Portable Document Former (PDF).

Si se opta por el formato papel, el texto se imprimirá a doble cara con inclusión de una copia en formato digital con el soporte físico de un lápiz de memoria.

En ningún caso constará el nombre del autor o autora, pues quedaría automáticamente excluido.

b) Plica que se presentará en un documento aparte sin indicación de autoría, con el título y el seudónimo o lema, e igualmente identificada como ¿Premio de Textos Teatrales Miguel Romero Esteo para jóvenes autores y autoras de Andalucía¿ e incluirá un breve currículum de la persona solicitante.

c) Copia del DNI, NIE o documento equivalente de las personas extranjeras residentes en España en el supuesto de que no hubiera prestado su consentimiento para la consulta de sus datos de identidad a través del Sistema de Verificación de Datos de Identidad.

d) Certificación bancaria acreditativa de la titularidad de la cuenta corriente de la persona que resulte beneficiaria del premio o los accésits.

e) Certificado de empadronamiento que acredite la residencia en Andalucía por un periodo mínimo de tres años.

f) Declaración responsable de no estar incursa en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y de no tener deudas en periodo ejecutivo de cualquier otro ingreso de derecho público de la Junta de Andalucía, conforme a lo dispuesto en el artículo 116.2 del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.

g) Declaración responsable de no haber sido sancionada por resolución administrativa firme por atentar o tolerar prácticas en contra de la memoria democrática de Andalucía, conforme a lo previsto en el artículo 33.1 de la ley 2/2017, de 28 de marzo.

3. Salvo oposición expresa, la presentación del texto conlleva la autorización a la Consejería competente en materia de cultura para recabar las certificaciones o la remisión de datos a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, a la Tesorería General de la Seguridad Social y a la Consejería competente en materia de Hacienda.

Plazo de Inicio

  • 22/05/2024 - 03/07/2024 (El plazo para la presentación de las solicitudes será de treinta días, a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOJA. La fecha final es el 3 de julio de 2024 para la presentación física y el día 2 de julio de 2024 si la presentación es telemática.)

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 2 Meses. El fallo del Jurado, en el que figurará el nombre de las persona galardonada y el título de la obra premiada, será motivado e inapelable y se emitirá en el plazo máximo de dos meses desde el día siguiente a la finalización del plazo estipulado para la presentación de solicitudes.
    Silencio: No tiene

Agota vía administrativa

Si

Información sobre el tratamiento de datos personales

AAIICC-GESTIÓN ECONÓMICA, CONTRATACIÓN Y SUBVENCIONES

https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/165463.html

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 18/05/2021 Se ha modificado en este trámite:Activ. de Protección de Datos

  • 11/07/2023 Se ha modificado el campo: Descripción del procedimiento

  • 11/07/2023 Se ha modificado el campo: Requisitos

  • 19/05/2022 Se ha modificado el plazo de solicitud.

  • 19/05/2022 Se ha modificado en este trámite:Normativas

  • 10/05/2022 Se ha modificado el plazo de solicitud.

  • 12/07/2023 Se ha modificado el campo: Modo de solicitud

  • 10/07/2023 Se ha modificado el campo: Plazos

  • 10/07/2023 Se ha modificado el campo: Normativas

  • 04/12/2023 Resolución del procedimiento de concesión del Premio de Textos Teatrales Miguel Romero Esteo para jóvenes autores y autoras de Andalucía, convocado mediante Resolución de 29 de junio de 2023 (Boja núm. 130, de 10 de julio).

  • 15/07/2024 Se ha modificado el campo: Pagos

  • 15/07/2024 Se ha modificado el campo: Otras Fases del Procedimiento - Subsanación

  • 15/07/2024 Se ha modificado el campo: Tramitación electrónica - Subsanación

  • 15/07/2024 Se ha modificado el campo: URL - Subsanación

  • 15/07/2024 Se ha modificado el campo: Otras Fases del Procedimiento - Alegación

  • 15/07/2024 Se ha modificado el campo: Tramitación electrónica - Alegación

  • 15/07/2024 Se ha modificado el campo: URL - Alegación

  • 15/07/2024 Se ha modificado el campo: Otras Fases del Procedimiento - Aportación de Documentación

  • 15/07/2024 Se ha modificado el campo: Tramitación electrónica - Aportación de Documentación

  • 15/07/2024 Se ha modificado el campo: URL - Aportación de Documentación

  • 22/05/2024 Se ha modificado el campo: URL Oficina Virtual

  • 21/05/2024 Se ha modificado el campo: Plazos

  • 21/05/2024 Se ha modificado el campo: Normativas

  • 19/04/2024 Se ha modificado el campo: Activ. de Protección de Datos

  • 07/11/2023 Propuesta Provisional de Resolución de la Convocatoria del Procedimiento de Concesión del Premio de Textos Teatrales Miguel Romero Esteo para jóvenes autores y autoras de Andalucía (Boja número 130, de 10 de julio).

  • 24/06/2024 Se ha modificado el campo: Normativas

  • Última actualización: 15/07/2024
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