Convenio especial para la prestación de asistencia sanitaria

Información general

Título formal:

Convenio especial para la prestación de asistencia sanitaria

Código:
24508
Organismo:
Salud y Consumo
Destinatarios:
  • Ciudadanía
Fecha de creación:
10/03/2021

Descripción

Son los convenios para la prestación de asistencia sanitaria a personas con residencia efectiva en España que no tienen la condición de aseguradas ni de beneficiarias del Sistema Nacional de Salud, mediante el pago de una contraprestación económica.

Este procedimiento se aplica especialmente a personas ciudadanas de la Unión Europea que han perdido el derecho a la cobertura sanitaria desde su país de origen, según lo establecido en la normativa europea vigente.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Requisitos

  • Acreditar la residencia efectiva en España durante un período continuado mínimo de un año inmediatamente anterior a la fecha de la solicitud del convenio especial. El requisito de residencia se entenderá cumplido cuando se acrediten periodos de residencia en el territorio de los demás Estados miembros de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo, de Suiza o del Reino Unido.

    En el caso de ciudadanos de la Unión y de los miembros de sus familias, es suficiente con residir más de tres meses para afiliarse al sistema público de salud. 

  • Estar empadronados, en el momento de presentar la solicitud de suscripción del convenio especial, en algún municipio perteneciente al ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
  • No tener acceso a un sistema de protección sanitaria pública por cualquier otro título, ya sea por aplicación de la normativa nacional, de los reglamentos comunitarios en materia de Seguridad Social o de los convenios bilaterales que en dicha materia hayan sido suscritos por España con otros países.

Documentación

  • Documento identificativo de la persona solicitante (DNI/NIE/pasaporte o tarjeta de residencia)
  • Documento que acredite la residencia efectiva en España, en el territorio de los demás Estados miembros de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo, de Suiza o del Reino Unido durante un período continuado mínimo de un año inmediatamente anterior a la fecha de la solicitud de suscripción de convenio especial. Dicho requisito puede acreditarse mediante un documento expedido por un consulado, un registro de residencia emitido por un municipio europeo o mediante cualquier medio válido en Derecho.
  • Certificado de empadronamiento en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
  • Certificado de no tener acceso a un sistema de protección sanitaria pública por cualquier otro título, ya sea por aplicación de la normativa nacional, de los reglamentos comunitarios en materia de Seguridad Social o de los convenios bilaterales que en dicha materia hayan sido suscritos por España con otros países.

Sujeto a pago

Plazo de Inicio

Este trámite no está sujeto a plazos

Información adicional

Órganos responsables

En la resolucion
  • SAS - Dirección Gerencia (Cód.: A01004623).
En la materia
  • SAS - Dirección Gerencia (Cód.: A01004623).

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 30 Días. La D.G. de asistencia sanitaria notificará en el plazo max. de los 30 días siguientes al de presentación de la solicitud
    Silencio: Positivo

Agota vía administrativa

Si

Estado del procedimiento

Información sobre el tratamiento de datos personales

CONVENIO ESPECIAL DE PRESTACIÓN DE ASISTENCIA SANITARIA

¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?

El Responsable del tratamiento de los datos personales es la Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud del Servicio Andaluz de Salud cuya dirección es Av. de la Constitución, nº 18, 41071 Sevilla (España), teléfono +34 955018000 y web https://www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud

¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?

Los datos personales proporcionados se incorporan a la actividad de tratamiento Historia de Salud del Sistema Sanitario Público de Andalucía, con la finalidad de "disponer de datos de la historia clínica de los pacientes para su seguimiento, gestión de la actividad asistencial, estudio de la morbilidad, gestión financiera, actividad docente, producción de estadísticas e investigación sanitaria..."

¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?

RGPD: 6.1.c) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad. Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía. Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. Ley 16/2011, de 23 de diciembre, de Salud Pública de Andalucía RGPD: 6.1.e) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento. Ley 14/2007, de 3 de julio, de Investigación biomédica. RGPD: 6.1.b) Tratamiento necesario para la ejecución de un contrato en el que el interesado es parte o para la aplicación a petición de este de medidas precontractuales. RGPD: 6.1.a) El interesado dio su consentimiento para el tratamiento de sus datos personales para uno o varios fines específicos; RGPD: 9.2.h) Tratamiento es necesario para fines de medicina preventiva o laboral, evaluación de la capacidad laboral del trabajador, diagnóstico médico, prestación de asistencia o tratamiento de tipo sanitario o social, o gestión de los sistemas y servicios de asistencia sanitaria y social, sobre la base del Derecho de la Unión o de los Estados miembros o en virtud de un contrato con un profesional sanitario y sin perjuicio de las condiciones y garantías contempladas en el apartado 3; RGPD: 9.2.i) Tratamiento necesario por razones de interés público en el ámbito de la salud pública, como la protección frente a amenazas transfronterizas graves para la salud, o para garantizar elevados niveles de calidad y de seguridad de la asistencia sanitaria y de los medicamentos o productos sanitarios, sobre la base del Derecho de la Unión o de los Estados miembros que establezca medidas adecuadas y específicas para proteger los derechos y libertades del interesado, en particular el secreto profesional, RGPD: 9.2.j) Tratamiento necesario con fines de archivo en interés público, fines de investigación científica o histórica o fines estadísticos, de conformidad con el artículo 89, apartado 1, sobre la base del Derecho de la Unión o de los Estados miembros, que debe ser proporcional al objetivo perseguido, respetar en lo esencial el derecho a la protección de datos y establecer medidas adecuadas y específicas para proteger los intereses y derechos fundamentales del interesado.

¿A qué destinatarios se comunicarán?

Organismos, centros y servicios del Sistema Nacional de Salud, de los Servicios Sociales, de la Seguridad Social, de la Administración Tributaria, Estadísticos, de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, a los Jueces, los Tribunales y el Ministerio Fiscal, a las Aseguradoras, y en general a cualquier otro órgano interesado con el que se tenga el deber de colaborar. Terceros, personas físicas o jurídicas, amparados por el consentimiento de los interesados: familiares, investigadores, estudiantes, etc.

¿Por cuánto tiempo se conservarán?

Los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. 

• Artículo 17 de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. • Artículo 23 de la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo Artículo 52 de la Ley 14/2007, de 3 de julio, de Investigación biomédica. Artículo 33.2 del Real Decreto 1088/2005, de 16 de septiembre, por el que se establecen los requisitos técnicos y condiciones mínimas de la hemodonación y de los centros y servicios de transfusión. Artículo 6.4 del Real Decreto 577/2013, de 26 de julio, por el que se regula la farmacovigilancia de medicamentos de uso humano. Aplica lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación. Sujeto al plazo de prescripción de responsabilidades.

¿Qué datos personales se tratan y de donde se han obtenido?

Datos de identificación, direcciones postales, características personales, circunstancias sociales y datos especialmente protegidos incluyendo datos biométricos, genéticos, de vida sexual y de orientación sexual, y sobre todo datos relativos a la salud.

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y como ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en http://www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en http://www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre cómo hacerlo se encuentran en https://www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 02/10/2023 Se ha modificado el campo: Otras Fases del Procedimiento - Subsanación

  • 02/10/2023 Se ha modificado el campo: Tramitación electrónica - Subsanación

  • 02/10/2023 Se ha modificado el campo: Otras Fases del Procedimiento - Alegación

  • 02/10/2023 Se ha modificado el campo: Tramitación electrónica - Alegación

  • 02/10/2023 Se ha modificado el campo: Tramitación electrónica - Justificación

  • 02/10/2023 Se ha modificado el campo: URL - Justificación

  • 02/10/2023 Se ha modificado el campo: URL - Aportación de Documentación

  • 02/10/2023 Se ha modificado el campo: URL - Subsanación

  • 02/10/2023 Se ha modificado el campo: URL - Alegación

  • 02/10/2023 Se ha modificado el campo: Otras Fases del Procedimiento - Justificación

  • 02/10/2023 Se ha modificado el campo: Otras Fases del Procedimiento - Aportación de Documentación

  • 02/10/2023 Se ha modificado el campo: Tramitación electrónica - Aportación de Documentación

  • 23/05/2023 Se ha modificado el campo: Requisitos

  • 23/05/2023 Se ha modificado el campo: Documentación

  • Última actualización: 02/10/2023
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