Programa QUALIFICA relativo al Programa de Ayudas a Acciones Complementarias de I+D+i, en la modalidad de fortalecimiento de Institutos Universitarios de Investigación de las Universidades Andaluzas, Centros e infraestructuras para la adquisición del Sello "SEVERO OCHOA" o "MARÍA DE MAEZTU"

Información general

Título formal:

Programa QUALIFICA relativo a Ayudas para el fortalecimiento de Institutos Universitarios de Investigación de las Universidades Andaluzas, Centros e infraestructuras para la adquisición del Sello "SEVERO OCHOA" o "MARÍA DE MAEZTU", en el ámbito del Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación (PAIDI 2020)

Código:
24626
Organismo:
Universidad, Investigación e Innovación
Destinatarios:
  • Asociaciones y organizaciones
  • Administraciones
Concurrencia:
Competitiva
Fecha de creación:
23/04/2021

Descripción

El objeto de esta convocatoria es la concesión de ayudas destinadas al fortalecimiento de Institutos Universitarios de Investigación de las Universidades Andaluzas, Centros e Infraestructuras de I+D+i para la adquisición de los sellos de excelencia "Severo Ochoa" o "María de Maeztu", en régimen de concurrencia competitiva.

Esta convocatoria tiene como finalidad impulsar el desarrollo e implementación de actuaciones tendentes a mejorar solicitudes ya presentadas, a efectos de que alcancen un mejor posicionamiento para su acreditación o excepcionalmente, para la preparación o estimulación de la presentación de nuevas solicitudes en las convocatorias del Subprograma Estatal de Fortalecimiento Institucional dirigidas al reconocimiento de los mejores centros y unidades de investigación que destacan por la relevancia e impacto de sus resultados a nivel mundial mediante la obtención de acreditaciones "Centros de Excelencia Severo Ochoa" y "Unidades de Excelencia María de Maeztu".

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Exclusivamente electrónica.

Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.

Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)

Acceso a la fase

Formularios

Requisitos

Cuarto. Entidades beneficiarias y requisitos para solicitar las ayudas

 

1. Podrán ser entidades beneficiarias de estas ayudas, de entre los sujetos previstos en el punto 4 del cuadro resumen de las bases reguladoras del programa de ayudas a acciones complementarias de I+D+i, los agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento a los que pertenezcan los centros o unidades que pretendan obtener la acreditación de excelencia “Severo Ochoa” o “María de Maeztu” en convocatorias del Subprograma Estatal de Fortalecimiento Institucional, incluidos en la siguiente relación:

 

  1. Las universidades públicas andaluzas de acuerdo al Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades, aprobado por Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, sus institutos universitarios y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i.

 

  1. Los organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, así como en el artículo 32 de la Ley 16/2007, de 3 de diciembre, Andaluza de la Ciencia y el Conocimiento.

 

  1. Otros centros públicos de I+D+i, con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma jurídica, que en sus estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social, tengan la I+D+i como actividad principal.

 

  1. Centros privados de I+D+i, con personalidad jurídica propia, que tengan definida en sus estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social a la I+D+i como actividad principal y realicen directamente y con medios propios actividades de I+D y generen, a través de la investigación, conocimientos científico-técnicos de alto impacto y relevancia.

 

En cuanto a las exclusiones, es aplicable el régimen establecido en relación con el requisito de entidades solicitantes de la última convocatoria del Subprograma Estatal de Fortalecimiento Institucional.

 

2. Las citadas entidades podrán solicitar las ayudas objeto de esta convocatoria para los centros o unidades pertenecientes o adscritos a ellas, siempre que cumplan alguna/s de las siguientes condiciones:

 

  1. Haber participado al menos en alguna de las convocatorias de los años 2017, 2018 o 2019 para la concesión de las acreditaciones y ayudas públicas de “Centros de Excelencia Severo Ochoa” y de “Unidades de Excelencia María de Maeztu” del Subprograma Estatal de Fortalecimiento Institucional, en el marco del Programa Estatal de Fomento de la Investigación Científica y Técnica de Excelencia del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020, disponiendo de informe de evaluación y no habiendo resultado acreditada.

     

  2. Haber participado en la convocatoria del año 2020, cuyo plazo de presentación de solicitudes finalizó el 10 de febrero de 2021, para la concesión de las acreditaciones y ayudas públicas de “Centros de Excelencia Severo Ochoa” y de “Unidades de Excelencia María de Maeztu” del Subprograma Estatal de Fortalecimiento Institucional, en el marco del Programa Estatal de Fomento de la Investigación Científica y Técnica de Excelencia del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020, sin haber resultado excluido o decaído del trámite.

 

3. Excepcionalmente se podrán financiar propuestas presentadas por las entidades referenciadas en el punto 1 para los centros o unidades pertenecientes o adscritos a ellas, que estén destinadas a la preparación de nuevas solicitudes por parte de entidades que cumplan o estén en condiciones de cumplir los requisitos exigidos en la próximas convocatorias de la Agencia Estatal de Investigación, para la concesión de las acreditaciones y ayudas públicas de “Centros de Excelencia Severo Ochoa” y de “Unidades de Excelencia María de Maeztu” del Subprograma Estatal de Fortalecimiento Institucional y se presenten a las mismas. Se podrán incluir en esta categoría aquellas propuestas de entidades que cuenten con la acreditación “Centros de Excelencia Severo Ochoa” o de “Unidades de Excelencia María de Maeztu” que se encuentren en los últimos dos años de vigencia de la misma y pretendan presentar nueva solicitud de acreditación en próximas convocatorias.

 

4. Las entidades indicadas en el punto 1 han de estar debidamente calificadas como Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento e inscritas en el Registro Electrónico de Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento, regulado mediante Decreto 254/2009, de 26 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento por el que se determina la clasificación y se regula el procedimiento para la acreditación y el Registro Electrónico de Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento (BOJA n.º 109, de 9 de junio de 2009).

 

5. En el caso de las Fundaciones, deberán estar inscritas y al día de las obligaciones con el correspondiente Registro de Fundaciones de la Junta de Andalucía.

 

6. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.1.1 de la Comunicación de la Comisión sobre el Marco sobre Ayudas Estatales de Investigación y Desarrollo e Innovación (2014/C 198/01), publicado en el «Diario Oficial de la Unión Europea» C 198, de 27 de junio de 2014, no se aplicará lo dispuesto en el artículo 107.1 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas previstas en esta resolución, que se otorgarán a organismos de investigación para actividades no económicas. Las entidades beneficiarias que, además de actividades no económicas, realicen actividades económicas, deberán consignar por separado la financiación, los costes y los ingresos respectivos.

 

Cuando el organismo de investigación realice casi exclusivamente actividades no económicas, podrán quedar excluidos en su totalidad del ámbito de aplicación del artículo 107.1 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea siempre que sus actividades económicas sean puramente accesorias; es decir, que correspondan a una actividad que esté relacionada directamente con su funcionamiento o sea necesaria para el funcionamiento del organismo de investigación o esté estrechamente vinculada a su principal uso no económico, y tenga un alcance limitado.

 

Se considerará que esto se produce cuando las actividades económicas consumen exactamente los mismos insumos (como material, equipamiento, mano de obra y capital fijo) que las actividades no económicas y la capacidad asignada cada año a dichas actividades económicas no supera el 20% de la capacidad anual total de la entidad de que se trate.

 

7. En aplicación de lo dispuesto en el apartado anterior, las ayudas contempladas en esta resolución no tendrán la consideración de ayudas de Estado.

 

8. Los centros y unidades deben tener sede en Andalucía y contar con la participación de al menos un Agente del Sistema Andaluz del Conocimiento.

 

9. Todas las entidades beneficiarias deberán cumplir al menos, en cuanto al procedimiento de contratación, las normas previstas para entidades con poder adjudicador, de acuerdo con lo recogido en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. El párrafo anterior resulta de aplicación sin perjuicio de la concurrencia o no de los requisitos previstos en la citada norma para la consideración de poder adjudicador. En el caso de que la citada disposición le sea de aplicación en un régimen más restrictivo, se estará a lo dispuesto en la citada norma.

 

10. Los requisitos señalados en los apartados anteriores (salvo el apartado 9), deberán cumplirse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

 

11. Los requisitos señalados en los apartados anteriores 1 a 9 deberán mantenerse durante todo el periodo de ejecución del proyecto.

 

12. Las entidades solicitantes y/o beneficiarias que obtengan la acreditación como “Centros de Excelencia Severo Ochoa” y de “Unidades de Excelencia María de Maeztu” en el Subprograma Estatal de Fortalecimiento Institucional deberán notificarlo a la Dirección General de Investigación y Transferencia del Conocimiento en el momento en que tengan conocimiento de la acreditación. No podrán ser entidades beneficiarias en esta convocatoria aquéllas que antes de dictar la Resolución de concesión hayan resultado acreditadas como “Centros de Excelencia Severo Ochoa” y de “Unidades de Excelencia María de Maeztu” en el Subprograma Estatal de Fortalecimiento Institucional.

 

Documentación

Anexo I. Solicitud procedimiento 24646.

Memoria de la propuesta científica.

Curriculum Vitae Abreviado de las personas que den soporte a la solicitud.

Sujeto a pago

Plazo de Inicio

  • 05/07/2021 00:01 horas - 04/08/2021 15:00 horas (Plazo 1 mes desde día siguiente a BOJA (02/07/2021))

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
  • Dirección General de Planificación de la Investigación (Cód.: A01034547), Orden de 7 de abril de 2017,por la que se aprueban las bases reguladoras del programa de ayudas a la I+D+i, en régimen de concurrencia competitiva, en el ámbito del Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación (PAIDI 2020)..
En la resolucion
En la materia

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 6 Meses.
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

Si

Información sobre el tratamiento de datos personales

Programa QUALIFICA relativo a Ayudas para el fortalecimiento de Institutos Universitarios de Investigación de las Universidades Andaluzas, Centros e infraestructuras para la adquisición del Sello SEVERO OCHOA o MARÍA MAEZTU, en el ámbito del Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación (PAIDI 2020)

https://www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos/

¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?

El Responsable del tratamiento es la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades / Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, cuya dirección es c/ Johannes Kepler, 1. Isla de la Cartuja. 41092-Sevilla y cuyo correo electrónico es sguit.cteicu@juntadeandalucia.es

Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección c/ Johannes Kepler, 1. Isla de la Cartuja. 41092-Sevilla o en el correo electrónico dpd.cteicu@juntadeandalucia.es.

¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?

Los datos personales proporcionados son necesarios para gestionar el proceso de solicitud, concesión y pago de los incentivos convocados.

¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?

La base jurídica del tratamiento es:

Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

RGPD. 6.1.c)Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento.

RGPD: 6.1.e) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento

Ley 16/2007, de 3 de diciembre, Andaluza de la Ciencia y el Conocimiento.

Decreto 117/2020, de 8 de septiembre, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades.

Orden del Consejero de Economía y Conocimiento de 7 de abril de 2017 por el que se aprueban las bases reguladoras del programa de ayudas a la I+D+i, en régimen de concurrencia competitiva, en el ámbito del Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación (PAIDI 2020) (BOJA núm. 71, de 17 de abril de 2017).

¿A qué destinatarios se comunicarán?

Está previsto ceder o comunicar sus datos a la Dirección de Evaluación y Acreditación de la Agencia Andaluza del Conocimiento.

¿Por cuánto tiempo se conservarán?

Los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que fueron recabados y mientras pueda derivarse posibles responsabilidades.

 

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 28/04/2022 Se ha publicado: 20220428 PROPUESTA PROVISIONAL DE RESOLUCIÓN Y TRÁMITE DE AUDIENCIA, PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA Y ACEPTACIÓN EN EL PROCEDIMIENTO correspondiente a la provincia de Sevilla

  • 28/04/2022 Se ha publicado: 20220428 Diligencia de publicación y plazo de presentación correspondiente a la provincia de Sevilla

  • 14/03/2022 Se ha publicado: Requerimiento subsanación

  • 14/03/2022 Se ha modificado en este trámite:Descripción del procedimiento

  • 28/04/2022 Se ha publicado: PROPUESTA PROVISIONAL DE RESOLUCIÓN Y TRÁMITE DE AUDIENCIA, PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA Y ACEPTACIÓN EN EL PROCEDIMIENTO correspondiente a la provincia de Sevilla

  • 28/04/2022 Se ha publicado: Diligencia de publicación y plazo de presentación correspondiente a la provincia de Sevilla

  • 23/11/2022 Se ha publicado: Resolución de concesión y aceptación expresa

  • 23/11/2022 Se ha publicado: Diligencia de publicación y plazo de aceptación

  • 23/11/2022 Se ha publicado: Modelo aceptación expresa

  • 04/12/2023 Modelos documentación justificativa

  • 04/12/2023 Modelos listados documentación LCSP

  • Última actualización: 17/01/2024
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