Reclamaciones de responsabilidad patrimonial planteadas en materia de competencia de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.

Información general

Título formal:

Responsabilidad Patrimonial

Código:
24654
Organismo:
Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad
Destinatarios:
  • Empresas
  • Ciudadanía
  • Asociaciones y organizaciones
  • Administraciones
Fecha de creación:
14/05/2021

Descripción

Derecho de los particulares a ser indeminizados en toda lesión que sufran en cualesquiera de sus bienes y derechos, salvo los casos de fuerza mayor, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos o daño que el sujeto afectado no está jurídicamente obligado a soportar. Los procedimientos de responsabilidad patrimonial podrán iniciarse de oficio o a solicitud de la persona interesada, siendo este último caso el que se describe a continuación.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Acceso a la fase

Requisitos

Que no haya prescrito el derecho a reclamar, lo que conforme al artículo 67.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ocurre por el transcurso del plazo de un año desde el hecho o acto que motive la indemnización o se manifieste su efecto lesivo; en caso de daños de carácter físico o psíquico a las personas, el plazo empezará a computarse desde la curación o la determinación del alcance de las secuelas. En los casos en que proceda reconocer derecho a indemnización por anulación en vía administrativa o en vía contencioso-adminitrativa de un acto o disposición de carácter general, el derecho a reclamar prescribirá al año de haberse notificado la resolución administrativa o la sentencia definitiva.

Documentación

La solicitud conforme al artículo 67.2de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, irá acompañada de cuantas alegaciones, documentos e informaciones se estimen oportunos y de la proposición de prueba, concretando los medios de que pretenda valerse el reclamante.

 

Plazo de Inicio

  • 1 año desde el hecho o manifestarse su efecto lesivo, o desde la curación o determinación del alcance de las secuelas

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
En la resolucion
En la materia

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 6 Meses.
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

Si

Información sobre el tratamiento de datos personales

Organismo: Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación

Responsable del tratamiento: Secretaría General Técnica

Procedimiento asociado:

 

Finalidad: Determinación de la procedencia o no de la reclamación de responsabilidad patrimonial. Registro en base de datos, consulta y organización para su tramitación ordenada.

Interesados: Ciudadanía

Finalidad: Determinación de la procedencia o no de la reclamación de responsabilidad patrimonial. Registro en base de datos, consulta y organización para su tramitación ordenada.

Delegado de Protección de Datos: dpd.cipsc@juntadeandalucia.es

Datos personales: Datos identificativos: Nombre y apellidos, DNI/NIF,Domicilio a efectos de notificaciones,Correo electrónico,Teléfono,Datos del Representante legal en su caso,Datos sobre filiación, estado civil, empadronamiento. Datos de salud:historial médico, grado de discapacidad, certificaciones fallecimiento, nacimiento. Datos sobre formación académica y profesional. Datos relativos a regímenes de tutela y guarda legal de menores. Datos sobre permisos de circulación. Datos económicos y bancarios de los interesados.

Cesiones de datos: a Consejerías /Delegaciones Territoriales/ Agencias de la Junta de Andalucía; Órganos judiciales, Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía, Ministerios Fiscal, Compañía Aseguradoras.

Transferencias internacionales: No se contemplan

Periodo de conservación: Cinco años, con carácter general

Medidas de seguridad: Expedientes en soporte papel (archivados en armarios con llave). Expedientes almacenados en red (las medidas que se adopten por el Sv. Informatica de la Consejeria)

Base jurídica: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Última actualización: 17/01/2024
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