Solicitud para la obtención de la Tarjeta de Andaluz o Andaluza en el Exterior

Información general

Título formal:

Solicitud para la obtención de la Tarjeta de Andaluz o Andaluza en el Exterior

Código:
24745
Organismo:
Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa
Destinatarios:
  • Ciudadanía
Fecha de creación:
16/09/2021

Descripción

 El objetivo de esta medida consiste en facilitar a la población andaluza en el exterior y a la población andaluza retornada un único documento que les permita acreditar su condición de andaluz o andaluza en los diferentes procedimientos administrativos en los que participen. Se pretende así eliminar la necesidad de obtener diferentes documentos en distintos registros u organismos públicos, cada vez que resulta necesario acreditar la condición de andaluz o andaluza en el exterior para realizar algún trámite.

 

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Acceso a la fase

Requisitos

Tendrán derecho a la concesión de la tarjeta ANDALUZ O ANDALUZA EN EL EXTERIOR:
a) Los andaluces residentes temporalmente fuera de Andalucía que tengan su vecindad administrativa en cualquiera de los municipios de Andalucía, sin perjuicio de lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
b) Los andaluces residentes en el extranjero que determinen como municipio de inscripción en las oficinas o secciones consulares españolas cualesquiera de los municipios de Andalucía.
c) Cualquier andaluz en el exterior o persona de origen andaluz, incluyendo en este caso a los descendientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que regresen a Andalucía para residir de manera estable, por lo que tendrán la consideración de persona retornada conforme al artículo 2.5 de la Ley 8/2006. En este caso la tarjeta ANDALUZ O ANDALUZA EN EL  EXTERIOR llevará incluida la indicación: RETORNADO O RETORNADA.

Documentación

La solicitud deberá entregarse conjuntamente con la siguiente documentación:
a) En caso de ser residente estable en el extranjero, Certificado de inscripción en el Registro de Matrícula del respectivo Consulado de España como  residente fuera del territorio nacional o Certificado de inscripción en el Padrón de españoles residentes en el extranjero (PERE).
b) En caso de ser residente temporal en el extranjero, Certificado de Inscripción como no residente, en el Registro de Matrícula del respectivo Consulado de España.
c) En caso de ser residente temporal en otra Comunidad o Ciudad autónoma del Estado español, Documento acreditativo de dicha residencia (contrato de alquiler, contrato de abastecimiento de luz, agua, o similares).
d) En caso de persona retornada:
1.º En caso de regresar desde otra Comunidad o Ciudad Autónoma: Certificado de empadronamiento en un municipio español, fuera de la Comunidad  Autónoma de Andalucía, en el que haya estado residiendo anteriormente, haciendo constar el tiempo que la persona solicitante haya estado empadronada en el mismo.
2.º En caso de regresar del extranjero: Documento de Baja Consular.
e) En los casos previstos en los apartados b), c) y d): Certificado de empadronamiento que acredite su residencia actual en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el que conste la fecha de inscripción, o autorización para que la Administración consulte los datos correspondientes en el Sistema de Verificación de Datos de Residencia.
f) En los casos de descendientes de andaluces residentes en el extranjero, documentación acreditativa de la relación de parentesco.
g) Cuando se actúe como representante legal de otra persona:
Documentación acreditativa de la representación legal.
h) Copia del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o cualquier otro Documento que acredite fehacientemente la identidad de la persona solicitante, en el supuesto de que, conforme a lo dispuesto en el artículo 4.c), no se hubiesen presentado con anterioridad y se hallasen en poder de la Administración, así como en los casos en los que la persona solicitante
no haya otorgado el consentimiento para que sus datos personales puedan ser consultados por el órgano instructor del procedimiento, a través del Sistema de Verificación de Datos de Identidad, de conformidad con los artículos 1.1 y 3 del
Decreto 68/2008, de 26 de febrero, por el que se suprime la aportación de fotocopias de los documentos identificativos oficiales y del certificado de empadronamiento en los procedimientos administrativos de la Administración de la Junta de Andalucía y se establece la sede electrónica para la práctica
de la notificación electrónica

Plazo de Inicio

Este trámite no está sujeto a plazos

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
  • D. G. de Andalucía Global (Cód.: A01025766).
En la resolucion
  • D. G. de Andalucía Global (Cód.: A01025766).
En la materia
  • D. G. de Andalucía Global (Cód.: A01025766).

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 3 Meses.
    Silencio: Positivo

Agota vía administrativa

Si

Información sobre el tratamiento de datos personales

Responsable tratamiento de datos: Dirección General de Andalucía Global. Avda. de la Guardia Civil, 1 (Casa Rosa) 41013 – Sevilla andaluciaglobal.cpidssa@juntadeandalucia.es

Podrá contactar con el delegado de protección de datos en la siguiente dirección: dpd.cpidssa@juntadeandalucia.es

Finalidad:Gestión de la solicitud, documentación y resolución de la concesión de la Tarjeta Andaluz o Andaluza en el Exterior

Cesiones de datos: Las legalmente obligatorias (Tribunales de Justicia, Ministerio Fiscal, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, Hacienda Pública o Seguridad Social entre otras).

Transferencias internacionales: No se prevé

Periodo de conservación: Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron, para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar y para cumplir las obligaciones legales impuestas por la normativa de archivos y documentación, hacienda pública, procedimiento administrativo y judicial y el resto de normativa aplicable.

Base jurídica:Cumplimiento de una obligación legal del responsable, realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos. Estatuto de Autonomía para Andalucía , Ley 8/2006, de 24 de octubre de 2006, del Estatuto de los Andaluces en el Mundo. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, Ley General de La Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.

Enlace Inventario de Actividades Tratamiento de Datos: https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/24745.html

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 22/10/2021 Se ha modificado en este trámite:Habilitado

  • Última actualización: 17/01/2024
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