Subvenciones, en concurrencia no competitiva, para la elaboración del libro del edificios existente para la reahbilitación en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Información general

Título formal:

Subvenciones para la elaboración del libro del edificios existente.

Código:
24794
Organismo:
Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda
Destinatarios:
  • Ciudadanía
  • Empresas
  • Asociaciones y organizaciones
Concurrencia:
No competitiva
Fecha de creación:
25/10/2021

Descripción

Subvención financiada con Fondos Europeos.

Las subvenciones para la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación, de acuerdo con lo regulado en el capítulo VI del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, tienen por objeto financiar los gastos de honorarios profesionales para la emisión del libro del edificio existente para la rehabilitación, con el propósito de activar la demanda de una rehabilitación energética significativa y de alta calidad en los edificios.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Exclusivamente electrónica.

Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.

Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)

Acceso a la fase

Formularios

Requisitos

Requisitos que deben reunir quienes soliciten la subvención:

1. Cuando sean personas jurídicas, deberán encontrarse debidamente constituidas, según la normativa que le resulte de aplicación.
2. Cuando sean entidades que carezcan de personalidad jurídica propia, con excepción de las comunidades de propietarios, deberán hacerse constar los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de la subvención a aplicar por cada uno de ellos. En cualquier caso, debe nombrarse representante o apoderado único de la agrupación con poderes bastantes.

Requisitos de los edificios objeto de las actuaciones subvencionables:

a) Estar finalizados antes del año 2000.
b) Que al menos el 50 % de su superficie construida sobre rasante, excluida la planta baja o plantas inferiores si tiene o tienen otros usos compatibles, tenga uso residencial de vivienda.
Estos requisitos se podrán acreditar mediante escritura, nota simple registral o consulta descriptiva y gráfica de los datos catastrales del inmueble.

 

Documentación

Junto con el formulario Anexo II.5.1, se presentará la siguiente documentación:

a) DNI/NIE/NIF de la persona o entidad solicitante y, en su caso, de la persona representante, para el caso de que hubieran manifestado su oposición a que el órgano gestor realice la consulta de los datos de identidad.

b) En el caso de que la solicitud sea presentada por una persona jurídica, acreditación de estar debidamente constituida, según la normativa que resulte de aplicación.

c) En el caso de que la solicitud venga suscrita por el representante de la persona o entidad interesada, acreditación de la representación que ostenta, conforme a la normativa específica de aplicación.

d) En el caso de que la solicitud venga suscrita por un agente o gestor de la rehabilitación, o esté prevista la actuación del mismo en el desarrollo de las actuaciones objeto de la subvención, acuerdo de la persona o entidad interesada que le faculte y autorice a actuar como tal, de acuerdo con lo establecido en el artículo 8.3 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, así como la acreditación o, en su caso, declaraciones responsables de la persona o entidad que actúa como agente o gestor de la rehabilitación de no estar incursa en ninguna de las prohibiciones recogidas en el artículo 8.7 del texto articulado de la Orden de 20 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, del cumplimiento de los principios transversales establecidos en el Plan de Recuperación, Transformación Resiliencia, y de conceder derechos y accesos necesarios para garantizar el ejercicio de las competencias del ejercicio de control por parte de las instituciones nacionales y comunitarias.

e) Documentación acreditativa de la titularidad del edificio, viviendas y locales. Esta circunstancia podrá acreditarse mediante escritura pública, nota simple registral actualizada o certificación de titularidad catastral, o autorización al órgano gestor para que pueda ser recabada.

f) En su caso, copia del acta o certificado del secretario o administrador, con el acuerdo de la comunidad de propietarios, de las comunidades de propietarios debidamente agrupadas, o de la asamblea de la cooperativa, por el que se aprueba la realización del libro de edificio existente para la rehabilitación objeto de la subvención. En la copia del acta o certificado del secretario o administrador, habrá de constar el nombramiento del representante autorizado para solicitar la subvención, el porcentaje del coeficiente o el importe del coste subvencionable que asume cada uno de los miembros de la comunidad de propietarios, la aceptación del presupuesto, así como el importe de la subvención a aplicar a cada uno de ellos.

g) Libro del edificio existente para la rehabilitación objeto de la subvención, suscrito por técnico competente, que deberá contar con la conformidad de la persona o entidad solicitante. En lugar del libro del edificio existente para la rehabilitación, podrá inicialmente presentarse de forma alternativa una memoria justificativa que incluya un adelanto de los contenidos del libro, acompañada de una declaración responsable asumiendo el compromiso de entregar el libro del edificio existente para la rehabilitación en los términos y plazos que se establezcan en la resolución de concesión de la subvención, en su caso.

h) Evaluación favorable de adecuación o, en su caso, declaración responsable del cumplimiento del principio de «no causar un perjuicio significativo al medio ambiente» (DNSH) en el sentido establecido en el apartado 6 del artículo 2 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, suscritas por técnico competente.

i) Certificado de eficiencia energética del edificio existente en su estado actual, con el contenido requerido en el Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, firmado por técnico competente y registrado en el Registro de Certificados Energéticos Andaluces adscrito a la Consejería competente en materia de energía, o autorización al órgano gestor para que pueda ser recabado. La entrega del certificado energético se acompañará de los correspondientes archivos PDF y XML.

j) Documentos acreditativos de los costes subvencionables relativos a los honorarios profesionales y tramitación correspondientes a la emisión del libro del edificio existente para la rehabilitación.

Plazo de Inicio

  • 17/10/2022 09:00 horas - 05/04/2024 23:59 horas (Solicitud de la subvención)

Normativa

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
En la resolucion
En la materia

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 3 Meses. Cuando se aporte inicialmente junto al Anexo II.5.1 únicamente la memoria justificativa, el órgano competente podrá dictar resolución de concesión de ayuda sujeta expresamente a la condición resolutoria de que, en un plazo máximo de tres meses desde la notificación de la resolución de concesión, se aporte el libro, que deberá contar con la conformidad de la persona o entidad beneficiaria.
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

Si

Estado del procedimiento

Consulta el estado de tramitación de tu expediente

Información sobre el tratamiento de datos personales

La información detallada sobre el tratamiento de datos la podrá encontrar en: https://www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/243603.html

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Ayuda en el trámite

Última actualización: 17/01/2024
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