Autorización del uso de espacios en bienes inmuebles del ámbito de la cultura y el patrimonio histórico adscritos a la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, por un plazo inferior a 30 días.

Información general

Título formal:

Autorización del uso de espacios en bienes inmuebles del ámbito de la cultura y el patrimonio histórico adscritos a la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, por un plazo inferior a 30 días.

Código:
25154
Organismo:
Turismo, Cultura y Deporte
Destinatarios:
  • Empresas
  • Asociaciones y organizaciones
  • Administraciones
  • Ciudadanía
Fecha de creación:
09/01/2023

Descripción

Procedimiento para la cesión de uso de bienes inmuebles del ámbito de la cultura y el patrimonio histórico andaluz adscritos a la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, que no sean gestionados por sus entidades dependientes, cuya autorización no corresponda a otro órgano directivo de la Consejería, cuando la solicitud sea por un plazo inferior a 30 días.

Su finalidad es garantizar el mantenimiento de los inmuebles y su puesta en valor.

La competencia se encuentra delegada en las personas titulares de las Delegaciones Territoriales de Turismo, Cultura y Deporte, dependiendo de la provincia en la que se encuentre el bien inmueble objeto de la solicitud.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Acceso a la fase

Formularios

Documentación

a) En el caso de actuar mediante representación (artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre) deberá
acreditarse dicha circunstancia por cualquier documento válido en Derecho.
b) Copia de la póliza de seguro1 de responsabilidad civil por cuantía cierta y suficiente para atender a
los posibles daños que puedan producirse en los bienes muebles o inmuebles y en las personas a
causa de la actividad que se pretende realizar, debiendo aparecer la entidad solicitante como la
beneficiaria de la póliza y recogida dentro de la cobertura de la póliza de seguro el supuesto del riesgo
aludido. Igualmente, se deberá aportar el último recibo que permita confirmar que la póliza se
encuentra en vigor durante el periodo para el cual se solicita la autorización.
c) Breve memoria explicativa de la actividad que se pretende realizar en el espacio solicitado, que
contemplará el siguiente contenido:

  • Finalidad y características de la actividad para el que se solicita el espacio y si la actividad tiene finalidad de lucro.
  • Fecha y duración de la actividad.
  • Toda aquella otra información que se entienda necesaria para contextualizar el objeto de la solicitud.

En el caso de que el uso pretendido requiera realizar instalaciones o implique la realización de actuaciones que supongan una especial incidencia sobre el espacio del bien inmueble que se solicita, deberá presentarse una memoria más extensa que, dependiendo del tipo de uso que se pretenda realizar, especificará los siguientes aspectos:

  • Finalidad y características de la actividad para el que se solicita el espacio y si la actividad tiene finalidad de lucro.
  • Fecha y duración de la actividad.
  • Equipo humano estimado que se va a emplear y personas que van a acceder a cada espacio.
  • Equipo básico o materiales que se van a emplear o se requieren.
  • Tiempo destinado a actuaciones preparatorias y actuaciones posteriores a la actividad.
  • Cronograma y plan de trabajo por días y horas, en el caso de que la autorización sea por más de un día.
  • Indicar, en su caso, la participación de otras instituciones o entidades implicadas en la organización o desarrollo de la actividad, además del solicitante.
  • Sin perjuicio de lo anterior, en el supuesto de que la autorización suponga la instalación de infraestructuras que, a priori, resulten viables, se deberá aportar un proyecto en el que se recoja:
  1. Documentación gráfica representativa de la instalación.
  2. Especificación técnica de la instalación.
  3. Especificación del montaje y desmontaje de la instalación.
  4. Indicación de los vehículos a utilizar. Se acompañará de tabla descriptiva de los mismos, con indicación de número de la matrícula, dimensiones, peso, contenido, etc.
  5. Otra información que resulte relevante para valorar la posible incidencia que la instalación pueda tener sobre el espacio que se solicita, tales como las medidas preventivas que resulten necesarias para atender a la seguridad del inmueble, de los bienes muebles y de las personas.

Conforme a lo que se contempla en la Instrucción 1/2022, de 29 de julio, de la Viceconsejería, en relación con el procedimiento aplicable para la autorización del uso de espacios en bienes inmuebles del ámbito de la cultura y el patrimonio histórico adscritos a la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte. -Se puede visualizar en el apartado de seguimiento del procedimiento-.

Plazo de Inicio

  • Preferentemente con 3 meses de antelación al día en el que, en su caso, tendría lugar o comenzaría el uso que se solicita

Normativa

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
En la resolucion
En la materia

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 3 Meses.
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

Si

Novedades

  • 03/05/2023 Instrucción 1/2023, de la Dirección General de Museos y Conjuntos Culturales, en relación con los criterios técnicos para la valoración de solicitudes de autorización del uso de espacios en museos adscritos a la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte.

  • 29/08/2023 Instrucción 2/2023, de la Dirección General de Museos y Conjuntos Culturales, en relación con los criterios técnicos para la valoración de las solicitudes de autorización del uso de espacios en museos, conjuntos culturales, colecciones museográficas y enclaves adscritos a la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte

  • 28/08/2023 Se ha modificado el campo: Normativas

  • 29/08/2023 Se ha modificado el campo: Normativas

  • 04/05/2023 Se ha modificado el campo: Normativas

  • Última actualización: 17/01/2024
    Índice