Ayudas dirigidas a la ejecución de programas sanitarios en Andalucía a través de las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera en régimen de concurrencia competitiva

Información general

Título formal:

Ayudas dirigidas a la ejecución de programas sanitarios en Andalucía a través de las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera en régimen de concurrencia competitiva

Código:
25319
Organismo:
Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural
Destinatarios:
  • Asociaciones y organizaciones
Concurrencia:
Competitiva
Fecha de creación:
13/03/2024

Descripción

Ayudas dirigidas a financiar la realización por las ADSG de las medidas de prevención, vigilancia, control, lucha o erradicación de las enfermedades de los animales recogidas en la normativa nacionalo autonómicas o en los programas sanitarios de la ADSG aprobados por la autoridad competente, que no cuenten con financiación comunitaria. Las ayudas se concederán en relación a las enfermedades animales que figuran en el listado contemplado en el artículo 5, apartado 1, del Reglamento (UE) 2016/429, en la lista de zoonosis establecida en el anexo III del Reglamento (UE) 2021/690 del Parlamento Europeo y del Consejo (42), o en la lista de enfermedades animales, infecciones e infestaciones del Código Sanitario para los Animales Terrestres elaborado por la Organización Mundial de Sanidad Animal.También podrán concederse ayudas para enfermedades emergentes que cumplan los criterios establecidos en el artículo 6, apartado 2, del Reglamento (UE) 2016/429

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Exclusivamente electrónica.

Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.

Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)

Formularios

Requisitos

1. Las Asociaciones de Defensa Sanitaria Ganadera (en adelante ADSG) deberán estar oficialmente reconocidas e inscritas en el Registro Único de Ganadería de Andalucía establecido por el Decreto 65/2012,de 13 de marzo, por el que se regulan las condiciones de sanidad animal y zootécnicas de los animales así como en el Registro nacional de ADSG regulado por el Real Decreto 842/2011, de 17 de junio, por el que se establece la normativa básica de las agrupaciones de defensa sanitaria ganadera y se crea y regula el Registro nacional de las mismas.

2. Ademas las personas ganaderas asociadas y/o sus explotaciones integradas en las  en la ADSG  en las cuales se vayan a llevar a cabo las actuaciones subvencionables deberán: 

a) Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como cumplir el resto de los requisitos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
b) Tener la condición de PYMES de acuerdo con el anexo I del Reglamento (UE)nº2022/2472, de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022.
c) Tener actividad y encontrase inscritas en el Registro General de Explotaciones Ganaderas.
d) No estar sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior. 
e) No tratarse de una empresa en crisis tal y como se definen en el artículo 2 del Reglamento (UE)nº2022/2472, de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022, y en las directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis, de acuerdo con las Directrices sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no financieras en crisis (Comunicación 2014/C 249/01, de la Comisión, de 31 de julio de 2014)

3. Las ADSG deberán cumplir los requisitos previstos en las letras a),b),d) y e) del apartado 2

Documentación

Las ADSG deberán presentar junto al formulario Anexo II que se publicará con la convocatoria la siguiente
documentación, acreditativa de los datos que hayan consignado en su solicitud y en las declaraciones
responsables para el cumplimiento de los requisitos:
a) En caso de no utilizar certificado electrónico de representación, se acreditará la representación de la
entidad mediante certificado del secretario/a en el que consten el nombre, apellidos y DNI del miembro de
la junta directiva que ostente la representación legal.
b)Documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos establecidos en el apartado 4.a).1º del
cuadro resumen en relación a las explotaciones ganaderas integradas en la ADSG en las cuales se han
realizado las actuaciones subvencionables y a las personas ganaderas titulares de las mismas. La
documentación acreditativa consistirá en un certificado de la persona que ostente la secretaría de la ADSG
en la que se recoja la relación de personas socias con sus respectivos códigos de explotación a fecha de
inicio del periodo de ejecución. Dicho certificado o bien irá acompañado de declaraciones responsables de
cada una de las personas ganaderas titulares de las explotaciones, o hace constar que en la sede de la
ADSG se custodian esas declaraciones, respecto al cumplimiento de los siguientes requisitos:
- Condición de PYMES de las explotaciones integradas en la ADSG.
- Compromiso del cumplimiento de la normativa sanitaria de aplicación y de los programas de control y
erradicación aprobados por la Comisión, a nivel estatal o autonómico.
- Cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la seguridad social y no hallarse incurso en ninguno
de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el
artículo 116.2 del Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de
Andalucía. Podrá exigirse la presentación de certificados acreditativos del cumplimiento de las
obligaciones tributarias y con la seguridad social, en lugar de declaraciones responsables. En caso de no
disponer de la citada acreditación, la explotación se deberá excluir de la solicitud de ayuda.
La acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la seguridad social, se hará por
los medios previstos en el artículo 22 o, en su caso, 24.4, del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, aprobado mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
- No estar sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya
declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.
- Que no se trate de una empresa en crisis tal y como se definen en el artículo 2 del Reglamento (UE)
nº2022/2472, de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022 y en las directrices comunitarias sobre ayudas
estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis, de acuerdo con las Directrices sobre
ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no financieras en crisis (Comunicación
2014/C 249/01, de la Comisión, de 31 de julio de 2014).
La misma relación de personas socias con sus respectivos códigos de explotación a la que se refiere este
certificado se aportará mediante informatizada en una hoja de cálculo.
c)Documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos establecidos en el apartado 4.a).1º del
cuadro resumen en relación a la ADSG que consistirá en un certificado a fecha de solicitud de la ayuda
suscrito por la persona titular de la secretaría de la ADSG, respecto del cumplimiento de los siguientes
requisitos:
- Condición de PYME de la ADSG.
- No estar sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la
Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.
- Que no se trate de una empresa en crisis tal y como se definen en el artículo 2 del Reglamento (UE)
nº2022/2472, de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022, y en las directrices comunitarias sobre ayudas
estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis, de acuerdo con las Directrices sobre
ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no financieras en crisis (Comunicación
2014/C 249/01, de la Comisión, de 31 de julio de 2014).
d) Memoria técnica y económica justificativa de la subvención firmada por la persona directora
sanitaria y por la persona presidenta de la ADSG conforme al punto 26 del presente cuadro resumen con
aportación de justificante de gasto. La misma información contenida en esta memoria se presentará
informatizada en una hoja de cálculo.
e)Tres ofertas de diferentes personas o entidades proveedoras cuando se reúnan las circunstancias
previstas en el Artículo 4.13 de la orden de bases tipo.

Plazo de Inicio

  • 14/03/2024 00:00 horas - 05/04/2024 23:59 horas (Plazo de Solicitud)

Normativa

Información adicional

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 6 Meses.
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

Si

Información sobre el tratamiento de datos personales

SUBVENCIONES, AYUDAS E INDEMNIZACIONES GESTIONADAS POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA PRODUCCIÓN AGRÍCOLA Y GANADERA – AUTOFINANCIACIÓN

https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/165618.html

 

¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?

El responsable del tratamiento es la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible – Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera cuya dirección es C/. Tabladilla, s/n – 41071 Sevilla y cuyo correo electrónico es dgpag.cagpds@juntadeandalucia.es

Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección C/. Tabladilla, s/n – 41071 Sevilla o en el correo electrónico dpd.cagpds@juntadeandalucia.es


¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?
Los datos personales proporcionados son necesarios para el control, gestión y seguimiento de las solicitudes presentadas.


¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?
La base jurídica del tratamiento es el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento ( 6.1.e) RGPD; Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.


¿A qué destinatarios se comunicarán?
La Consejería contempla la posible cesión de estos datos a otros órganos de Administraciones Públicas amparada en la legislación sectorial, además de las derivadas de obligación legal.

No están previstas transferencias internacionales de los datos.


¿Por cuánto tiempo se conservarán?
Los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.


¿Qué datos personales se tratan y de donde se han obtenido?
(Incluir el siguiente apartado únicamente en el caso de que los datos no los aporte el interesado, sino que se obtengan de otra fuente)


¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y como ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en https://www.aepd.es/es/derechos-y-deberes/conoce-tus-derechos

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos , donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la ley 39/2015 de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el consejo de transparencia y protección de datos de andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. los formularios e información sobre cómo hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 15/03/2024 Se ha modificado el campo: Documentación

  • 02/05/2024 Requerimiento Subsanación Solicitud Delegación Territorial de Jaén

  • 02/05/2024 Diligencia Trámite de Subsanación de la Solicitud

  • 02/05/2024 Requerimiento Subsanación Solicitud Delegación Territorial de Jaén

  • 12/04/2024 Se ha modificado el campo: Normativas

  • Última actualización: 12/04/2024
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