Subvenciones dirigidas a las federaciones deportivas andaluzas para proyectos de conciliación familiar de deportistas federadas y para concesión de becas de formación de juezas y árbitras.

Información general

Título formal:

Subvenciones dirigidas a las federaciones deportivas andaluzas para proyectos de conciliación familiar de deportistas federadas y para concesión de becas de formación de juezas y árbitras.

Código:
25325
Organismo:
Turismo, Cultura y Deporte
Destinatarios:
  • Asociaciones y organizaciones
Concurrencia:
Competitiva
Fecha de creación:
05/07/2023

Descripción

Subvención financiada con Fondos Europeos.

Subvenciones dirigidas a las federaciones deportivas andaluzas para proyectos de conciliación familiar de deportistas federadas y para concesión de becas de formación de juezas y árbitras, financiadas con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), componente 26, inversión 3, proyecto 1 (C26.I03.P01), Promoción de la Igualdad en el Deporte.

Línea 1: Programas de conciliación familiar de las Federaciones deportivas andaluzas dirigidos a mujeres deportistas con cargas familiares.

Línea 2: Programas de concesión de becas a mujeres para la realización de actividades de formación que habiliten para la realización de funciones de jueza o árbitra en competición oficial federada.

Gastos subvencionables:

Serán gastos subvencionables los gastos considerados como tales en el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que se realicen
con posterioridad a la fecha de registro de la solicitud de subvención y que se hayan ejecutado en un máximo de tres meses, a contar desde la fecha de publicación de la
resolución de concesión, y en todo caso, antes del 30 de septiembre de 2023.

Se consideran costes elegibles aquellos que sean necesarios para conseguir los objetivos incluidos en el proyecto 1 del Plan Social del Sector del Deporte, Promoción de
la Igualdad en el Deporte (Componente 26, Inversión o Medida 3, proyecto 1) indicado para cada una de las tipologías de actuación especificadas en la base anterior y los que
se relacionan a continuación:
a) Los costes de gestión de solicitud de la subvención.
b) Los costes de elaboración de los programas de conciliación familiar de las federaciones deportivas andaluzas, o de gestión de las actividades de formación para juezas o árbitras.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Exclusivamente electrónica.

Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.

Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)

Formularios

Requisitos

Tendrán la condición de beneficiarias a los efectos de las presentes bases, cualesquiera de los sujetos que se enumeran a continuación: Federaciones Deportivas Andaluzas.

Será susceptible de ser Entidad beneficiaria de esta subvención cualquiera de las entidades previstas en el apartado anterior que cumplan las siguientes condiciones: Encontrarse inscrita en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas (RAED).

No podrán obtener la condición de entidades beneficiarias de estas subvenciones, además de los supuestos contemplados en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en base a lo establecido en el artículo 116.2 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, las entidades que tengan deudas en periodo ejecutivo de cualquier otro ingreso de derecho público de la Junta de Andalucía. La acreditación de dicha circunstancia constituye, además de las previstas en el artículo 14 de la referida Ley, una obligación de las entidades beneficiarias, que deberán cumplir con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión.

Con carácter previo a que se dicte la propuesta de resolución de concesión, el beneficiario deberá acreditar que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social ante la Administración del Estado y de las obligaciones tributarias frente a la Hacienda autonómica.

Documentación

DOCUMENTACIÓN QUE SE PRESENTARÁ JUNTO CON LA SOLICITUD:

1. Junto con la solicitud se aportará, en formato digital, la siguiente documentación acreditativa de los requisitos para ser beneficiaria:

a. Documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos establecidos, relativos al beneficiario. Todos los documentos deberán tener una vigencia mínima de seis meses. En concreto, se deberán acreditar los siguientes aspectos:

- Acreditación de la representación con la que actúa la persona que firma la solicitud, en caso de que no coincida con la persona titular de la Presidencia de la federación inscrita en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas.

- En su caso, compromiso de financiación: El solicitante deberá precisar el importe de la actuación que no es elegible, de acuerdo con lo dispuesto en esta Orden, en un documento firmado por quien ostente la representación legal máxima de la entidad solicitante y comprometerse a su financiación.

- La entidad beneficiaria de los fondos deberá requerir a los terceros con los que contrate la acreditación a su vez, de la inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores, en cumplimiento del artículo 8 de Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.

b. Documentación descriptiva del proyecto solicitado.

- En la línea 1 consistirá en un Proyecto de ayudas de conciliación familiar en el que aparezcan como posibles beneficiarias las deportistas afiliadas a su federación con condición de rendimiento en vigor o que tengan licencia federativa con alguna entidad deportiva con sede en la Comunidad Autónoma de Andalucía y que participen en competición nacional de categoría de edad absoluta de nivel máximo, con sus circunstancias familiares, laborales y personales debidamente valoradas.

- En la línea 2, Proyecto de formación de juezas y árbitras, que comprenderá, como mínimo, tipo de formación, el número de plazas ofertadas, los requisitos de acceso al mismo, características del profesorado, materias impartidas, número de horas, cronograma de la actividad, lugar o lugares de realización, forma de impartición -presencial, semipresencial o a distancia-, exámenes o pruebas previstas y titulación concedida a las personas que lo superen.

c. Presupuesto de gastos de los proyectos presentados, clasificados por partidas principales.

d. Declaración responsable del cumplimiento del principio de «no causar perjuicio significativo» (DNSH) a los seis objetivos medioambientales en el sentido del artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852. (Anexo V de esta Orden).

e. Aceptación de la cesión de datos entre las entidades implicadas para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de aplicación y de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. (Según modelo incluido en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre). (Anexo VI de esta Orden).

f. Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR y que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión, incluyendo el cumplimiento de las normas jurídicas, éticas y morales, adoptando las medidas necesarias para prevenir y detectar el fraude, la corrupción y los conflictos de interés, no incurriendo en doble financiación y, en su caso, sin constar riesgo de incompatibilidad con el régimen de ayudas de Estado. (Anexo VII de esta Orden).

g. Declaración responsable relativa al compromiso de derecho de acceso. (Anexo VIII de esta Orden).

h. Declaración responsable de Ausencia de Conflicto de Intereses (DACI), según el Anexo I de la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero. (Anexo IX de esta Orden).

i. Asimismo, se aportará la documentación acreditativa de los criterios de valoración establecidos en la base séptima.

2. Los documentos a aportar deberán ser documentos electrónicos, copias electrónicas de documentos electrónicos o copias electrónicas de documentos emitidos originalmente en soporte papel, que incluyan un código generado electrónicamente u otros sistemas de verificación, que permitan contrastar su autenticidad mediante el acceso a los archivos electrónicos de la Administración Pública, órgano o entidad emisora. También podrán aportar copias digitalizadas de los documentos, cuya fidelidad con el original garantizarán mediante la utilización de firma electrónica avanzada.

3. Con independencia de lo establecido en este artículo, se podrá requerir en cualquier momento a los solicitantes la incorporación de cualquier información adicional cuando la misma se considere imprescindible o necesaria para la correcta valoración de la solicitud.

SUBSANACIÓN DE SOLICITUDES:

1. Si en las solicitudes no se hubieran cumplimentado los extremos contenidos en la base decimotercera de las bases reguladoras, o no se hubiese aportado la documentación requerida, el órgano instructor requerirá de manera conjunta a las entidades interesadas para que en el plazo de diez días procedan a la subsanación, con la indicación de que, si así no lo hicieran, se les tendrá por desistidas de su solicitud de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, previa resolución que deberá ser dictada en los términos del artículo 21 de la referida ley.

2. Transcurrido el plazo para subsanar, se dictará resolución declarando el archivo de las solicitudes no subsanadas y la inadmisión en los casos en que corresponda.

3. Los escritos mediante los que las entidades interesadas efectúen la subsanación se presentarán de forma exclusivamente electrónica en los mismos puntos de acceso indicados en la base decimotercera.

TRÁMITE DE AUDIENCIA, APORTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN, ACEPTACIÓN Y REFORMULACIÓN:

1. Tras haberse dictado la propuesta provisional de resolución, y publicado la misma conforme a lo establecido en el punto 19 de las presentes bases reguladoras, se concederá un plazo de diez días para que, utilizando el formulario (Anexo III) las entidades interesadas puedan:

  1. Alegar lo que estimen pertinente, en los términos que prevé el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

  2. Comunicar su aceptación a la subvención propuesta. Sin perjuicio de lo previsto en el apartado 3 de este artículo, la propuesta provisional se tendrá por aceptada:

  • Cuando se proponga la concesión de la subvención por un importe inferior al solicitado, al transcurrir el plazo para alegar sin que las entidades beneficiarias provisionales o suplentes comuniquen su desistimiento.

  • Cuando se proponga la concesión en los importes solicitados sin que se comunique el desistimiento por las entidades beneficiarias provisionales.

  1. Efectuar la reformulación de su solicitud, siempre que el importe de la subvención de la propuesta de resolución provisional sea inferior al que figura en su solicitud, en orden a ajustar los compromisos y condiciones a la subvención otorgable. En todo caso se respetará el objeto, las condiciones, la finalidad y los criterios objetivos de valoración establecidos en estas bases reguladoras. En estos casos deberá aportarse presupuesto reformulado.

2. El formulario (Anexo III) y, en el caso de no haber sido presentada junto con la solicitud, la documentación adjunta correspondiente, podrán presentarse en cualesquiera de las direcciones electrónicas y registros previstos en el apartado 13.

JUSTIFICACIÓN:

1. La entidad beneficiaria deberá justificar la aplicación de la totalidad de la subvención concedida para la finalidad para la que se concede, en el plazo máximo de diez días hábiles, a contar desde la finalización del plazo establecido para la ejecución de las actuaciones.

2. La justificación revestirá la forma de la cuenta justificativa simplificada regulada en el artículo 75 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, por cada una de las líneas de actuación, con aportación de justificantes de gasto mediante técnicas de muestreo, debiendo las personas y entidades beneficiarias presentar una memoria de actuación en la que se justifique el cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos. Para la remisión de la documentación justificativa resultará necesaria la presentación del modelo normalizado que se anexa a la correspondiente Orden (Anexo IV).

3. En cumplimiento de lo establecido en el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Deporte de 5 de julio de 2022, relativo a la distribución territorial y criterios de reparto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, deberá presentarse la siguiente documentación justificativa:

  1. Memoria ejecutiva del proyecto subvencionado y su contribución a la consecución de los objetivos previstos, acreditando el cumplimiento de los requisitos exigidos en cada una de las actuaciones ejecutadas y justificando debidamente el cumplimiento del objetivo, incluidos todos los elementos constitutivos.

  2. Memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas.

4. La memoria ejecutiva contendrá:

  1. Acreditación del cumplimiento de los requisitos exigidos en cada una de las actuaciones ejecutadas, justificando debidamente el cumplimiento del objetivo, incluidos todos los elementos constitutivos del proyecto subvencionado, e incluyendo la declaración responsable del cumplimiento del principio de «no causar un perjuicio significativo al medio ambiente.

  2. Una referencia expresa a los carteles, materiales impresos, medios electrónicos o audiovisuales o a las menciones realizadas en los medios de comunicación y en cualquier tipo de soporte impreso en los que conste el cumplimiento de las materias de información y publicidad establecidas en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Esta relación se acompañará con un ejemplar de los citados elementos o, en su caso, un soporte fotográfico que permita apreciar el cumplimiento de esta obligación. En el caso de menciones realizadas en medios de comunicación no escritos la acreditación del cumplimiento se realizará mediante la inclusión, en la memoria, del calendario de emisión de dichas menciones y la referencia a los medios de comunicación concretos utilizados.

5. La memoria económica deberá acompañarse, al menos, de la siguiente documentación:

  1. Un informe económico justificativo del coste de las actividades llevadas a cabo, que debe contener:

    1. Una relación clasificada de los gastos y las inversiones de la actividad, con la identificación del acreedor y el documento, el importe, la fecha de emisión y, en su caso, la fecha de pago. Se indicarán las desviaciones acaecidas del presupuesto presentado en el momento de la solicitud.

    2. La indicación, en su caso, de los criterios de reparto de los costes generales o indirectos incorporados en la relación clasificada de dichos gastos.

    3. Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada, con indicación del importe y procedencia.

    4. En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados así como de los intereses derivados de los mismos.

  2. Copia de las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa que justifiquen los gastos incorporados a la relación a que se refiere la letra a) anterior, y copia de la documentación acreditativa de su pago. A estos efectos se aportará, a requerimiento del órgano concedente, un número mínimo del 15% de los justificantes de gasto, que sumen, al menos, el 25% del total del presupuesto cada línea de actuación.

  3. Documentación justificativa sobre el proceso de contratación de las actuaciones por parte del destinatario último de las subvenciones. En los supuestos del artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el beneficiario deberá presentar la elección entre las ofertas presentadas, que serán como mínimo tres, conforme a criterios de eficiencia y economía, o en su caso, una memoria cuando la elección no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.

  4. Requerimiento de identificación de contratistas y subcontratistas y su acreditación de la inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, en el caso de desarrollar actividad económica y cesión de datos el contratista.

6. De acuerdo con lo establecido en el artículo 37.3 del Decreto-ley 3/2021, de 16 de febrero, por el que se adoptan medidas de agilización administrativa y racionalización de los recursos para el impulso a la recuperación y resiliencia en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se flexibilizarán los compromisos plasmados en las memorias económicas, en el sentido de que se permitan compensaciones entre los conceptos presupuestados, siempre que se dirijan a alcanzar el fin de la subvención otorgada.

7. Además de la documentación justificativa anterior, se deberán presentar cualesquiera otros informes o documentos justificativos que, de acuerdo con la normativa europea o nacional, resulten exigibles en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como el suministro de toda aquella información que, en su caso, sea solicitada para dar cumplimiento al adecuado sistema de gestión y seguimiento del Plan, informando de lo que sea preciso para alimentar dicho sistema y las aplicaciones informáticas que la normativa nacional o europea prevea para la gestión, el seguimiento y control de la financiación y los objetivos; incluyendo, pero no limitado a, la documentación acreditativa de la justificación del cumplimiento de los requisitos medioambientales requeridos en la ejecución de la actuación subvencionada.

8. El procedimiento de justificación se realizará de forma telemática, de conformidad con lo previsto en el artículo 124.5 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía. La documentación justificativa presentada por las entidades beneficiarias podrá consistir en copias auténticas o en copias digitalizadas por los propios interesados. La fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica avanzada de la persona representante legal de la entidad, quien se responsabilizará de la autenticidad de los documentos presentados. Toda la documentación justificativa se presentará a través de la Oficina Virtual de la Consejería competente en materia de Deporte de la Junta de Andalucía, a través de la siguiente dirección electrónica:

https://www.juntadeandalucia.es/deporte/dpweb/buscadorOV

Plazo de Inicio

  • 18/07/2023 00:00 horas - 31/07/2023 23:59 horas (Presentación Anexo II)

Normativa

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
En la resolucion
En la materia

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 3 Meses.
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

Si

Información sobre el tratamiento de datos personales

CTCD-Gestión de subvenciones de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte

El responsable del tratamiento es la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, cuya dirección es Estadio La Cartuja de Sevilla, puerta 16, Isla de la Cartuja, 41092, Sevilla, y cuyo correo electrónico es dgsvd.ctcd@juntadeandalucia.es

Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección electrónica dpd.ctcd@juntadeandalucia.es

Los datos personales proporcionados son necesarios para cumplir con la finalidad de tramitación del procedimiento relativo a las subvenciones, en materia de deporte.

La base jurídica del tratamiento es el cumplimiento de una obligación legal, consecuencia de lo establecido en La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en su caso, que habilitan el tratamiento.

No están previstas cesiones de datos, salvo a posibles encargados de tratamiento por cuenta del responsable del mismo, o de las derivadas de obligación legal.

La información adicional detallada, así como el formulario para la reclamación y/o ejercicio de derechos, se encuentran disponibles
en la siguiente dirección electrónica: https://www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/410062.html

No están previstas cesiones de datos internacionales, aunque se podrán ceder los datos a la Comisión Europea, a la IGAE y a otras autoridades públicas legitimadas, a efectos de auditoría y control del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Los datos se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos, siendo de aplicación lo previsto en la normativa de archivos y documentación. La documentación justificativa debe conservarse durante la aplicación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y hasta cinco años a partir de la fecha del pago final.

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 05/07/2023 Anexo V - Rellenable

  • 05/07/2023 Anexo VI - Rellenable

  • 05/07/2023 Anexo VII - Rellenable

  • 05/07/2023 Anexo VIII - Rellenable

  • 05/07/2023 Anexo IX - Rellenable

  • 29/08/2023 Requerimiento de subsanación de solicitudes

  • 26/09/2023 Acta de la Comisión Evaluadora de propuesta provisional de concesión

  • 17/07/2023 Anexo VII - Rellenable

  • 17/07/2023 Anexo VIII - Rellenable

  • 17/07/2023 Anexo IX - Rellenable

  • 17/07/2023 Extracto de la Orden de 26 de junio de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a las federaciones deportivas andaluzas, en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos de conciliación familiar de deportistas federadas y para concesión de becas de formación de juezas y árbitras, financiadas con cargo al PRTR, C26.I03.P01, Promoción de la Igualdad en el deporte, y se efectúa su convocatoria para el año 2023.

  • 17/07/2023 Anexo V - Rellenable

  • 17/07/2023 Anexo VI - Rellenable

  • 18/07/2023 Se ha modificado el campo: Descripción del procedimiento

  • 18/07/2023 Se ha modificado el campo: Normativas

  • 28/07/2023 Se ha modificado el campo: Consulta de estado del expediente

  • 29/08/2023 Anexo IX - Rellenable

  • 29/08/2023 Requerimiento de subsanación de solicitudes

  • 12/07/2023 Se ha modificado el campo: Plazos

  • 26/09/2023 Propuesta Provisional de Resolución

  • 05/09/2023 ACUERDO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SISTEMAS Y VALORES DEL DEPORTE POR LA QUE SE NOMBRA A LOS MIEMBROS DE LA COMISIÓN EVALUADORA DE LAS SOLICITUDES DE SUBVENCIÓN DE LA MODALIDAD PID 2023.

  • 05/09/2023 Anexo VIII - Rellenable

  • 05/09/2023 Requerimiento de subsanación de solicitudes

  • 08/08/2023 Se ha modificado el campo: Normativas

  • 18/07/2023 Orden de 26 de junio de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a las federaciones deportivas andaluzas, en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos de conciliación familiar de deportistas federadas y para concesión de becas de formación de juezas y árbitras, financiadas con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), Componente 26, Inversión 3, Proyecto 1 (C26.I03.P01), Promoción de la Igualdad en el Depor

  • 18/07/2023 Extracto de la Orden de 26 de junio de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a las federaciones deportivas andaluzas, en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos de conciliación familiar de deportistas federadas y para concesión de becas de formación de juezas y árbitras, financiadas con cargo al PRTR, C26.I03.P01, Promoción de la Igualdad en el deporte, y se efectúa su convocatoria para el año 2023.

  • 12/07/2023 Se ha modificado el campo: Plazos

  • 28/07/2023 Se ha modificado el campo: Consulta de estado del expediente

  • 28/07/2023 Se ha modificado el campo: Modo de Consulta de estado

  • 28/07/2023 Se ha modificado el campo: URL de Modo de Consulta de estado

  • 18/07/2023 Se ha modificado el campo: Título formal del procedimiento

  • 18/07/2023 Se ha modificado el campo: URL Oficina Virtual

  • 18/07/2023 Se ha modificado el campo: URL - Subsanación

  • 19/07/2023 Se ha modificado el campo: Descripción del procedimiento

  • 19/07/2023 Se ha modificado el campo: Activ. de Protección de Datos

  • 26/07/2023 Se ha modificado el campo: Plazos

  • 26/07/2023 Se ha modificado el campo: Plazos

  • 05/07/2023 Orden de 26 de junio de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a las federaciones deportivas andaluzas, en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos de conciliación familiar de deportistas federadas y para concesión de becas de formación de juezas y árbitras, financiadas con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), Componente 26, Inversión 3, Proyecto 1 (C26.I03.P01), Promoción de la Igualdad en el Depor

  • 05/07/2023 Se ha modificado el campo: Plazos

  • 05/12/2023 Acta de la Comisión Evaluadora correspondiente al trámite de audiencia Anexo III

  • 05/12/2023 Resolución de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte de concesión de las subvenciones dirigidas a las federaciones deportivas andaluzas para proyectos de conciliación familiar de deportistas federadas y para concesión de becas de formación de juezas y árbitras, financiadas con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), componente 26, Inversión 3, Proyecto 1 (C26.I03.P01), Promoción de la Igualdad en el Deporte, para el año 2023.

  • 29/01/2024 Se ha modificado el campo: Normativas

  • 14/12/2023 Se ha modificado el campo: Descripción del procedimiento

  • Última actualización: 29/01/2024
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