Puesta en servicio de instalaciones industriales que no requieren autorización previa: instalaciones baja tensión(con proyecto y/o certificado dirección técnica), instalaciones térmicas de edificios (climatización, calefacción, ACS), instalaciones de productos petrolíferos líquidos, grúas torres, grúas móviles, instalaciones gas, instalaciones frigoríficas, instalaciones protección contra incendio, ascensores, instalaciones alta tensión, almacenamiento productos químicos, instalaciones de equipos a presión.
Información general
Puesta en servicio de instalaciones industriales que no requieren autorización previa: instalaciones baja tensión(con proyecto y/o certificado dirección técnica), instalaciones térmicas de edificios (climatización, calefacción, ACS), instalaciones de productos petrolíferos líquidos, grúas torres, grúas móviles, instalaciones gas, instalaciones frigoríficas, instalaciones protección contra incendio, ascensores, instalaciones alta tensión, almacenamiento productos químicos, instalaciones de equipos a presión.
- Ciudadanía
- Empresas
Descripción
Comunicación de la puesta en funcionamiento, variación o baja de Instalaciones que no requieren autorización administrativa previa pero deben ser comunicadas a la Administración previamente a su puesta en funcionamiento para su registro y control. Los tipos de instalaciones incluidos en su alcance son los siguientes:
- Instalaciones de baja tensión (*) y alta tensión
- Instalaciones frigoríficas
- Instalaciones térmicas de edificios (climatización, calefacción y ASC)
- Instalaciones de protección contra incendio
- Instalaciones de productos petrolíferos líquidos
- Ascensores
- Grúas móviles y torres (**)
- Almacenamientos de productos químicos
- Instalaciones de gas
- Instalaciones de equipos a presión
(*) No obstante, quedan excluidas las instalaciones eléctricas de baja tensión que no requieren proyecto ni certificado de dirección técnica, salvo las excepciones que se indican más abajo, que siguen tramitándose conforme a la Orden de 24 de octubre de 2005, por la que se regula el procedimiento electrónico para la puesta en servicio de determinadas instalaciones de Baja Tensión, a través del programa TECI.
(**) Las grúas móviles no se consideran instalaciones industriales, sino productos, pero es necesario registrar la declaración de conformidad y la asignación de un número de identificación a las mismas.
Las comunicaciones de puesta en servicio de esas instalaciones, tanto si son nuevas como ampliaciones o modificaciones de existentes, deben cumplimentarse de forma electrónica obligatoriamente a través del tramitador PUES desarrollado por la Consejería para tal fin, y presentarse bien electrónicamente a través del mismo tramitador, bien en el Servicio de Atención al Ciudadano de las Delegaciones Territoriales de la Consejería con competencias en materia de industria y energía. La finalización de la presentación en el Servicio de Atención al Ciudadano, solo está prevista para los casos en que los interesados no están obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración o en los que el tamaño de los proyectos exceden una determinada capacidad. Conforme a lo previsto en el artículo 251 del Decreto- ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en Andalucía, y en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, es OBLIGATORIA LA RELACIÓN ELECTRÓNICA CON LA ADMINISTRACIÓN en los siguientes procedimientos:
-
Comunicaciones de puesta en servicio de instalaciones a través del tramitador PUES, con la única excepción de que el firmante de la comunicación sea el titular de la instalación y se trate de una persona física.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Presencial y electrónica.
Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.
Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa
Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
Formularios
Documentación
Para la puesta en funcionamiento por nueva implantación, ampliación o traslado de un establecimiento o instalación industrial incluida en el Grupo II del Decreto 59/2005, de 1 de marzo (establecimientos e instalaciones que no requieren autorización administrativa previa para iniciar la actividad), será necesaria la presentación de una comunicación, que debe cumplimentarse de forma electrónica obligatoriamente a través del tramitador PUES, con el contenido establecido en el Anexo I, acompañada de la siguiente documentación:
a) En caso de actuar en calidad de representante legal, acreditación de la representación o apoderamiento.
b) En su caso, la autorización prevista en el artículo 6.1, conforme al modelo oficial del Anexo III.
c) Fichas técnicas descriptivas de cada una de las instalaciones que se indiquen en la solicitud, con los contenidos establecidos en el Anexo II.
d) Documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos reglamentarios exigidos en materia de industria y energía, que vendrá relacionada para cada instalación en su ficha técnica descriptiva.
e) Documentación acreditativa, en su caso, del cumplimiento del trámite de la Autorización Ambiental Unificada, Autorización Ambiental Integrada o cualquier otro que se determine reglamentariamente.
Plazo de Inicio
Este trámite no está sujeto a plazos
Normativa
- Resolución de 4 de julio de 2024, de la Secretaría General de Industria y Minas, por la que se modifica el Anexo II de la Orden de 5 de marzo de 2013, por la que se dictan normas de desarrollo del Decreto 59/2005, de 1 de marzo, por el que se regula el procedimiento para la instalación, ampliación, traslado y puesta en funcionamiento de los establecimientos industriales, así como el control, responsabilidad y régimen sancionador de los mismos, en lo relativo a la ficha técnica descriptiva de ascensores.
- Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, por el que se adoptan medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la Administración de la Junta de Andalucía y el impulso de la actividad económica en Andalucía.
- Resolución de 23 de mayo de 2024, de la Secretaría General de Industria y Minas, por la que se modifican los Anexos I y II de la Orden de 5 de marzo de 2013, por la que se dictan normas de desarrollo del Decreto 59/2005, de 1 de marzo, por el que se regula el procedimiento para la instalación, ampliación, traslado y puesta en funcionamiento de los establecimientos Industriales, así como el control, responsabilidad y régimen sancionador de los mismos, en lo relativo a la comunicación de puesta en servicio y a las fichas técnicas descriptivas de instalaciones frigoríficas y de instalaciones de protección contra incendios.
- Resolución de 31 de marzo de 2022, de la Secretaría General de Industria y Minas, por la que se modifica el Anexo II de la Orden de 5 de marzo de 2013, por la que se dictan normas de desarrollo del Decreto 59/2005, de 1 de marzo, por el que se regula el procedimiento para la instalación, ampliación, traslado y puesta en funcionamiento de los establecimientos industriales, así como el control, responsabilidad y régimen sancionador de los mismos, en lo relativo a la ficha técnica descriptiva de instalaciones de equipos a presión.
- Resolución de 8 de octubre de 2019, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se modifican los Anexos I y II de la Orden de 5 de marzo de 2013, por la que se dictan normas de desarrollo del Decreto 59/2005, de 1 de marzo, por el que se regula el procedimiento para la instalación, ampliación, traslado y puesta en funcionamiento de los establecimientos industriales, así como el control, responsabilidad y régimen sancionador de los mismos, en lo relativo a la comunicación de puesta en servicio y a las fichas técnicas descriptivas de baja tensión, instalaciones frigoríficas, instalaciones térmicas en los edificios, almacenamiento de productos químicos y productos petrolíferos líquidos.
- Resolución de 21 de febrero de 2018, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se modifica el Anexo II de la Orden de 5 de marzo de 2013, por la que se dictan normas de desarrollo del Decreto 59/2005, de 1 de marzo, por el que se regula el procedimiento para la instalación, ampliación, traslado y puesta en funcionamiento de los establecimientos industriales, así como el control, responsabilidad y régimen sancionador de los mismos.
- Resolución de 30 de abril de 2018, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se modifica el Anexo II de la Orden de 5 de marzo de 2013, por la que se dictan normas de desarrollo del Decreto 59/2005, de 1 de marzo, por el que se regula el procedimiento para la instalación, ampliación, traslado y puesta en funcionamiento de los establecimientos industriales, así como el control, responsabilidad y régimen sancionador de los mismos, en lo relativo a la ficha técnica descriptiva de alta tensión y se aprueban el modelo de certificado de instalación y el modelo de certificado de dirección final de obra para instalaciones o líneas de alta tensión.
- Resolución de 9 de noviembre de 2017, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se modifica el Anexo II de la Orden de 5 de marzo de 2013, por la que se dictan normas de desarrollo del Decreto 59/2005, de 1 de marzo, por el que se regula el procedimiento para la instalación, ampliación, traslado y puesta en funcionamiento de los establecimientos industriales, así como el control, responsabilidad y régimen sancionador de los mismos.
- Resolución de 16 de junio de 2015, de la DGIEM, por la que se modifican la comunicación de puesta en funcionamiento de establecimientos e instalaciones industriales y las fichas técnicas descriptivas de instalaciones industriales a las que se contrae la presente resolución, contenidas en los Anexos I y III de la Orden de 5 de marzo de 2013, por la que se dictan normas de desarrollo del Decreto 59/2005, de 1 de marzo, que se cita.
- Resolución de 9 de mayo de 2013, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se modifica el Anexo II de la Orden de 5 de marzo de 2013, de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, por la que se dictan normas de desarrollo del Decreto 59/2005, de 1 de marzo, por el que se regula el procedimiento para la instalación, ampliación, traslado y puesta en funcionamiento de los establecimientos industriales, así como el control, responsabilidad y régimen sancionador de los mismos.
- Orden de 5 de marzo de 2013, por la que se dictan normas de desarrollo del Decreto 59/2005, de 1 de marzo, por el que se regula el procedimiento para la instalación, ampliación, traslado y puesta en funcionamiento de los establecimientos industriales, así como el control, responsabilidad y régimen sancionador de los mismos.
- DECRETO 59/2005, de 1 de marzo, por el que se regula el procedimiento para la instalación, ampliación, traslado y puesta en funcionamiento de los establecimientos industriales, así como el control, responsabilidad y régimen sancionador de los mismos.
- Decreto 9/2011, de 18 de enero, por el que se modifican diversas Normas Reguladoras de Procedimientos Administrativos de Industria y Energía.
- Resolución de 24 de mayo de 2024, de la Secretaría General de Energía, por la que se modifica el Anexo II de la Orden de 5 de marzo de 2013, por la que se dictan normas de desarrollo del Decreto 59/2005, de 1 de marzo, por el que se regula el procedimiento para la instalación, ampliación, traslado y puesta en funcionamiento de los establecimientos industriales, así como el control, responsabilidad y régimen sancionador de los mismos, en lo relativo a la ficha técnica descriptiva de instalaciones térmicas en los edificios.
Información adicional
Órganos responsables
- Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Almería (Cód.: A01041434).
- Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Cádiz (Cód.: A01041435).
- Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Córdoba (Cód.: A01041436).
- Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Granada (Cód.: A01041437).
- Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Huelva (Cód.: A01041438).
- Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Jaén (Cód.: A01041440).
- Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Málaga (Cód.: A01041442).
- Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Sevilla (Cód.: A01041444).
- Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Almería (Cód.: A01041434).
- Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Cádiz (Cód.: A01041435).
- Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Córdoba (Cód.: A01041436).
- Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Granada (Cód.: A01041437).
- Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Huelva (Cód.: A01041438).
- Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Jaén (Cód.: A01041440).
- Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Málaga (Cód.: A01041442).
- Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Sevilla (Cód.: A01041444).
- Secretaría General de Industria y Minas (Cód.: A01034550).
Agota vía administrativa
Información sobre el tratamiento de datos personales
Enlace a la actividad concreta en el “Inventario de actividades de tratamiento de datos personales” en
https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/185367.html
¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?
El responsable del tratamiento es la Secretaría General de Industria y Minas cuya dirección es c/ Johannes Kepler, 1, 41092-Sevilla, correo electrónico: sgim.ciem@juntadeandalucia.es
Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en el correo electrónico: dpd.ciem@juntadeandalucia.es
¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?
Los datos personales proporcionados son necesarios para la presentación de una comunicación previa de puesta en funcionamiento de aquellas instalaciones que no requieren autorización administrativa y para la inscripción en el Registro Integrado Industrial, tanto de Andalucía como el estatal.
¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?
La base jurídica del tratamiento es el cumplimiento de una misión realizada con fines de interés público o en el ejercicio de poderes públicos derivados de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria.
La aportación de los datos es requisito indispensable para la puesta en servicio de las instalaciones.
¿A qué destinatarios se comunicarán?
No están previstas cesiones de datos, salvo a posibles encargados de tratamiento por cuenta del responsable del mismo, o de las derivadas de obligación legal.
No están previstas transferencias internacionales.
¿Por cuánto tiempo se conservarán?
Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad con la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos: Ley 7/2011, de 3 de noviembre, de Documentos, Archivos y Patrimonio Documental de Andalucía.
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
Novedades
05/09/2023 Se ha modificado el campo: Tipos de documentos Coor. Inf. Adm.
20/04/2023 Se ha modificado el campo: Activ. de Protección de Datos
05/12/2023 Se ha modificado el campo: Normativas
26/06/2024 Se ha modificado el campo: Normativas
02/09/2024 Se ha modificado el campo: Normativas
15/07/2024 Se ha modificado el campo: Normativas
31/01/2024 Se ha modificado el campo: Tramitación electrónica - Aportación de Documentación
31/01/2024 Se ha modificado el campo: Otras Fases del Procedimiento - Aportación de Documentación
04/09/2024 Se ha modificado el campo: Normativas
04/09/2024 Se ha modificado el campo: Normativas
18/03/2024 Se ha modificado el campo: Normativas
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