Obtener una autorización administrativa para la realización de actividades contempladas en su Decreto, cuando se den los supuestos previstos que establece las excepciones al régimen general de protección de la flora y fauna silvestres establecidos en la ley.

Información general

Título formal:

Excepciones al régimen general de actividades prohibidas en la Ley de la flora y fauna silvestres: Autorización de actividades

Código:
744
Organismo:
Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul
Destinatarios:
  • Empresas
  • Asociaciones y organizaciones
  • Ciudadanía
  • Administraciones
Fecha de creación:
17/08/2009

Descripción

Obtener una autorización administrativa para la realización de actividades ontempladas en el Anexo III del Decreto 23/2012, de 14 de febrero, cuando se den los supuestos previstos en el artículo 9.1 de la Ley 8/2003, de 28 de octubre, que establece las excepciones al régimen general de protección de la flora y fauna silvestres establecidos en el artículo 7 de la citada Ley. Las actuaciones previstas en el citado Anexo III son: 

 a) Código 01. Colecta de especies de flora silvestre.

b)  Código 02. Trasplante, traslocación de especies amenazadas de flora silvestre.

c)  Código 03. Fotografía,filmación, grabación, seguimiento, censo o inventario sistemático de fauna silvestre, por razones justificadas de investigación o educación ambiental.

d) Código 04. Ahuyentamiento intencionados de fauna no amenazada; captura y traslado de fauna no amenazada; captura y muerte de fauna no amenazada; muerte por disparos de fauna no amenazada; eliminación de nidos de aves no amenazadas fuera del período reproductor; eliminación de refugios de murciélagos en edificios habitados fuera de la época de reproducción.

e) Código 5. Captura y retención temporal para anillamiento científico de aves silvestres.

f) Códico 6. Captura de invertebrados o vertebrados de especies no incluídas en el Catálogo Andaluz de Especies Amenazadas ( sólo cuando se justifique por razones de investigación, educación, repoblación o reintroducción, o cuando se precise para la cría en cautividad orientada a los mismos fines por el CSIC, universidades o asociaciones de ámbito nacional o regional dedicadas al estudio de los invertebrados o vertebrados. 

 

 

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Acceso a la fase

Requisitos

Se deberá justificar la necesidad de la actuación, demostrando la inexistencia de otra solución , así como la ausencia de peligro para el mantenimiento, en un estado de conservación favorable, de las poblaciones de la especie afectada en su área de distribución general, estableciendo las oportunas medidas compensatorias. Los supuestos de excepción previstos son los siguientes:

a) Cuando la especies de la flora y la fauna silvestres provoquen riesgos para la salud o seguridad de las personas.

b)  Cuando puedan derivarse daños para otras especies silvestres.

c) Para prevenir perjuicios importantes para la agricultura, la ganaderia, los bosques y montes o la calidad de las aguas.

d) Cuando sea necesario por razones justificadas de investigación, educación, repoblación o reintroducción, o cuando se precise para la cría en cautividad orientada a los mismos fines.

e) Para prevenir accidentes en relación con la seguridad aérea.

f)  Para permitir, en condiciones estrictamente controladas y de un modo selectivo, la captura, retención o cualquier otra exploación prudente de determinadas especies silvestres en pequeñas cantidades y con las limitaciones precisas para garantizar su conservación. 

Documentación

La solicitud se formulará de acuerdo con el modelo establecido en el Anexo III del Decreto 23/2012, de 14 de febrero, y se acompañará, según el caso de la siguiente documentación: 

- Acreditación de la representación, si procede.

- Estatutos y escrituras de constitución inscrita en el registro público en el que deba figurar la entidad en razón de su naturaleza jurídica , si procede.

- Documentación que acredite la propiedad, arrendamiento o derecho real sobre el edificio, terreno o aprovechamiento, si procede. (Código  04). 

- Memoria del proyecto científico presentado o avalado por el titular del organismo o entidad de reconocido prestigio, si procede. ( Códigos 01, 05 y 06).

- Proyecto de educación ambiental, si procede. (Cödigos 03 y 06).

- Proyecto de manejo y gestión de especies presentado o avalado por el titular del órgano gestor, si procede. (Supuestos códigos 06 ó 08). 

- Proyecto de cría en cautividad y de manejo y gestión de especies presentado por un centro de cría en cautividad acreditado o avalado por el titular del órgano gestor, si procede. 

- Plan de Control y Seguimiento de la actividad solicitada de acuerdo con el artículo 28 de la Ley 8/2003, eleborado o avalado por un centro científico.(Códigos 02 y 06).

Plazo de Inicio

Este trámite no está sujeto a plazos

Información adicional

Órganos responsables

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 2 Meses.
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

No

Información sobre el tratamiento de datos personales

CAGPDS - Gestión de actuaciones para la Protección del Medio Natural (https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/166195.html)
¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?

La Dirección General del Medio Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, cuya dirección es Avda. Manuel Siurot, 50 , C.P.: 41071 - Sevilla


Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección c/ Tabladilla s/n, o en el correo electrónico dpd.cagpds@juntadeandalucia.es.


¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?

La gestión de la protección de los recursos naturales y de la biodiversidad


¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?

La base jurídica del tratamiento es el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento, de acuerdo con lo establecido en la Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la flora y la fauna silvestres


¿A qué destinatarios se comunicarán?

La Consejería contempla la posible cesión de estos datos a otros órganos de Administraciones Públicas amparada en la legislación sectorial, además de las derivadas de obligación legal. No están previstas transferencias internacionales de los datos.


¿Qué datos personales se tratan?

Datos identificativos y de contacto(DNI/NIF/Documento identificativo, nombre y apellidos, dirección, teléfono). Datos económicos


¿Cuánto tiempo se conservarán dichos datos?

Los datos recabados se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.


¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y como ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en http://www.aepd.es/reglamento/derechos/


Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en http://www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.


Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos



¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Última actualización: 02/04/2024
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